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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 15 de febrero de 2010 413949 cesionarios presentarán a la entidad cedente periódicamente y al terminar la ejecución del proyecto informes de su gestión y de los logros y/o avances del proyecto y el artículo 108 establece que la sesión en uso tendrá plazo determinado pudiendo prorrogarse a solicitud del interesado antes de su vencimiento siempre que el proyecto de interés y/o desarrollo social asi lo requiera, lo que deberá estar debidamente sustentado; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 000213 del 11 de setiembre del 2009, se aprobó la desafectación de parte del área destinada a recreación pública de los predios ubicados en la Provincia Constitucional del Callao, entre los cuales se encuentra un área de 271.40 m2 que de acuerdo a la Base Catastral actualizada al 2006 corresponde al área destinada al parque del Asentamiento Humano Agrupamiento de Vivienda Mariscal Ramón Castilla, para Estación de Bombeo EB-01 (cisterna); Que mediante Ordenanza Municipal N° 000043 del 11 de setiembre de 2009, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 23 de setiembre de 2009, se aprueba la desafectación de un área de 271.40 m2 que de acuerdo a la Base Catastral actualizada al 2006 corresponde al área destinada a Parque del Asentamiento Humano Agrupamiento de Vivienda Mariscal Ramón Castilla, para Estación de Bombeo EB-01 (cisterna); Que, mediante Expediente N° 10911309-A, del 28 de Diciembre del 2009, la empresa Consorcio Callao, encargada del desarrollo del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado para los Asentamientos Humanos Sarita Colonia, Juan Pablo II, Acapulco y Anexos”, manifi esta que los vecinos colindantes al Parque N° 3 del Agrupamiento de Vivienda Ramón Castilla se oponen a la construcción del cerco perimétrico de la Estación de Bombeo EB-1 (cisterna), en la forma que se encuentra diseñado actualmente, por lo que sostuvieron una reunión el día 22 de diciembre del 2009, proponiendo una variación en el cerco perimétrico, el mismo que ha sido aceptado por los vecinos del Asentamiento Humano Agrupamiento de Vivienda Mariscal Ramón Castilla, elaborando el acta de libre disponibilidad del terreno a ser desafectado en uso a favor de SEDAPAL, donde se construirá la estación de Bombeo EB-1, con la modifi cación respectiva, indicando que el área requerida es de 369.15 m2; Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 000024 el mismo que cuenta como antecedentes el Informe N° 001-2010-MPC/GGDU/GPUC/CVA, la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, el Memorandum N° 065-2010- MPC/GGDU, la Gerencia General de Desarrollo Urbano y Catastro y el Memorando Nº 056-2010-MPC-GGAJC, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, hace suyo el Informe Nº 002-2010-MPC-GGAJC-SGCA de la Sub Gerencia de Coordinación y Apoyo todos favorables a la expedición de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 000043 EN LOS ARTÍCULOS 1 Y 2 MODIFICANDOSE EL ÁREA DESTINADA A PARQUE DEL ASENTAMIENTO HUMANO AGRUPAMIENTO DE VIVIENDA MARISCAL RAMÓN CASTILLA PARA ESTACIÓN DE BOMBEO EB-01 (CISTERNA) Artículo 1.- Modifícase la Ordenanza Municipal Nº 00043 del 11 de setiembre de 2009, en el artículo 1, con el cual se aprobó la desafectación, entre otras, de un área de 271.40 m2, debiendo consignarse un área de 369.15 m2, que de acuerdo a la Base Catastral actualizada al 2006 que corresponde al área destinada a Parque del Asentamiento Humano Agrupamiento de Vivienda Mariscal Ramón Castilla para estación de Bombeo EB-01 (cisterna). Artículo 2.- Modifícase el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995-2010 aprobado por Ordenanza N° 000018 de fecha 5 de octubre de 1995. Artículo 3.- Encárgase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Desarrollo Urbano el cumplimiento del presente Acuerdo. POR TANTO: Publíquese y cúmplase. FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 457833-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES Autorizan viaje de representante de la Municipalidad a Japón para participar en curso sobre gestión de residuos ACUERDO DE CONSEJO N° 002-2010-MPT-SG Tumbes, 21 de enero de 2010 VISTOS, en Sesión Ordinaria de fecha 19 de enero del año dos mil diez, la Carta de Invitación realizada por la Agencia de Cooperación Internacional del Japón – JICA, en el marco del “Programa de Desarrollo de Sistemas de Gestión de Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias”, se está organizando el Curso de Capacitación “Gestión de Residuos para promover una Sociedad Orientada al Reciclaje en la República de Perú”, a realizarse en Japón del 01 de febrero al 14 de marzo del año 2010. CONSIDERANDO: Estando lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículos 9° inciso 35 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972; el concejo municipal de Tumbes por UNANIMIDAD y con dispensa de trámite de aprobación de acta; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Bach. Juan López Vinces, Técnico de la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Medio Ambiente, del 01 de febrero al 14 de marzo del año 2010, para que en representación de la Municipalidad Provincial de Tumbes, asista al Curso de Capacitación “Gestión de Residuos para promover una Sociedad Orientada al Reciclaje en la República de Perú”, a realizarse en Japón. Debiendo arribar a la ciudad de Lima el 25 de enero a fi n de poder cumplir con las gestiones de pasaporte, Visa, pasajes y otros. Asimismo al regreso de dicho curso se requiere la estadía en la ciudad de Lima por 5 días a fi n de preparar el Plan de Trabajo. Artículo Segundo.- Exceptuar de la prohibición establecida en el artículo 10,1 de la Ley de Presupuesto del Sector Público 2010, para el cumplimiento de lo acordado en lo establecido en el artículo primero del presente acuerdo. Asimismo se autoriza para que los gastos que irrogue el cumplimiento del presente acuerdo sean cubiertos con cargo al Presupuesto Municipal 2010 conforme al siguiente detalle. Pasajes: Tumbes – Lima – Tumbes S/. 200.00 Viáticos en Lima (S/. 185 x 10 días) S/. 1 850.00 TOTAL EN SOLES S/. 2 050,00 Viáticos de prevención en el Exterior ($ 160 x 10 días) $ 1 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto $ 60.00 TOTAL EN DÓLARES $ 1 660,00 Artículo Tercero.- Establecer que dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el señor Bach. Juan López Vinces, cuyo viaje se autoriza en el presente, deberá presentar a la Municipalidad Provincial de Tumbes un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá, asimismo, deberá de presentar la rendición de cuentas, de acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PIO CESAR CUENCA SULCA Alcalde 457314-1