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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2010 (23/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de enero de 2010 411743 la Ley Nº 27619, su modifi catoria la Ley Nº 28807, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; su modifi catoria el Decreto Supremo N° 005-2006- PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010, que precisa el rango normativo de las autorizaciones de viaje; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios, de las siguientes personas, a la ciudad de Tegucigalpa, República de Honduras, el 27 de enero de 2010, a fi n que participen en la Delegación Ofi cial que asistirá en representación del Gobierno peruano a la Ceremonia de Transmisión de Mando Presidencial de la República de Honduras: - Doctor Jorge Alfonso Alejandro Del Castillo Gálvez, Congresista de la República y ex Primer Ministro, como Representante Especial del Presidente de la República para dicha Ceremonia, quien presidirá la delegación; y, - Doctor Antero Flores-Aráoz Esparza, ex Presidente del Congreso de la República, ex Ministro de Defensa y ex Representante Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos, como miembro de la delegación. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 01281 - Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la presente comisión de servicios, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económ. US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Jorge Alfonso Alejandro Del Castillo Gálvez 994.29 200.00 1+1 400.00 31.00 Antero Flores-Aráoz Esparza 1,025.24 200.00 1+1 400.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, los citados comisionados ofi ciales deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante su participación en el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 449829-7 Autorizan viaje de funcionario diplomático a Ecuador para participar en la Reunión de Trabajo de Delegados del Consejo Suramericano de Infraestructura y Planeamiento de la UNASUR RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2010-RE Lima, 22 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Consejo Suramericano de Infraestructura y Planeamiento reemplazará al Comité de Dirección Ejecutiva de la Iniciativa IIRSA, que constituye hoy el órgano máximo de decisión de la misma; Que, el Ecuador, ejerce la Presidencia Pro Tempore de la UNASUR, y en tal capacidad acaba de convocar a una Reunión de Trabajo de los Delegados del Consejo Suramericano, en la ciudad de Quito, República del Ecuador, para el 28 de enero de 2010, a fi n de culminar los trabajos de redacción del Proyecto de Estatutos del mencionado Consejo Suramericano de Infraestructura; el contenido del referido proyecto de Estatutos, ya ha sido materia de Reuniones de Trabajo, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, entre la Presidencia Pro Tempore, Ecuador, y los representantes de los países miembros, a nivel de Coordinadores Nacionales; Teniendo en cuenta el Memorándum de la Dirección Nacional para Asuntos de IIRSA Mº IIR0002/2010, de 11 de enero de 2010; el informe sustentatorio de viaje; y el Memorándum de la Dirección de Finanzas Nº FIN0026/2010, de 14 de enero de 2010, que certifi ca la disponibilidad presupuestal del presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, su modifi catoria la Ley Nº 28807, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; su modifi catoria el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010, que precisa el rango normativo de las autorizaciones de viaje; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Porfi rio Bayona Medina, Director Nacional para Asuntos de IIRSA, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, el 28 de enero de 2010, a fi n que participe en la Reunión de Trabajo de Delegados del Consejo Suramericano de Infraestructura y Planeamiento de la UNASUR. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00386 - Conducción de Líneas de Política Institucional, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor a quince (15) días al término de la referida comisión de servicios, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Jorge Porfi rio Bayona Medina 823.63 200.00 1+1 400.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, el citado funcionario diplomático deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 449829-8