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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (05/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de febrero de 2010 412851 A fojas (# total de fojas del cuadernillo), en mérito a las apelaciones concedidas SIN EFECTO SUSPENSIVO Y SIN LA CALIDAD DE DIFERIDA mediante resoluciones: número (# y fecha de concesorio de apelación), obrante a fojas , contra la resolución (# y fecha de resolución apelada); número (# y fecha de concesorio de apelación), obrante a fojas , contra la resolución (# y fecha de resolución apelada); y número (# y fecha de concesorio de apelación), obrante a fojas , contra la resolución (# y fecha de resolución apelada). Aprovecho la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración y estima. Dios Guarde a Ud. CERTIFICA : (El especialista legal deberá indicar: i) si ha habido o no prevención por la Sala, y de ser el caso indicar mediante que resolución. ii) de ser el caso, qué cuadernos o incidentes viene conociendo la Sala y se encuentran pendientes de resolver. ii) que el cuaderno se ha formado conforme a las piezas señaladas en el concesorio y las indicadas por las partes en su oportunidad. MODELO 2 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA (# Juzgado) Juzgado Especializado en lo Civil de Lima Lima, (fecha) OFICIO Nº (#3) – (año) – (# juzgado) JCL/ CSJLI Señora Doctor/a: PRESIDENTE DE xSALA # DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presente.- Expediente: # de expediente en Juzgado Tengo el honor de dirigirme a Ud., a efectos de elevar los autos principales seguidos por: DTE. : DDO : MAT : A fojas (# total de fojas del cuadernillo), en mérito a las apelación concedida CON EFECTO SUSPENSIVO mediante resolución: número (# y fecha de concesorio de apelación), obrante a fojas, contra la sentencia o auto (# y fecha de resolución apelada); debiendo indicar que se han concedido apelación SIN EFECTO SUSPENSIVO Y CON LA CALIDAD DE DIFERIDA mediante resolución: número (# y fecha de concesorio de apelación), obrante a fojas , contra la resolución (# y fecha de resolución apelada); y número (# y fecha de concesorio de apelación), obrante a fojas , contra la resolución (# y fecha de resolución apelada). Aprovecho la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración y estima. Dios Guarde a Ud. CERTIFICA : (El especialista legal deberá indicar: i) los acompañados que corren con el expediente principal y que se han tenido a la vista para resolver. ii) si ha habido o no prevención por la Sala, y de ser el caso indicar mediante qué resolución. de ser el caso, qué cuadernos o incidentes viene conociendo la Sala y se encuentran pendientes de resolver. ) 3 Se sugiere que el Juzgado lleve una numeración correlativa para todos sus ofi cios, a efectos de llevar un mejor control tanto de los cuadernillos de apelación como de cualquier comunicación que se curse. 4 Indicar número de Sala sólo en caso que haya habido prevención. 454548-1 ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Aprueban el TUPA de la ANR, del CONAFU y del CODACUN correspondiente al año 2009 COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1260-2009-ANR Lima, 10 de noviembre de 2009 PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El memorando Nº 943-2009-DGPU-ANR de fecha 29 de septiembre de 2009, memorando Nº 1058-2009- DGPU/ANR de fecha 02 de noviembre de 2009, informe Nº 737-2009-DGAJ de fecha 16 de octubre de 2009 y memorando Nº 1003-2009-SE de fecha 03 de noviembre de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, mediante memorando Nº 1058-2009-DGPU/ ANR de fecha 02 de noviembre de 2009, la Directora General de Planifi cación Universitaria de la Institución, estando al Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM que aprueba el “Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)”, remite el proyecto del nuevo formato del TUPA-ANR 2009 precisando que el documento se denomina: “Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Asamblea Nacional de Rectores, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – CONAFU – y el Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios – CODACUN – para el año 2009” y solicita la aprobación mediante resolución de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, con informe Nº 737-2009-DGAJ, la Dirección General de Asesoría Jurídica, opina que, de conformidad con la normatividad vigente, la Institución puede emitir la resolución que apruebe el TUPA ANR 2009 y publicarlo en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas-PSCE, y en el Portal Institucional; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboración de una resolución que apruebe el Texto Único de Procedimientos Administrativos, TUPA de la ANR, del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – CONAFU y del Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios – CODACUN, correspondiente al año 2009, de acuerdo a lo precisado por la Dirección General de Planifi cación Universitaria de la Institución; Estando a la autorización de la Alta Dirección; De conformidad con la Ley universitaria Nº 23733, en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el “Texto Único de Procedimientos Administrativos, de la Asamblea Nacional de Rectores, del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – CONAFU y del Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios – CODACUN, correspondiente al año 2009”, que forma parte de la presente resolución, en texto impreso y en soporte digital. Artículo 2º.- Encargar a las diferentes unidades orgánicas de la Asamblea Nacional de Rectores, el