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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (05/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de febrero de 2010 412835 MTC y por Decreto Supremo Nº 027-2008-MTC, así como cumplir con la legislación nacional vigente, regulaciones internacionales y demás disposiciones que establezca la Autoridad Portuaria Nacional y autoridades competentes para la protección del medio ambiente en el área acuática y/o franja ribereña cuya autorización temporal de uso ha sido aprobada mediante la presente Resolución. Artículo 4.- Autorizaciones administrativas El derecho de uso de área acuática se aprueba sin perjuicio de las autorizaciones que deba obtener la empresa ASERRADERO LOS ÁNGELES S.A.C., por parte de otros organismos públicos de acuerdo con las actividades a realizar y de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. Artículo 5.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 454693-2 ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Delegan funciones de la Dirección General de la Oficina de Asesoría Legal de la BNP RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 023-2010-BNP Lima, 29 de enero de 2010. La Directora Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, VISTO, la carta de fecha 29 de enero de 2010, remitido por el designado de las funciones de la Dirección General de la Ofi cina de Asesoría Legal de la Biblioteca Nacional del Perú CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Perú, es un Organismo Público Ejecutor conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, por el cual se aprobó la califi cación de Organismos Públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, de acuerdo a lo indicado en el artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, la Biblioteca Nacional del Perú tiene autonomía técnica, administrativa y económica que la faculta a organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 024–2002–ED, se aprobó la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas y mediante Resolución Suprema Nº 188-2002–ED, se aprobó el cuadro de Asignación de personal – CAP de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 004–2010–BNP, de fecha 08 enero de 2010, se designó al Abogado Arturo Miguel Morote Uyekon, en el cargo de Director General de la Ofi cina de Asesoria Legal de la Biblioteca Nacional del Perú. Que, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia y se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargos de confi anza; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, la designación de funciones del Abogado Arturo Miguel Morote Uyekon en la Dirección General de la Ofi cina de Asesoria Legal de la Biblioteca Nacional del Perú, agradeciendo y reconociendo la dedicación brindada a la institución. Artículo Segundo.- DESIGNAR, a partir del día siguiente de emisión de la presente Resolución, al Abogado Juan Manuel Espinoza Guzmán, las funciones de la Dirección General de la Ofi cina de Asesoria Legal de la Biblioteca Nacional del Perú, Nivel Remunerativo F-4, cargo considerando de confi anza. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Resolución se publique en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web institucional (www.bnp.gob.pe) Regístrese, comuníquese y cúmplase. NANCY ALEJANDRINA HERRERA CADILLO Directora Nacional (e) Biblioteca Nacional del Perú 453729-1 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Declaran patrimonio cultural de la Nación a monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en los departamentos de La Libertad, Tumbes y Arequipa RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL N° 134/INC Lima, 29 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 792-2009-LPE/SDIC/ DA/DREPH/INC de fecha 17 de abril de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología concluye que los expedientes técnicos de los siguientes sitios arqueológicos: El Milagro de San José, Pampa La Pascona, Plateritos Norte, Plateritos Sur y La Bella Durmiente, ubicados en los departamentos de Tumbes y La Libertad no presentan observaciones, por lo que recomienda su trámite correspondiente;