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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2010 (27/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de enero de 2010 412224 Que, en ese sentido al advertirse la imposibilidad de practicar una notifi cación personal; resulta necesario proceder a la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21º de la Ley Nº 27444. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano la relación de los actos administrativos emitidos por ésta Gerencia y dar por notifi cados los documentos que atienden las solicitudes de las personas que a continuación se detallan: 01. Luis Alberto Escalante Trujillo Resolución de Gerencia Nº 816-09- MML/GTU 02. Delfín Huaytalla Cisneros Resolución de Gerencia Nº 823-09- MML/GTU 03. Yovana Leticia Ortega De La Cruz Resolución de Gerencia Nº 833-09- MML/GTU 04. Yovana Leticia Ortega De La Cruz Resolución de Gerencia Nº 834-09- MML/GTU 05. Yovana Leticia Ortega De La Cruz Resolución de Gerencia Nº 847-09- MML/GTU 06. Richard Quintana Vargas Resolución de Gerencia Nº 849-09- MML/GTU 07. Santos Gervacio Antezana Saavedra Resolución de Gerencia Nº 877-09- MML/GTU 08. Pele Agripino Cano Paucarcaja Resolución de Gerencia Nº 891-09- MML/GTU 09. César Claveriano Rumi Gómez Resolución de Gerencia Nº 893-09- MML/GTU Artículo 2º.- DISPONER la publicación del contenido de los documentos citados en el artículo anterior en la página web de la Gerencia de Transporte Urbano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAVIER BARAYBAR G. DE LA FUENTE Gerente Gerencia de Transporte Urbano 450335-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Lince (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Municipalidad Distrital de Lince mediante Carta Nº 058- 2010-MDL-OSG, recibido el 26 de enero de 2010) ORDENANZA Nº 240-MDL Lince, 26 de junio del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen de la Comisión de Economía y Administración, de fecha 24 de junio del 2009, con el voto unánime de los señores regidores, y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE Artículo Primero-- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince, que contiene procedimientos y servicios prestados en exclusividad, por la Entidad, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar las tasas y derechos de los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince. Artículo Tercero.- Aprobar los formatos y formularios exigidos como requisitos para la tramitación de los procedimientos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince, los mismos que son de distribución gratuita o de libre reproducción. Artículo Cuarto.- Deróguense las normas o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la misma y del Acuerdo Ratifi catorio de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Sexto.- Publicar la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y el íntegro del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince, en el portal electrónico de la Municipalidad Distrital de Lince: www.munilince.gob.pe., así como, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. serviciosalciudadano.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase, MARTÍN PRÍNCIPE LAINES Alcalde 450386-2 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Regulan la propaganda electoral en el distrito ORDENANZA Nº 185 San Juan de Lurigancho, 20 de enero del 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; VISTO: en la Sesión Ordinaria de la fecha la Carta Nº 0005 -2009-R-DENS-P-CDU-MDSJL de fecha 30/12/2009 de la Comisión de Desarrollo Urbano a través de la cual remite el Dictamen Nº 005-2009 de la indicada Comisión, el Ofi cio Nº 0508-2009-MSJL-SG de fecha 21/12/2009 de la Secretaría General, el Memorándum Nº 1144-2009-GM/ MDSJL de fecha 07/12/2009 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 197-2009-GDE/MSJL de fecha 07/12/2009 de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Informe Nº 0539- 2009-GAJ/MDSJL de fecha 05/12/2009 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Informes Nos 0381 y 0420-2009- SGFYPE-GDE/MDSJL de fechas 09 y 25/11/2009 de la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial, así como el Memorándum Nº 1033-09-GDE/MSJL de fecha 20/11/2009 de la Gerencia de Desarrollo Económico, en relación al proyecto de ordenanza que regula la propaganda electoral en el distrito de San Juan de Lurigancho; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, preceptúa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, igualmente el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, a su vez el Artículo IV del indicado Título Preliminar establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece en su Artículo 79, numeral 3.6 que son funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias así como realizar la fi scalización de la ubicación de avisos publicitarios y propaganda política (3.6.3);