Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2010 (23/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de enero de 2010

19º, los literales b), d) y e) del articulo 21º, y el literal a) del articulo 22º del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, los mismos que quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 3º.- Naturaleza Juridica La Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, es un Organismo Tecnico Especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personeria juridica de derecho publico interno." "Articulo 13º.- Tribunal del Servicio Civil El Tribunal del Servicio Civil, en lo sucesivo "el Tribunal" esta conformado por la Secretaria Tecnica y las MORDAZA, cuyo funcionamiento se realizara conforme las normas que sobre el particular contenga el Reglamento del Tribunal del Servicio Civil. El Tribunal, a traves de las MORDAZA respectivas, es un organo integrante de la Autoridad que tiene por funcion la resolucion de controversias individuales que se susciten al interior del Sistema. Las MORDAZA del Tribunal gozan de "independencia tecnica" para conocer y resolver en MORDAZA instancia administrativa los recursos de apelacion exclusivamente sobre las siguientes materias: a) Acceso al servicio civil; b) Pago de retribuciones; c) Evaluacion y progresion en la carrera; d) Regimen disciplinario; y, e) Terminacion de la relacion de trabajo. 13.1 MORDAZA del Tribunal Las MORDAZA del Tribunal estan integradas, cada una de ellas, por tres (3) vocales, uno de los cuales sera quien presida. Son funciones especificas de las MORDAZA las siguientes: a) Convocar y dirigir a traves de la Presidencia de la Sala, las audiencias especiales; b) Solicitar a otras entidades, la informacion que consideren necesaria para resolver los asuntos materia de su competencia; c) Emitir pronunciamientos y resolver los recursos de apelacion que le MORDAZA asignados; d) Emitir actos al interior del procedimiento administrativo diferentes al pronunciamiento final con relacion al recurso de apelacion interpuesto; y, e) Proponer, a traves de la Presidencia del Tribunal, propuestas normativas vinculadas al ambito de las materias de su competencia. 13.2 Secretaria Tecnica El Tribunal cuenta con una Secretaria Tecnica, cuya funcion es prestar el apoyo tecnico y administrativo para el normal funcionamiento de las actividades de las MORDAZA y el Tribunal, actuando de enlace con la estructura administrativa de la Autoridad. La Secretaria Tecnica tiene las siguientes funciones: a) Proponer la fecha de las sesiones de las MORDAZA y del Tribunal. b) Preparar la agenda de las sesiones y cursar comunicacion a los organos interesados de los asuntos a tratar. c) Asistir a las sesiones y brindar asesoria a las MORDAZA y al Tribunal, con voz pero sin voto. d) Elaborar las actas de las sesiones y transcribir los acuerdos adoptados. e) Elaborar los proyectos de dictamen y de resoluciones del Tribunal y las MORDAZA segun lo dispuesto por estos. f) Efectuar el seguimiento de los acuerdos adoptados en cada sesion y mantener informados a los vocales sobre los acuerdos pendientes de ejecucion. g) Custodiar las actas y archivos de las sesiones. h) Realizar estudios y trabajos tecnicos o administrativos que pudiera solicitar el Presidente del Tribunal o las MORDAZA para el cumplimiento de sus funciones. i) Tramitar la documentacion que genere el Tribunal. j) Otras que le MORDAZA asignadas por el Presidente del Tribunal o los Presidentes de las MORDAZA, acordes con sus funciones".

"Articulo 16º.- Oficina de Asesoria Juridica La Oficina de Asesoria Juridica es el organo responsable de prestar asesoramiento juridico-legal a la Alta Direccion y a los Organos de la Autoridad, asi como de pronunciarse sobre la legalidad de los actos o propuestas normativas que le MORDAZA remitidos para su revision y/o visacion. Apoya en la defensa juridica de la Autoridad dentro de los limites establecidos en la Ley del Sistema de Defensa Juridica del Estado." "Articulo 18º.- Oficina General de Administracion y Finanzas Es el organo de apoyo encargado de la ejecucion presupuestaria, administra los recursos economicos y financieros asignados a la institucion. Tiene bajo su ambito institucional la administracion de los recursos humanos, recursos materiales, contabilidad, finanzas, adquisiciones, administracion documentaria, archivo central de la institucion y centro de documentacion. Asimismo, coadyuva al fortalecimiento de la organizacion mediante la adecuada gestion de tecnologias de la informacion y de los recursos informaticos. Ademas, el Jefe de la Oficina General de Administracion y Finanzas es el responsable de actualizar la informacion del Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido correspondiente al personal de la Autoridad, asi como administrar el Registro de Personal Institucional." "Articulo 19º.- Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Publicos g) Evaluar el desempeno de los Gerentes Publicos, en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento; h) Elaborar la propuesta de escala remunerativa especial para los Gerentes Publicos y sus modificatorias, en coordinacion con la Gerencia de Politicas de Gestion de Recursos Humanos" "Articulo 21º.- Gerencia de Desarrollo Institucional del Sistema b) Disenar y desarrollar procedimientos, mecanismos y herramientas para la implementacion de las politicas de gestion de los recursos humanos; d) Verificar, en via de fiscalizacion posterior y cuando lo determine conveniente, el cumplimiento de las politicas y normas del Sistema; e) Recomendar la revision de las decisiones y actos de las Entidades Publicas integrantes del Sistema, y la adopcion de medidas correctivas para fortalecer a la Oficina de Recursos Humanos correspondiente, asi como efectuar el seguimiento a su implementacion." "Articulo 22º.- Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento a) Implementar politicas de desarrollo de capacidades, y evaluacion de desempeno en el MORDAZA de la gestion del rendimiento, a traves del desarrollo de procesos, instrumentos, metodologias, lineamientos, entre otros." Articulo 2º.- Derogacion Deroguese el literal b) del articulo 22º del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM. Articulo 3º.- Financiamiento La aplicacion de las modificaciones al Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil contenidas en la presente MORDAZA, se sujetan al presupuesto institucional de dicha entidad, asi como al MORDAZA legal vigente. Articulo 4º.- Publicacion El presente Decreto Supremo sera publicado en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA del Estado Peruano http://www.peru.gob.pe/ y en el MORDAZA Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, http://www.servir.gob.pe. Articulo 5º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion en los portales institucionales electronicos a los que hace referencia el articulo MORDAZA del presente Decreto Supremo.

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