Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2010 (05/02/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

412854

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de febrero de 2010

Autorizan la apertura de la Oficina Registral San MORDAZA II y de la Agencia de Comas III
RESOLUCION JEFATURAL Nº 061-2010/JNAC/RENIEC MORDAZA, 02 de Febrero de 2010 VISTOS: El Oficio N° 000301-2010/GOR/RENIEC, (29ENE2010) de la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe N° 000193-2010/GAJ/RENIEC, (01FEB2010) de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 2° de la Ley Organica del RENIEC N° 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es la entidad encargada de organizar y mantener el registro unico de identificacion de las personas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. Con tal fin desarrollara tecnicas y procedimientos automatizados que permitan un manejo integrado y eficaz de la informacion; Que, el Articulo 11° de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que, de igual modo los Articulos 11° y 13° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-98-PCM, senalan que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos suficientes para atender a la poblacion, facultando al Jefe Nacional la decision sobre la creacion, supresion de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la poblacion, y otros; Que, a efectos de continuar brindando los servicios establecidos en la Ley Organica del RENIEC, la Gerencia de Operaciones Registrales propone la apertura de la Oficina Registral San MORDAZA II ubicada en el Distrito de San MORDAZA, y de la Agencia de Comas III, en el Distrito de Comas, MORDAZA del Departamento de Lima; Que, se hace necesario difundir la presente, a traves de la correspondiente publicacion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26497, Ley Organica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado con Decreto Supremo N° 01598-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural N° 896-2009/JNAC/RENIEC (30DIC2009) y Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la apertura de la Oficina Registral San MORDAZA II, la que estara ubicada en la Av. San MORDAZA N° 1673 ­ Urbanizacion Jacaranda II del Distrito de San MORDAZA, teniendo como inicio de actividades el 03 de Febrero de 2010, a cargo de la Jefatura Regional Lima. Articulo Segundo.- Autorizar la apertura de la Agencia de Comas III, la que estara ubicada en la Av. San MORDAZA N° 830 ­ Urbanizacion San MORDAZA del Distrito de Comas, teniendo como inicio de actividades el 03 de Febrero de 2010, a cargo de la Jefatura Regional Lima. Articulo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales e Imagen Institucional, la implementacion de lo dispuesto en la presente Resolucion Jefatural, debiendo comunicar a los medios de comunicacion el contenido de la misma. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 454171-4

Dejan sin efecto la R.J. Nº 064-2009/ JNAC/RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 067-2010/JNAC/RENIEC MORDAZA, 4 de febrero de 2010 VISTOS: el Oficio Nº 000315-2010/GOR/RENIEC (01FEB2010), de la Gerencia de Operaciones Registrales, el Informe Nº 000009-2010/SGAE/RENIEC (01FEB2010), de la Sub Gerencia de Actividades Electorales y el Informe Nº 000198-2010/GAJ/RENIEC (02FEB2010), de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como, entre otros, de emitir los documentos que acreditan la identidad de las personas; Que, con fecha 29ENE2009 se expidio la Resolucion Jefatural Nº 064-2009/JNAC/RENIEC, en el MORDAZA de la Convocatoria a Referendum Nacional para la aprobacion o desaprobacion del "Proyecto de Ley Devolucion de Dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo", con la finalidad de que los ciudadanos puedan efectuar rectificaciones de domicilio, de apellido de casada a divorciada, estado civil, entre otros, encontrandose cerrado el Padron Electoral, a efectos de posibilitar a los ciudadanos y sus derechohabientes acceder a los servicios de atencion medica de EsSalud y otros; teniendo en cuenta que dicho MORDAZA electoral no se llevo a cabo en la fecha establecida, siendo posteriormente postergado y establecido nueva fecha; Que, de conformidad con lo preceptuado en el Articulo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del RENIEC, el Documento Nacional de Identidad (DNI) es un documento publico, personal e intransferible. Constituye la unica cedula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado. Constituye tambien el unico titulo de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado; Que, en este sentido, resulta necesario dejar sin efecto la acotada Resolucion Jefatural, a fin de que los ciudadanos tomen conocimiento que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 1º de la Ley Nº 27764, una vez cerrado el padron electoral para el MORDAZA electoral correspondiente no se podran efectuar variaciones de domicilio, nombre ni otro MORDAZA que altere la informacion contenida en el padron electoral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del RENIEC y conforme al Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC vigente; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 064-2009/JNAC/RENIEC del 29 de enero de 2009. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 454628-2

Disponen el cierre del Padron Electoral para efecto del desarrollo de las nuevas Elecciones Municipales para el 6 de junio de 2010
RESOLUCION JEFATURAL Nº 071-2010/JNAC/RENIEC MORDAZA, 4 de febrero de 2010

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.