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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de enero de 2010 412222 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Aprueban transferencia de concesión definitiva de generación de recursos energéticos renovables, a favor de Eléctrica Santa Rosa S.A.C. GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCION REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 004-2010-GRL-GRDE-DREM Huacho, 20 de enero de 2010 VISTO: El Expediente Nº 1838096 sobre otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de Generación de Energía Eléctrica con Recursos Energéticos Renovables, organizado por GCZ Ingenieros S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Electrónica Nº 00582883 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral Lima; y el Expediente Nº 78766, sobre solicitud de transferencia de concesión, presentada el 19 de noviembre de 2009; CONSIDERANDO: Que, el inciso “d” del artículo 59º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que es función de los Gobiernos Regionales “Impulsar proyectos y obras de generación de energía y electrifi cación urbano rurales, así como para el aprovechamiento de Hidrocarburos de la Región. Asimismo, otorgar concesiones para mini centrales de generación eléctrica”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 050-2006- MEM/DM, publicada el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 18 de noviembre del 2006 se formalizo la transferencia de la función establecida inciso d) del artículo 59 de la ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 503-2007-PRES se aprobó el Manual de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Lima, en la cual se establece que el Director Regional de Energía y Minas tiene dentro de sus funciones especifi cas “Impulsar proyectos y obras de generación de energía y electrifi cación urbano rurales, así como para el aprovechamiento de Hidrocarburos de la Región. Asimismo, otorgar concesiones para minicentrales de generación eléctrica”; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 056- 2009-EM, precisa la facultad transferida a los Gobiernos Regionales relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generación de energía eléctrica con potencia instalada mayor de 500 kw y menor de 10 MW, prevista en el anexo que forma parte integrante del Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, comprende tanto el otorgamiento de Autorización para la Generación de Energía Eléctrica con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor de 10 MW., como el otorgamiento de Concesiones Defi nitivas para Generación con Recursos Energéticos Renovables (RER) con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor de 10 MW. Siempre que se encuentren en la respectiva Región; Que, en mérito de la Resolución Directoral Nº 122- 2009-GRL-GRDE-DREM, publicada el 21 de setiembre de 2009, se otorgó a favor de GCZ Ingenieros S.A.C. la concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para desarrollar a actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Purmacana, ubicada en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 001-2009; Que, mediante documento presentado el 19 de noviembre de 2009, ingresado bajo el Registro Nº 78766, Eléctrica Santa Rosa S.A.C., sociedad inscrita en la Partida Electrónica Nº 11269325 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral Lima, solicitó a la Dirección Regional de Energía y Minas se apruebe la transferencia de la concesión definitiva para el desarrollo de la actividad de generación en la Central Hidroeléctrica Purmacana, a su favor; Que, como sustento de su solicitud, presentó el Contrato de Cesión de Posición Contractual suscrito entre GCZ Ingenieros S.A.C. y Eléctrica Santa Rosa S.A.C., mediante el cual aquélla cedió a favor de ésta todos los derechos y obligaciones adquiridos para la construcción de la Central Hidroeléctrica Purmacana, incluyendo las obligaciones que devienen de la concesión de generación adquirida, además de la copia de la Resolución Directoral Nº 094-2009-ANA-DARH, a través de la cual la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, transfi ere la aprobación de estudios hídricos con fi nes de generación eléctrica de la Central Hidroeléctrica Purmacana, a favor de Eléctrica Santa Rosa S.A.C., adjunta además una Declaración Jurada de asunción de los compromisos de cumplimiento de las Normas Técnicas de Conservación del Medio Ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación y una comunicación suscrita por GCZ Ingenieros S.A.C., a través de la cual, manifi estan su conformidad con el cambio de titularidad de la concesión de generación de la central hidroeléctrica Purmacana, con lo cual Eléctrica Santa Rosa S.A.C. debiera tenerse como titular de la concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para desarrollar a actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Purmacana; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1435º y siguientes del Código Civil, aquellos contratos con prestaciones no ejecutadas total o parcialmente, cualquiera de las partes puede ceder a un tercero su posición contractual, y su forma de la transmisión, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se defi nen en función del acto que sirve de base a la cesión y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes, dando como consecuencia que el cedente se aparte de sus derechos y obligaciones derivadas del contrato y ellas sean asumidas por el cesionario; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en los artículos 1435º y subsiguientes del Código Civil, cumpliendo con los requisitos del TUPA del Gobierno Regional de Lima, por lo que procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesión a Eléctrica Santa Rosa S.A.C., quien deberá elevar el Contrato de Cesión de Derechos y Obligaciones a Escritura Pública, incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la explotación de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección Regional de Energía y Minas, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe Nº 00 81-2009-GRL-GRDE-DREM/CHLO; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1435º y 1436º del Código Civil, en el segundo párrafo del artículo 53º y en el artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo Nº 056-2009-EM, Decreto Legislativo Nº 1002 y con la opinión favorable del Profesional de Área de Electricidad de la Dirección Regional de Energía y Minas y con la opinión favorable del área legal del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la concesión defi nitiva de generación con recursos energéticos renovables para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Purmacana, que efectúa GCZ Ingenieros S.A.C. a favor de Eléctrica Santa Rosa S.A.C. por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Tener como titular de la concesión mencionada en el artículo precedente a Eléctrica Santa Rosa S.A.C. a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, quien asumirá en esta oportunidad todos los derechos y obligaciones que aparecen en el Contrato de Concesión Nº 001-2009. Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Directoral deberá ser incorporado en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Cesión de Derechos y