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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2010 (27/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de enero de 2010 412238 Distrital de San Juan de Mirafl ores, el requisito de compromiso de instalación de fi ltros o software de protección de menores de edad para los giros de Internet, respecto al procedimiento de Licencia Municipal de Funcionamiento. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente en el Diario Ofi cial El Peruano, a la Gerencia de Informática la publicación en el portal institucional de la Municipalidad y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE www.psce.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ Alcalde 450108-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR Aceptan donación dineraria a favor de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 102-2009-CM-MPE-C. Espinar, 14 de diciembre del 2009 EL CONCEJO MUNCIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR – DEPARTAMENTO CUSCO: VISTO: En Sesión Ordinaria Nº 024-2009 de fecha 14/12/2009, bajo la conducción del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Espinar señor Prof. Eloy Ladislao Chancayauri Pezo, y la asistencia de los señores Regidores: Luís Eliseo Puma Alarcón, Rosmery Bustamante Jara, Moisés Larota Chullo, Zacarías Huachaca Anampa, Ysidoro Olarte Choquenaira, Isabel Salas Merma, Cléver Bustamante Ramírez, William Inca Zans y Roberto Corrales Moscoso; analizado el Informe Nº 0100-DA-GDE/ MPE/2009 del 03/12/2009, Informe Nº 666-2009/GDE-MPE del 09/12/2009, por los que se peticiona que se acepte y se apruebe la Donación de S/. 50,000.00 nuevos, de la Empresa Minera Xstrata Tintaya SAA, a través del Convenio Marco a favor de la Municipalidad, destinado para el proyecto “Cultivos Andinos en la Provincia de Espinar”; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, de fecha 04 de Octubre del 2005, concordante con el Artículo II del Título Preliminar la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al Artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, concordante con el numeral 20) Artículo 9º de la citada norma dentro de las atribuciones del Concejo Municipal son las de aceptar donaciones, legados, subsidios, o cualquier otra liberalidad; Que, por Informe Nº 0100-DA-GDE/MPE/2009 de fecha 03 de diciembre del 2009, el Jefe del Departamento de Agropecuaria de la Gerencia de Desarrollo Económico de la Municipalidad, informa que la Empresa Minera Xstrata Tintaya SAA a través del Convenio Marco tiene programado realizar el estudio de Preinversión a nivel perfi l del Proyecto de Cultivos Andinos en la Provincia de Espinar, así mismo contratar a un consultor externo para el estudio correspondiente de Diagnostico situacional de la producción agrícola con énfasis en cultivos nativos en la Provincia de Espinar, y Preinversión a nivel perfi l del proyecto de Cultivos Andinos; indicando que la elaboración del diagnostico situacional de la referida producción agrícola tendrá un costo de S/. 30,000.00 nuevos soles y se elaborará en un tiempo de 60 días, así mismo la elaboración del perfi l a nivel de factibilidad se elaborará por un costo de S/. 20,000.00 nuevos soles, siendo el total del estudio la suma de S/. 50,000.00 nuevos soles, la misma que tiene un total de 05 componentes; Que, con Informe Nº 666-2009/GDE-MPE de fecha 9/12/2009, el Gerente de la Gerencia de Desarrollo Económico de la Municipalidad, informa que dentro del 3er. aporte del Convenio Marco existe un presupuesto destinado para los estudios del proyecto de Cultivos Andinos en la Provincia de Espinar, por lo que solicita se trate en Sesión de Comuna la aceptación de la donación de un presupuesto de S/. 50,000.00 nuevos soles, para cuyo efecto adjunta el informe del Departamento de Agropecuaria; así mismo se tiene copia del Acta de Sesión Ordinaria del Comité de Gestión del Convenio Marco de fecha 02 de setiembre del 2008, en el que se tiene la relación de los Proyectos con el IV Aporte del Convenio Marco con los montos económicos respectivos y la entidad ejecutora, en el que aparece en el numeral 12 de los Megaproyectos, el proyecto “Promoción de Cultivos Andinos” con el monto probado y siendo la entidad ejecutora la Municipalidad Provincial de Espinar; Que, a través del Convenio Marco se plasma entre otros, los compromisos adquiridos por la Empresa Minera Xstrata Tintaya S. A., de contribuir de manera signifi cativa al desarrollo integral de la Provincia de Espinar, la misma que se realiza mediante el otorgamiento de los aportes económicos anuales dirigidos exclusivamente a la ejecución de proyectos de desarrollo sostenible; Que, por Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 024- 2009 de fecha 14 de diciembre del 2009, en la cual se pone a consideración del pleno del Concejo para la aceptación de la donación por parte de la Municipalidad Provincial de Espinar la suma de S/. 50,000.00 nuevos soles en efectivo, destinados para la elaboración del diagnostico situacional de la Producción agrícola en la Provincia de Espinar y los estudios de preinversión de elaboración de perfi l a nivel de factibilidad, desembolso económico que efectúa la Empresa Minera Xstrata Tintaya S.A.A., a través del Comité de Gestión del Convenio Marco; tema de la agenda que es ampliamente sustentado por el señor Alcalde Provincial, luego se pone a consideración del Pleno del Concejo Municipal, instancia que deliberó, analizó y debatió, fi nalmente dicha instancia decide tomar el acuerdo respecto a dicha aceptación de donación con el destino antes indicado; Estando a las facultades conferidas por los Artículos 9º, 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, de conformidad con el mandato legal, en ejercicio de sus atribuciones, con el voto UNÁNIME del Pleno del Concejo Municipal; ACUERDA: Artículo Primero.- ACEPTAR y APROBAR la DONACION efectuada por la Empresa Minera Xstrata Tintaya S.A.A. a través del Comité de Gestión del Convenio Marco, a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar, consistente en un Fondo ascendente a la suma de Cincuenta mil con 00/100 nuevos soles (S/.50,000.00), en dinero en efectivo, los que serán destinados para la elaboración del diagnóstico situacional de la Producción Agrícola en la Provincia de Espinar y el estudio de preinversión a nivel de perfi l del Proyecto “Cultivos Andinos en la Provincia de Espinar”, desembolso que corresponde al Cuarto Aporte del Convenio Marco. Artículo Segundo.- DISPONER que el referido desembolso para el proyecto indicado se ejecutará por la modalidad de Administración Directa mediante la Gerencia de Desarrollo Económico de la Municipalidad Provincial de Espinar, de acuerdo a los requerimientos para la conclusión de la actividad indicada. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR el tenor del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento Provincial, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Administración y Finanzas, al Comité de Gestión Convenio Marco y a las instancias correspondientes para su conocimiento y cumplimiento, a la ofi cina de Prensa y Comunicaciones para su publicación y difusión, así como se efectuará la publicación en la página Web de la Municipalidad y en el Diario Ofi cial El Peruano conforme a ley. Regístrese y comuníquese. ELOY L. CHANCAYAURI PEZO Alcalde Provincial 450270-1