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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (05/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de febrero de 2010 412855 VISTO: El Decreto Supremo Nº 020-2010-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 30 de enero de 2010, el Ofi cio Nº 362-2010/GOR/RENIEC (03FEB2010) de la Gerencia de Operaciones Registrales, el Informe Nº 011- 2010/SGAE/GOR/RENIEC (03FEB2010) de la Sub Gerencia de Actividades Electorales y el Informe Nº 212-2010/GAJ/ RENIEC (04FEB2010), de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-2010-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 30 de enero de 2010, el Poder Ejecutivo convocó a nuevas Elecciones Municipales para el día domingo 06 de junio de 2010, con la fi nalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos distritales, detallados en el anexo que forma parte del mismo; Que, para ese efecto, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil debe elaborar sobre la base del Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, el Padrón Electoral a emplearse en los comicios referidos, de acuerdo a lo establecido por el inciso d) del Artículo 7º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y Artículo 196º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones; Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 1º de la Ley Nº 27764, el Padrón Electoral se cierra ciento veinte (120) días antes de la realización de cualquier proceso electoral, fecha a partir de la cual, no es posible efectuar variaciones de domicilio, nombre ni otro dato que altere la información contenida en el referido padrón; y, Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones y Artículo 1º de la Ley Nº 27764; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer el cierre del Padrón Electoral con fecha 06 de febrero de 2010, para efecto del desarrollo de las nuevas Elecciones Municipales para el día domingo 06 de junio de 2010, en las circunscripciones comprendidas en el Anexo del Decreto Supremo Nº 020- 2010-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 30 de enero de 2010. Artículo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales, Registros de Identifi cación e Informática el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 454628-3 MINISTERIO PUBLICO Crean Despachos Fiscales y plazas fiscales con carácter transitorio en diversos distritos judiciales RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 009-2010-MP-FN-JFS Lima, 29 de enero de 2010 VISTO Y CONSIDERANDO: El Ofi cio Nº 076-2010-MP-FN-GG-OCPLAP, remitido por la Gerencia Central de Planifi cación y Presupuesto, mediante el cual se informa que existen recursos que pueden ser orientados para fi nanciar la cobertura de plazas fi scales con carácter transitorio; y, estando a la necesidad de creación de Despachos Fiscales para el presente año. En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público, y en cumplimiento del Acuerdo Nº 1741 adoptado en Sesión Extraordinaria de Junta de Fiscales Supremos del día 14 de enero del año 2010. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear Despachos Fiscales con carácter transitorio hasta el 30 de junio de 2010 en los Distritos Judiciales que a continuación se detallan: DISTRITO JUDICIAL DE AMAZONAS - Tercera Fiscalía Provincial Mixta Transitoria de Chachapoyas. DISTRITO JUDICIAL DE LIMA - Pool de Fiscales Transitoria de Familia de Lima. DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD - Segunda Fiscalía Provincial Mixta Transitoria de Paiján. - Tercera Fiscalía Provincial Transitoria de Prevención del Delito de Trujillo. DISTRITO JUDICIAL DE TUMBES - Segunda Fiscalía Superior Mixta Transitoria de Liquidación de Tumbes. Artículo Segundo.- Crear 49 plazas fi scales con carácter transitorio hasta el 30 de junio de 2010 en los Distritos Judiciales que a continuación se detallan: DISTRITO JUDICIAL DE AMAZONAS - 01 Fiscal Adjunto Superior de la Fiscalía Superior Mixta Descentralizada de Bagua. DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO - 01 Fiscal Adjunto Superior de la Fiscalía Superior Penal Transitoria del Callao. DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD - 01 Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Otuzco. - 01 Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Otuzco. - 01 Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Pataz. - 01 Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Pataz. - 04 Fiscales Adjunto Provinciales de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de Trujillo. DISTRITO JUDICIAL DE LIMA - 02 Fiscales Superiores. - 08 Fiscales Adjuntos Provinciales de las Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios. - 02 Fiscales Adjuntos Provinciales de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de San Juan de Lurigancho. - 02 Fiscales Adjuntos Provinciales de la Fiscalías Provinciales Penales del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho. - 12 Fiscales Adjuntos Provinciales de las Fiscalías Provinciales Mixtas del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho - 06 Fiscales Adjuntos Provinciales de las Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito de Lima - 04 Fiscales Adjuntos Provinciales del Pool de Fiscales de Lima. DISTRITO JUDICIAL DE LIMA SUR - 02 Fiscales Adjuntos Provinciales del Pool de Fiscales de Lima Sur. DISTRITO JUDICIAL DE TUMBES - 01 Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Contralmirante Villar