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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (05/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de febrero de 2010 412832 De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010; en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, en su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del médico cirujano Tomás Rosario ANGULO DELGADO, en el cargo de Subdirector General, Nivel F-4, del Hospital Nacional “Arzobispo Loayza” de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud. Artículo 2º.- Designar al médico cirujano Ricardo Jorge PONS MUZZO DÍAZ, en el cargo de Subdirector General, Nivel F-4, del Hospital Nacional “Arzobispo Loayza” de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 454297-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aceptan renuncia a los cargos de Directora y Directora General de la Oficina de Economía del Trabajo y Productividad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 029-2010-TR Lima, 4 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 072-95-TR/SG, de fecha 27 de diciembre de 1995, se designó a la economista Juana Silva Sernaqué, como Directora de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, de la Ofi cina de Economía de Trabajo y Productividad – Ofi cina de Estudios Económicos, Financieros y de Regulación de Remuneraciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y posteriormente mediante Resolución Ministerial Nº 192-2005-TR, de fecha 14 de julio del 2005, es designada como Directora General de la Ofi cina de Economía del Trabajo y Productividad, Nivel F-5; Que, a través de la comunicación de fecha 12 de enero de 2010, la mencionada funcionaria ha presentado su renuncia a los referidos cargos, por lo que debe emitirse el acto administrativo correspondiente; Con la visación del Director de la Ofi cina de Personal y de la Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; el literal 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar con efectividad al 01 de febrero del 2010, la renuncia formulada por la economista JUANA SILVA SERNAQUÉ, a los cargos de Directora del Sistema Administrativo II, Nivel F-3, de la Ofi cina de Economía de Trabajo y Productividad – Ofi cina de Estudios Económicos, Financieros y de Regulación de Remuneraciones; y de Directora General de la Ofi cina de Economía del Trabajo y Productividad del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Nivel F-5, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 454541-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a la empresa Aserradero Los Ángeles S.A.C. autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña ubicada en el departamento de Ucayali RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2010-MTC Lima, 4 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante escrito recibido con fecha 20 de febrero de 2008, la empresa ASERRADERO LOS ÁNGELES S.A.C., solicitó ante la Autoridad Portuaria Nacional - en adelante APN – una autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña, ubicada en el distrito de Manantay, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali; Que, a través de la Carta Nº 276-2008-APN/GG, de fecha 22 de mayo de 2008, la APN requirió a la empresa ASERRADERO LOS ÁNGELES S.A.C., que en un plazo no mayor de dos (02) días hábiles de notifi cada, cumpla con cancelar el monto total por derecho de tramitación de su solicitud de autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña, de conformidad con lo establecido en el Procedimiento Nº 13 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la APN; Que, mediante escrito recibido con fecha 30 de mayo de 2008, la empresa ASERRADERO LOS ÁNGELES S.A.C., cumplió con presentar los documentos que acreditan el pago de los derechos de tramitación de su solicitud de autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña; Que, con fecha 19 de septiembre de 2008, se publicó la solicitud presentada por la empresa ASERRADERO LOS ÁNGELES S.A.C., en el Diario Ofi cial El Peruano, sin indicar el nombre del peticionario, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 31.3 del artículo 31 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, y modifi cado por Decreto Supremo Nº 027-2008-MTC. Que, la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos de la APN, con Memorando Nº 698-2008- APN/DIPLA, de fecha 26 de noviembre de 2008, remitió el Informe Nº 032-2008-APN/DIPLA/ESG, mediante el cual se concluye que el Plan Maestro propuesto por la empresa ASERRADERO LOS ÁNGELES S.A.C., comprende los conceptos especifi cados en el punto 9 del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, determinándose que el área solicitada para el embarcadero natural en la quebrada de Manantay, sólo se empleará en la época de creciente del río Ucayali, asimismo, que dicho proyecto cumple con la idoneidad técnica particular de la zona fl uvial para el tráfi co de la madera rolliza; Que, a través del Ofi cio Nº V.200-1177 de fecha 01 de abril de 2009, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa señaló que luego de evaluar la solicitud presentada por la empresa ASERRADERO LOS ÁNGELES S.A.C., se ha determinado que el área solicitada no ha sido otorgada a terceros por parte de la Autoridad Marítima Nacional;