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El Peruano Lima, jueves 18 de febrero de 2010 414154 Cuadro Nº 1 Obligaciones Tipo Infracción VAN (miles US$) Escala Si 1 Expansión de la red y servicio Diversa Tipifi cación 3,286 3 72% 2 Calidad y servicio Diversa Tipifi cación 2,629 3 Obligaciones en caso de emergencia y crisis Diversa Tipifi cación 2,194 4 Régimen Tarifario Diversa Tipifi cación 2,088 5 Reglas de Interconexión Diversa Tipifi cación 1,967 6 Cumplimiento con los mandatos Diversa Tipifi cación 1,967 7 Reglas de Competencia No Tipifi ca (Multas) 1,176 8 Continuidad en el servicio Leve 1,015 9 Prestación del servicio de arrendamiento de lineas Diversa Tipifi cación 963 2 24% 10 Procedimiento de inspección y requisitos de control Diversa Tipifi cación 684 11 Pago a Fitel Leve 548 12 Continuidad en el servido de TUPS Leve 541 13 Contabilidad Regulatoria Muy Grave 426 14 Requisitos de Información Diversa Tipifi cación 426 15 Asistencia de abonados y usuarios Leve y Grave 402 16 Pago tasa de explotación Leve 274 1 4% 17 Pago por aporte de supervisión Leve 274 18 Pago del canon por uso del espectro Grave 163 19 Secreto de Telecomunicaciones y protección de datos Grave y Muy Grave 140 20 Haber prestado sus servicios públicos de telecomunicaciones y llevado sus negocios conforme a las leyes del Perú Muy amplio n.a. TOTAL 21,752 Elaboración: OSIPTEL, considerando información de Telefónica del Perú. El gráfi co Nº 1 muestra la magnitud de las ponderaciones dependiendo de la gravedad del impacto en el bienestar de la sociedad, aproximado por el impacto en el VAN. Gráfi co Nº 1 Cálculo de Ponderaciones (Pi) 4% 24% 72% 0 400 800 1,200 1,600 2,000 2,400 2,800 3,200 Impacto ß US$ 400 US$ 400 < Impacto ß US$ 1000 Impacto > US$ 1000 Miles de US$ IV.7.2 Penalidades (Pi) Para calcular la penalidad se realizan dos procedimientos a fi n de establecer la equivalencia entre infracciones leves, graves y muy graves y la relación entre el valor de los incumplimientos (I) y las penalidades. (Ver Gráfi co Nº 2). La primera etapa del análisis de las penalidades tiene como objetivo relacionar la variable de incumplimiento con una de penalidad basada en los efectos sobre el bienestar: I => F(I), de forma que, a mayor incumplimiento, mayor será la penalidad, la misma que estaría siendo medida en términos de reducción del período de renovación de la concesión. Debe señalarse que la penalización creciente ha sido obtenida teniendo en cuenta que la acumulación o tamaño de las distorsiones genera un creciente efecto negativo sobre el bienestar, lo cual se traduce en que las penalidades crezcan más que proporcionalmente en el índice de infracciones. Gráfi co Nº 2 Incumplimiento 3 2/5 5/5 2 1/5 1 2D D 2D 3D 6D 4D Penalidad Grave Muy Grave Incumplimiento 3 2/5 5/5 2 1/5 1 2D D 2D 3D 6D 4D Penalidad Grave Muy Grave De acuerdo con la literatura económica13 el indicador de incumplimiento utilizado para establecer las penalidades se relaciona de manera monótona y convexa con el efecto sobre el bienestar. Este efecto de la acumulación de distorsiones o de su tamaño puede ser analizado en el Gráfi co Nº 3 para el caso de, por ejemplo, un impuesto en economía pública. En el gráfi co, una distorsión menor o una primera distorsión generan una pérdida de bienestar social equivalente al área A cuya magnitud usualmente es considerada por su menor relevancia como de segundo grado (second order welfare loss). En cambio, una distorsión acumulada puede generar una pérdida de bienestar sustantivamente mayor como la equivalente al área C+D+B, que es una pérdida de bienestar de primer grado (fi rst order welfare loss). Por ello, a medida que el número de infracciones cometidas por la empresa concesionaria sea mayor, los efectos sobre el bienestar también son mayores, por lo que, como consecuencia, se tendría que reducir más el período de renovación de la concesión. Gráfi co Nº 3 D C B D C B A P2 + G2 P1 P2 Q2 Q1 Q0 Q P C P(y) P1 + G1 Area A: 1ra Pérdida de Bienestar Areas A + B + C + D: 2da Pérdida de Bienestar Precio Cantidad La segunda etapa busca vincular el indicador de infracciones graves y muy graves con la variable de incumplimiento: M => I. Se postula que la función que relaciona el número de multas leves (L), graves (G) y muy graves (MG) con la variable de incumplimiento (I) es de la siguiente forma: I = Máximo entero{ Max { MG/ Į , G/ 2Į, L /7Į }} (4) En la fórmula anterior, la relación entre las variables MG, G ó L (que miden el número de incumplimientos de tipo muy grave, grave o leve, respectivamente) refl eja la importancia de los incumplimientos a las obligaciones de cada tipo. La relación de sus pesos obedece a la actual estructura de valores máximos de las multas de las sanciones14. En este contexto, hay que precisar nuevamente que también se incluyen las Amonestaciones y Medidas Correctivas, tal como fue señalado por el MTC en la Matriz PROYECTO