Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2010 (27/01/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

412228

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de enero de 2010

de la Ley Nº 27972, indica que los planes de desarrollo municipal concertados y los presupuestos participativos tienen un caracter orientador de la inversion, asignacion y ejecucion de los recursos municipales; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, modificada por la Ley Nº 29298, establece las disposiciones y lineamientos que permitan asegurar la efectiva participacion de la Sociedad Civil en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto, el mismo que se tiene que desarrollar en MORDAZA con los planes de desarrollo concertado de los gobiernos regionales y locales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF se aprobo el Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, el mismo que establece los objetivos del Presupuesto Participativo; Que, la Resolucion Directoral Nº 002-2009-EF/68.01, aprueba la Directiva Nº 001-2009-EF/68.01, "Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica", el cual establece las normas tecnicas, metodos y procedimientos de observancia obligatoria que permitan llevar a cabo los procesos de preinversion, inversion y post inversion, contenidas en SNIP, que son aplicables a los Gobiernos Locales; Que, de conformidad con el articulo 148º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, se establece que los Gobiernos Locales estan sujetos a las normas de transparencia y sostenibilidad fiscal, para tal efecto se aprobaran normas complementarias que establecen mecanismos efectivos para la rendicion de cuentas; Que, la Decimo Sexta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972, dispone que las municipalidades regularan mediante Ordenanza, los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, considerando que la Municipalidad tiene autonomia para exigir el cumplimiento de sus propias normas, asi como para promover y organizar la participacion de los vecinos en el desarrollo comunal, en el MORDAZA de los principios que rigen la participacion ciudadana. En consecuencia, la Municipalidad debe establecer los mecanismos mas apropiados para la planificacion del desarrollo de su jurisdiccion asi como la aprobacion de su presupuesto de acuerdo al ordenamiento juridico que regula tales procesos con participacion organizada y concertada de la poblacion; Que, es politica de la actual gestion municipal, que las organizaciones sociales de la sociedad civil participen conjuntamente con sus autoridades municipales y otros agentes locales en actividades que promuevan el desarrollo a traves de diversos mecanismos como medio de fortalecimiento de la democracia desde su base social, siendo uno de los procesos vitales el del Presupuesto Participativo; Que, es necesario establecer el MORDAZA y los mecanismos para el MORDAZA de Presupuesto Participativo en el distrito como instrumento democratico para la gestion del desarrollo local; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL MORDAZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento que regula el MORDAZA de Presupuesto Participativo en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho el mismo que consta de veinte (20) articulos y dos (02) disposiciones complementarias y forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Las disposiciones reglamentarias y complementarias que se requieran para la aplicacion de la presente Ordenanza, seran dictadas mediante Decreto de Alcaldia. Articulo Tercero.- Facultese al MORDAZA para celebrar convenios con las instituciones publicas o privadas que permitan garantizar la ejecucion del MORDAZA de Presupuesto Participativo. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y demas Unidades Organicas pertinentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- Dejar sin efecto la Ordenanza Nº 166 de fecha 23 de febrero del 2009, asi como cualquier otra MORDAZA o disposicion que se oponga a la presente.

Articulo Sexto.- En los aspectos no previstos en la presente Ordenanza se aplicara supletoriamente las disposiciones contenidas en la Ley Nº 28056 y su Modificatoria Ley Nº 29298, Decreto Supremo Nº 142-2009EF, demas normas que emita el Ministerio de Economia y Finanzas en cuanto corresponda. Articulo Septimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comunique, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO QUE REGULA EL MORDAZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Articulo 1º.- OBJETIVO.La presente Ordenanza tiene por objetivo: 1.1. Normar, regular y establecer los procedimientos para la programacion, formulacion, aprobacion y vigilancia del MORDAZA de Presupuesto Participativo en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, en el MORDAZA y principios que rigen la participacion ciudadana regulada por los dispositivos emitidos por la Corporacion Municipal y demas normas vigentes al respecto. 1.2. Institucionalizar el Presupuesto Participativo como instrumento de gestion municipal que contribuye a la construccion de una ciudadania plena, dentro de un MORDAZA de participacion y concertacion local para el logro del desarrollo integral del distrito. Articulo 2º.- FINALIDAD.2.1. La presente Ordenanza tiene como finalidad de promover y generar las condiciones necesarias para la participacion de los diferentes actores sociales del distrito en la programacion, formulacion, aprobacion, gestion, evaluacion y vigilancia del Presupuesto Participativo Municipal que permita planificar, identificar y priorizar los proyectos de inversion publica a ser incorporados en el Presupuesto Institucional de cada Ano Fiscal y asi alcanzar los objetivos de desarrollo para el distrito de San MORDAZA de Lurigancho de acuerdo al Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado 2005-2015, 2.2. Declarar de interes y de necesidad publica el fomento de acciones de participacion, concertacion y desarrollo planificado para el logro de los objetivos comunes de la poblacion a traves del Presupuesto Participativo Municipal. Articulo 3º.- MORDAZA LEGAL.3.1. Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley de Reforma Constitucional Nº 27680. 3.2. Ley Nº 27658 Ley MORDAZA de Modernizacion del Estado. 3.3. Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion y Modificatorias. 3.4. Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades y Modificatorias. 3.5 Ley Nº 28056 Ley MORDAZA de Presupuesto Participativo y su Modificatoria Ley Nº 29298. 3.6. Ley Nº 26300 Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadano y Modificatorias. 3.7. Ley Nº 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto y Modificatorias. 3.8. Ley Nº 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica y Modificatorias. 3.9. Decreto Supremo Nº 142-2009-EF Reglamento de la Ley MORDAZA de Presupuesto Participativo. 3.10. Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, Precisan los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecucion para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital. Articulo 4º.- AMBITO DE APLICACION.La presente Ordenanza es de aplicacion en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Lurigancho.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.