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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de febrero de 2010 412846 Modifican la norma “Procedimientos para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros en el Marco de la Ley Nº 28832” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 019-2010-OS/CD Lima, 4 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica, tiene como objetivo, conforme a su Artículo 2º, perfeccionar las reglas establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, a fi n de asegurar la sufi ciencia de generación efi ciente que reduzca la exposición del sistema eléctrico peruano a la volatilidad de precios y a los riesgos de racionamiento prolongado por falta de energía, asegurando al consumidor fi nal una tarifa eléctrica más competitiva. Asimismo, constituye uno de sus objetivos, reducir la intervención administrativa para la determinación de los precios de generación mediante soluciones de mercado, así como adoptar las medidas necesarias para propiciar la efectiva competencia en el mercado de generación. Por último la citada ley señala, que es de interés público y responsabilidad del Estado asegurar el abastecimiento oportuno y efi ciente del suministro eléctrico para el Servicio Público de Electricidad; Que, el Artículo 4º de la mencionada Ley Nº 28832, dispone que el abastecimiento oportuno y efi ciente de energía eléctrica para el mercado regulado, se asegurará mediante Licitaciones que resulten en contratos de suministro de electricidad de largo plazo con Precios Firmes que serán trasladados a los Usuarios Regulados. El proceso de Licitación será llevado a cabo con la anticipación necesaria para facilitar y promover el desarrollo de nuevas inversiones en generación, aprovechar las economías de escala, promover la competencia por el mercado y asegurar el abastecimiento del mercado regulado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2007-EM, se aprobó el Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad, en el cual se establecen las normas aplicables para las Licitaciones de suministro de electricidad bajo el régimen ordinario de la Ley Nº 28832. En su Única Disposición Transitoria se especifi ca que OSINERGMIN aprobará los procedimientos necesarios para el cumplimiento de su función; Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 688- 2008-OS/CD se aprobó la norma “Procedimientos para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros en el Marco de la Ley Nº 28832”, la cual establece los plazos y condiciones que los distribuidores del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) deben considerar para efecto de los procesos de licitación que se efectúen al amparo de la Ley Nº 28832; Que, de conformidad con la norma “Procedimientos para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros en el Marco de la Ley Nº 28832”, en el año 2009 las empresas Edelnor S.A.A. e Hidrandina S.A. iniciaron procesos de licitación, tres por parte de la primera y uno por parte de la segunda, los cuales han transcurrido de manera normal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 090-2009-EM, publicado el 18 de diciembre de 2009, se modifi có el Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad en lo referido a la forma de aplicación del factor de descuento a considerar para las ofertas de proyectos de generación hidroeléctrica. Dicha modifi cación supuso la adecuación de las bases de los procesos de licitación conducidos por Edelnor S.A.A. e Hidrandina S.A.; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-EM, publicado el 05 de enero de 2010, se incorporó una Tercera Disposición Complementaria al Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad, la cual dispone que los precios de energía activa para efectos de la facturación por el suministro de electricidad de los generadores que resulten adjudicatarios en los procesos de licitación, deberán considerar las variaciones por pérdidas de energía activa y límite de capacidad que se produzcan en el Sistema de Transmisión, que son determinados y aplicados en las valorizaciones mensuales de transferencias de energía activa que elabora el Comité de Operación Económica del Sistema (COES-SINAC). Asimismo, dispuso que los procesos de licitación en curso se adecuasen a la nueva normativa; Que, mediante Resoluciones OSINERGMIN Nº 289- 2009-OS/CD, Nº 290-2009-OS/CD y Nº 291-2009-OS/ CD, publicadas el 04 de enero de 2010, se aprobaron las Bases Integradas de los procesos de licitación ED-01- 2009-LP, ED-02-2009-LP y ED-03-2009-LP, conducidos por Edelnor S.A.A.; no obstante, dichas resoluciones quedaron sin efecto como consecuencia de la adecuación que exigiese el Decreto Supremo Nº 001-2010-EM; Que, mediante Ofi cios Nº 0040-2010-OS-GART y Nº 0041-2010-OS-GART, OSINERGMIN comunicó a los conductores de los procesos de licitación que la adecuación requerida por el Decreto Supremo Nº 001- 2010-EM se debería efectuar considerando el proceso de aprobación de bases previsto en la norma “Procedimientos para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros en el Marco de la Ley Nº 28832”, debiendo iniciarse con una propuesta por parte del conductor del proceso que debía ser remitida a más tardar el 29 de enero de 2010; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2010, publicado el 27 de enero de 2010, se dispuso que en un plazo máximo de siete (7) días, luego de publicado el mismo, OSINERGMIN apruebe el procedimiento de aplicación de la mencionada Tercera Disposición Complementaria; Que, en vista de lo señalado previamente, corresponde a OSINERGMIN establecer la forma como se aplicará la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad, tanto para el caso de futuras licitaciones como para los procesos de licitación en curso conducidos por Edelnor S.A.A. e Hidrandina S.A.; Que, en este sentido, corresponde modifi car la norma “Procedimientos para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros en el Marco de la Ley Nº 28832”, así como indicar cómo se determinarán los costos marginales de corto plazo en las barras en que se suscriban contratos de suministro como resultado de las licitaciones, de este modo se da cumplimiento al requerimiento de procedimiento del PRIORIDAD 2 Nº EMPRESA USO DEL GAS NATURAL INSTALACION Y UBICACIÓN CANTIDAD CONTRATADA (MMPCD) PERIODO INICIO TÉRMINO 1 2 3 4 5 6 7 TOTAL 453726-1