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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de febrero de 2010 412853 corresponde la publicación obligatoria de la resoluciones administrativas cuando su contenido se relacione con la aprobación de documentos de gestión; Que, por otro lado, conforme a lo establecido en el artículo 6º de la Ley Nº29091 y en los artículos 3º y 5º del Decreto Supremo Nº004-2008-PCM, el funcionario responsable, a que refi ere el artículo 5º del Texto Único Ordenado la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, debe cumplir con la publicación de diversos documentos de gestión, entre ellos, el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, al día siguiente de su aprobación; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº546-2009-JNAC/RENIEC (26AGO2009), que aprobó el Presupuesto Analítico de Personal. Artículo Segundo.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural y será publicado en la página web del RENIEC www.reniec.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 454628-1 Disponen que el Servicio de Atenciones Especiales se amplíe a la Oficina Registral de Piura de la Jefatura Regional Piura RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 059-2010/JNAC/RENIEC Lima, 29 de Enero de 2010 VISTOS: El Oficio N° 124-2010/GOR/RENIEC (14ENE2010), de la Gerencia de Operaciones Registrales, el Oficio N° 118-2010/GPP/RENIEC (19ENE2010) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto y el Informe N° 039-2010/SGP/GPP/RENIEC (19ENE2010) de la Sub Gerencia de Presupuesto y el Informe N° 150- 2010/GAJ/RENIEC (25ENE2010) de la Gerencia de Asesoría Jurídica, CONSIDERANDO: Que, el artículo 11° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC), establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las ofi cinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modifi caciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que, por Resolución Jefatural N° 873-2007/JNAC/ RENIEC (17OCT2007), modifi cada por la Resolución Jefatural N° 334-2008/JNAC/RENIEC (10JUN2008), se dispuso que el Servicio de Atenciones Especiales realice lo siguiente: • Atención gratuita de todo tipo de trámites en el domicilio, incluyendo la toma de fotografía, a las personas mayores de 70 años; con discapacidad severa y aquellas que se encuentren postradas. • Atención a personas enfermas en su domicilio, en clínicas u hospitales, que no puedan movilizarse, previo pago de la tasa, siendo para estos casos la toma de fotografía gratuita. • Atención a los ciudadanos peruanos residentes en el exterior que se encuentren temporalmente en el territorio de la República, o que afronten situaciones imprevistas de salud, viaje, estudios, u otros. • Atención a todos los ciudadanos que acrediten la urgencia del trámite de su DNI. Que, se indicó también en la Resolución antes mencionada, que la solicitud del servicio de atención domiciliaria, para personas mayores de 70 años, con discapacidad severa, postradas, enfermas en su domicilio, en clínicas u hospitales, que no puedan movilizarse; se efectuará en forma telefónica por los interesados o sus familiares, quienes se comunicarán a la Línea Gratuita 0-800-11040 de la Gerencia de Imagen Institucional o mediante comunicación directa al Servicio de Atenciones Especiales; Que, por otro lado, en la Resolución Jefatural N° 265- 2009-JNAC/RENIEC (15MAY2009) se aprobó la campaña gratuita para la obtención y expedición del DNI, en todo tipo de trámites, para las personas adultas mayores de ochenta años; hasta el 31 de diciembre del 2009; trámite que se podrá efectuar en el domicilio del ciudadano en los distritos de Lima Metropolitana y Callao, siendo que la solicitud de dicho servicio se efectuaría en forma telefónica por los interesados o sus familiares, quienes se comunicarían a la línea gratuita 0-800-11040; Que, a través de la Resolución Jefatural N° 842- 2009/JNAC/RENIEC (15DIC2009) se estableció el inicio de los servicios aprobados por Resolución Jefatural N° 873-2007/JNAC/RENIEC (17OCT2007), modifi cada por la Resolución Jefatural N° 334-2008/JNAC/RENIEC (10JUN2008) y Resolución Jefatural N° 265-2009-JNAC/ RENIEC (15MAY2009), en la Ofi cina Registral de Piura, de la Jefatura Regional Piura; Que, la Resolución Jefatural N° 910-2009/JNAC/ RENIEC (30DIC2009) aprobó la campaña gratuita para la obtención y expedición del DNI con los mismos alcances de la Resolución Jefatural N° 265-2009-JNAC/RENIEC (15MAY2009) hasta el 31 de Diciembre de 2009; Que, la Gerencia de Operaciones Registrales a través de los documentos del visto, solicita la ampliación de los servicios precisados en la Resolución Jefatural N° 842- 2009/JNAC/RENIEC (15DIC2009); Que, a fi n de hacer de conocimiento las disposiciones emitidas, se hace necesario publicar la presente Resolución Jefatural; Contando con los Informes favorables de las Gerencias de Asesoría Jurídica y Planifi cación y Presupuesto y, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado con Decreto Supremo N° 015- 98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Jefatural N° 896-2009-JNAC/ RENIEC (30DIC2009); y Decreto Supremo N° 001-2009- JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que el Servicio de Atenciones Especiales aprobado por la Resolución Jefatural N° 873-2007/JNAC/RENIEC (17OCT2007), modifi cada con la Resolución Jefatural N° 334-2008/ JNAC/RENIEC (10JUN2008) se amplíe a la Ofi cina Registral de Piura de la Jefatura Regional Piura. Artículo Segundo.- Precisar, que también la Ofi cina Registral Piura antes indicada, podrá efectuar en el domicilio de los ciudadanos los trámites señalados en la Resolución Jefatural N° 910-2009-JNAC/RENIEC (30DIC2009); como son la obtención y expedición del DNI gratuitamente, en todo tipo de trámites, para las personas adultas mayores de ochenta años de edad; debiendo realizar la solicitud del trámite el interesado o sus familiares, a través de la línea telefónica gratuita 0- 800-11040. Artículo Tercero.- Establecer el inicio de los servicios indicados en los artículos que anteceden a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución y durante el ejercicio 2010. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil 454171-3