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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2010 (27/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de enero de 2010 412232 Copia del Acta de Acuerdos y Compromisos, así como el Documento del Proceso del Presupuesto Participativo, es adjuntado al Presupuesto Institucional de Apertura que se remite a las Instituciones que establece la Directiva para tal fi n. 16.3. Rendición de Cuentas: La Rendición de cuentas constituye un mecanismo de transparencia en el cual se informa a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los Acuerdos y Compromisos asumidos en el año anterior por la Corporación Municipal y la Sociedad Civil. Para tal efecto las Gerencias correspondientes a los ejes del Plan de Desarrollo Municipal Concertado emitirán el informe correspondiente a la Gerencia de Planifi cación para su conciliación respectiva a través de la Sub Gerencia de de Planeamiento y Presupuesto. El equipo técnico realizará un resumen ejecutivo que contenga la información básica del taller de rendición de cuentas, la misma que debe ser publicada en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. CAPÍTULO IV DEL COMITÉ DE VIGILANCIA Y CONTROL Artículo 17º .- DEL COMITÉ DE VIGILANCIA Y CONTROL.- Los agentes participantes para fines de las acciones de vigilancia ciudadana del proceso participativo, elegirán entre los agentes participantes a sus respectivos comités de vigilancia, el cual se conforma al inicio del proceso y finaliza su labor en diciembre del año siguiente. El Comité de Vigilancia, estará conformado por un agente participante por comuna, es decir el Comité de Vigilancia del proceso del presupuesto participativo estará conformado por 20 integrantes. El Comité de Vigilancia normara su funcionamiento en el marco de los dispositivos que la regulan. Artículo 18º .- FUNCIONES DEL COMITÉ DE VIGILANCIA Y CONTROL.- 18.1. Vigilar el desenvolvimiento de las distintas etapas del proceso participativo, según los principios del presente Reglamento. 18.2. Vigilar que los proyectos priorizados formen parte del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA). 18.3. Vigilar que la municipalidad cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obra, correspondiente al proceso de presupuesto participativo. 18.4. Vigilar que los recursos municipales y de la sociedad civil sean destinados al presupuesto participativo del ejercicio fi scal sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. 18.5. Informar trimestralmente, sobre los resultados de la vigilancia a los Consejos de Coordinación Local y a la Sociedad Civil. 18.6. Que se cumplan las rendiciones de cuentas establecidas. 18.7. Otras funciones afi nes al presupuesto participativo CAPÍTULO V FUENTES DE FINANCIAMIENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 19º .- FUENTES DE FINANCIAMIENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.- Constituyen fuentes del fi nanciamiento del presupuesto participativo: 19.1. Los fondos de fi nanciación municipal: 1. Transferencias por FONCOMUN. 2. Recursos Directamente Recaudados. 19.2. Los aportes del presupuesto local. 19.3. Los aportes de organismos sectoriales y Proyectos especiales. 19.4. Las donaciones de la Cooperación Técnica Internacional y el aporte de las instituciones de cooperación local. 19.5. El sector privado. 19.6. Comunidad local. 19.7. Otros. Artículo 20º .- FINANCIAMIENTO DEL PROCESO PARTICIPATIVO.- El Concejo Municipal, previa programación del gasto municipal y conforme a la disponibilidad fi nanciera y presupuestal, aprobará la programación de una partida especial para solventar el desarrollo del proceso del presupuesto participativo, en el marco de los dispositivos legales vigentes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primero.- El cuarenta (40%) de los recursos asignados al Presupuesto Participativo serán destinados a proyectos de impacto distrital. Segundo.- Dispóngase que se adopten las acciones administrativas pertinentes y modificaciones presupuestarias en el marco de la normatividad vigente, que permitan obtener el financiamiento para la ejecución de los proyectos que producto de la reducción del FONCOMUN del Año Fiscal 2009 no han sido implementados, Así como para los proyectos que se prioricen y por causas ajenas a la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, no puedan ser ejecutadas dentro del ejercicio fiscal. 450347-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Norman el procedimiento de autorización, registro y supervisión del adolescente que trabaja en el distrito ORDENANZA N° 000133-2009-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 17 de diciembre del 2009 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES; VISTO, en Sesión Extraordinaria de concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza sobre que aprueba el Reglamento de Autorización, Registro y supervisión del Trabajo Adolescente, en el distrito de San Juan de Mirafl ores y el Informe No. 1112-2009-MDSJM/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, en concordancia con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley N° 27680 de reforma constitucional y el artículo II del Título preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, nuestra Carta Magna, en su artículo 2, numerales 1 y 2 establece que toda persona, tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica, física y a su libre desarrollo, bienestar y a no ser discriminado por ninguna índole; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en su artículo IV, del título preliminar establece que es fi nalidad de los gobiernos locales, representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales, y el desarrollo integral sostenible y armónico de su jurisdicción; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en su artículo X del título preliminar, establece que los gobiernos locales, promueven el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental, debiendo coordinar y articularse con el gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población;