Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2010 (23/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de enero de 2010 411740 PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE y sus normas modifi catorias y ampliatorias; Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE y demás normas modifi catorias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación – PMCE Zona Norte -Centro, aprobado por Resolución Directoral Nº 843-2008-PRODUCE/DGEPP, a la embarcación pesquera “ALEJO” de matrícula Nº CO-12074-PM, con un PMCE de 0,340683 % para la Zona Norte -Centro. Artículo 2º.- Incorporar al Listado de los Límites Máximos de Captura por Embarcación – LMCE Zona Norte-Centro, aprobado por Resolución Directoral Nº 872- 2009-PRODUCE/DGEPP, a la embarcación pesquera “ALEJO” de matrícula Nº CO-12074-PM, con un LMCE de 6 814,92 TM. Artículo 3º.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación – PMCE Zona Sur, aprobado por Resolución Directoral Nº 376-2009- PRODUCE/DGEPP, a la embarcación pesquera “ALEJO” de matrícula Nº CO-12074-PM, con un PMCE de 0,160531 % para la Zona Sur. Artículo 4º.- Incorporar al Listado de los Límites Máximos de Captura por Embarcación – LMCE Zona Sur, aprobado por Resolución Directoral Nº 451-2009- PRODUCE/DGEPP, a la embarcación “ALEJO” de matrícula Nº CO-12074-PM, con un LMCE de 802,655 TM. Artículo 5º.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación – PMCE Zona Norte -Centro, aprobado por Resolución Directoral Nº 843-2008- PRODUCE/DGEPP, a la embarcación pesquera “DON LUIS” con matrícula Nº CO-12186-PM, con un PMCE de 0,341088 % para la Zona Norte -Centro. Artículo 6º.- Incorporar al Listado de los Límites Máximos de Captura por Embarcación – LMCE Zona Norte-Centro, aprobado por Resolución Directoral Nº 872- 2009-PRODUCE/DGEPP, a la embarcación pesquera “DON LUIS” con matrícula Nº CO-12186-PM, con un LMCE de 6 822,99 TM. Artículo 7º.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación – PMCE Zona Sur, aprobado por Resolución Directoral Nº 376-2009- PRODUCE/DGEPP, a la embarcación pesquera “DON LUIS” con matrícula Nº CO-12186-PM, con un PMCE de 0,395579 % para la Zona Sur. Artículo 8º.- Incorporar al Listado de los Límites Máximos de Captura por Embarcación – LMCE Zona Sur, aprobado por Resolución Directoral Nº 451-2009- PRODUCE/DGEPP, a la embarcación “DON LUIS” con matrícula Nº CO-12186-PM, con un LMCE de 1 977,895 TM. Artículo 9º.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación – PMCE Zona Norte - Centro, aprobado por Resolución Directoral Nº 843-2008-PRODUCE/DGEPP, a la embarcación pesquera “NUEVA OFELITA” de matrícula Nº CO- 13721-PM, con un PMCE de 0,286489 % para la Zona Norte -Centro. Artículo 10º.- Incorporar al Listado de los Límites Máximos de Captura por Embarcación – LMCE Zona Norte-Centro, aprobado por Resolución Directoral Nº 872- 2009-PRODUCE/DGEPP, a la embarcación pesquera “NUEVA OFELITA” de matrícula Nº CO-13721-PM, con un LMCE de 5 731,13 TM. Artículo 11º.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación – PMCE Zona Sur, aprobado por Resolución Directoral Nº 376-2009- PRODUCE/DGEPP, a la embarcación pesquera “NUEVA OFELITA” de matrícula Nº CO-13721-PM, con un PMCE de 0,236944 % para la Zona Sur. Artículo 12º.- Incorporar al Listado de los Límites Máximos de Captura por Embarcación – LMCE Zona Sur, aprobado por Resolución Directoral Nº 451-2009- PRODUCE/DGEPP, a la embarcación “NUEVA OFELITA” de matrícula Nº CO-13721-PM, con un LMCE de 1 184,720 TM. Artículo 13º.- Excluir a la embarcación “TIO JOSE” con matrícula cancelada Nº CO-12185-PM de las Resoluciones Directorales Nºs 843-2008 y 376- 2009-PRODUCE/DGEPP, así como, las Resoluciones Directorales Nºs 872-2009-PRODUCE/DGEPP y 451- 2009-PRODUCE/DGEPP. Artículo 14º.- La incorporación de las embarcaciones pesqueras “ALEJO” con matrícula Nº CO-12074-PM, “DON LUIS” con matrícula Nº CO-12186-PM y “NUEVA OFELITA” con matrícula Nº CO-13721-PM, al Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación – PMCE Zona Norte Centro, aprobado por Resolución Directoral Nº 843-2008-PRODUCE/DGEPP, y al Listado de los Límites Máximos de Captura por Embarcación – LMCE Zona Norte -Centro, aprobado por Resolución Directoral Nº 872-2009-PRODUCE/DGEPP, referidas en los Artículos precedentes, no modifi ca los PMCE y LMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en las citadas Resoluciones. Artículo 15º.- La incorporación de las embarcaciones pesqueras “ALEJO” con matrícula Nº CO-12074-PM, “DON LUIS” con matrícula Nº CO-12186-PM y “NUEVA OFELITA” con matrícula Nº CO-13721-PM, al Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación – PMCE Zona Sur, aprobado por Resolución Directoral Nº 376-2009-PRODUCE/DGEPP, y al Listado de los Límites Máximos de Captura por Embarcación – LMCE Zona Sur, aprobado por Resolución Directoral Nº 451- 2009-PRODUCE/DGEPP, referidas en los artículos precedentes, no modifi ca los PMCE y LMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en las citadas Resoluciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL FLORES ROMANÍ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 449029-6 Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de permiso de pesca presentada por Corporación Pesquera Inca S.A.C. - COPEINCA S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 020-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 14 de enero del 2010 Visto: Los escritos de Registro Nº 00015587-2009, adjuntos Nº 01, 02, 03, 04, 05 y 06 de fecha 27 de febrero, 09 de marzo, 16 y 21 de abril, 17 de junio, 21 de agosto y 25 de setiembre del 2009 presentados por CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C. - COPEINCA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 280-96-PE de fecha 31 de mayo del 1996, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, en adecuación a la Ley General de Pesca y su Reglamento, a la empresa PESQUERA EL CABALLITO S.A., para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada TUNO con matrícula Nº CE-12512-PM, de 350 TM de capacidad de bodega, para dedicarse a la extracción de recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando red de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolución Directoral Nº 013-98- PE/DNE de fecha 19 de enero de 1998, se aprobó el cambio de nombre del titular del permiso de pesca