Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2010 (18/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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Obligaciones 6 Cumplimiento con los mandatos

PROYECTO
Supuestos

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de febrero de 2010

Impacto Infraccion

Variacion VAN

Se considero que Telefonica del Peru se niega a cumplir un En ingresos operativos US$ 1,967 mil. mandato de interconexion con una empresa y no le concede la facilidad esencial durante un mes al ano Se considero que Telefonica del Peru impone precios En ingresos operativos US$ 1,176 mil anticompetitivos para los servicios de Speedy de 200, 400 y 600. Se considera que se interrumpen los servicios durante 48 horas En ingresos operativos US$ 1,015 mil en cada mes durante un ano Se considera que el impacto ocurre tanto en otros operadores En ingresos operativos como en Telefonica del Peru. Se considera un cobro en exceso en la tarifa de servicio local En ingresos operativos medido para la linea clasica para un trimestre. Se considera que se deja aportar un mes el 1% del monto En gastos operativos imputable. Se considera que el servicio es interrumpido 24 horas cada mes En ingresos operativos (al ano 288 horas). Se considero que Telefonica del Peru presento En ingresos operativos informacion inexacta con respecto a los ingresos y costos de una linea de negocio para un trimestre al ano. Se considero que telefonica del Peru presento informacion En ingresos operativos inexacta para el reajuste de tarifas, lo que ocasiono una medicion incorrecta para un trimestre al ano Se considero que Telefonica del Peru alcanza durante un ano, la En ingresos operativos cifra de 200.000 reclamos fundados por facturacion y tiene que devolver en promedio US$ 3.50 por cada reclamo. Se considera que se deja aportar un mes el 0.5% del monto En gastos operativos imputable. Se considera que se deja aportar un mes el 0.5% del monto En gastos operativos imputable. Se considera que la empresa deja de pagar durante un ano por En gastos operativos este concepto. US$ 963 mil. US$ 684 mil. US$ 548 mil. US$ 541 mil. US$ 426 mil.

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Reglas de Competencia

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Continuidad en el servicio Prestacion del servicio de arrendamiento de lineas Procedimiento de inspeccion y requisitos de control Pago a Fitel Continuidad en el servido de TUPS Contabilidad Regulatoria

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Requisitos de Informacion

US$ 426 mil.

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Asistencia de abonados y usuarios

US$ 402 mil.

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Pago tasa de explotacion Pago por aporte de supervision Pago del canon por uso del espectro

US$ 274 mil. US$ 274 mil. US$ 163 mil. US$ 140 mil.

Secreto de Telecomunicaciones y proteccion de datos Se considero que Telefonica del Peno deja de invertir el 0.10%de En inversiones su presupuesto y que esta decision afecta el tema de secreto de las telecomunicaciones. Haber prestado sus telecomunicaciones servicios publicos de

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De conformidad con lo dispuesto en el articulo 5º del Titulo I de los Lineamientos. El Articulo 195º del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones (D.S. Nº 020-2007-MTC) establece: "Articulo 195.- Evaluacion de la solicitud de renovacion La solicitud de renovacion sera evaluada teniendo en cuenta si el concesionario cumplio con las obligaciones derivadas del contrato de concesion, de la Ley, del Reglamento y demas normas que resulten aplicables."

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Modificada por la Resolucion Nº 048-2002-CD/OSIPTEL, publicada el 19-09-2002 y por la Resolucion Nº 058-2005-CD/OSIPTEL, publicada el 01-10-2005. Ademas se incluye la Resolucion 127-2003-CD/OSIPTEL, publicada el 25 de diciembre de 2003 y los Contratos de Concesion. Ley de Desarrollo de Funciones y Facultades del OSIPTEL - Ley Nº 27336. El Regimen Sancionador que aplica el OSIPTEL incluye el Reglamento General de Infracciones y Sanciones aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 002-99-CD/OSIPTEL y sus normas modificatorias y complementarias. Conforme a lo senalado por el Articulo 90º del Reglamento General del OSIPTEL, las gerencias funcionales son los organos tecnicos especializados en las materias de competencia del OSIPTEL. En el caso del contrato de concesion de Telefonica se refiere al numeral (v) del literal (b) de la seccion 4.03, respecto de haber prestado los servicios y haber llevado los negocios de acuerdo con la Leyes del Peru. En el caso de los otros contratos de concesion se refiere a la obligacion general de cumplir con las demas normas que resulten aplicables, conforme a lo precisado por el Articulo 195º del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones vigente. Ver Seccion IV. 7. Cinco (5) anos cuando se aplica el mecanismo de renovacion gradual y veinte (20) anos cuando se aplica el mecanismo de renovacion total. Revisar Brealey y Myers (1993) y MORDAZA (2006). Para temas de incertidumbre revisar Dixit y Pindyck (1994). Para la elaboracion de estos modelos el MTC debera requerir la informacion solicitada por el OSIPTEL a la empresa solicitante. El OSIPTEL enviara al MTC un requerimiento de informacion que el Ministerio debera solicitar a la empresa. Revisar Tirole (2002) y Varian (1999). No se descarta que cualquier variacion en los topes de multas podria afectar el valor de esta relacion. Como se utilizo en el Informe Nº 209-GPR/2009 en respuesta al Oficio Nº 9425-2009-MTC/27. Esto es coherente con lo estipulado en los contratos de concesion respecto de las decisiones que puede adoptar el MTC en los procedimientos de renovacion. En efecto, dichos contratos han previsto que el "incumplimiento reiterado" de las obligaciones de las empresas concesionarias justificara la decision del MTC de "no renovar el plazo de la concesion".

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