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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (18/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de febrero de 2010 414146 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLAY Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de supervisión para la obra “Mejoramiento y ampliación de Captación, toma, Estación de Bombeo, Plantas de tratamiento y Línea de Conducción del sistema de Agua Potable del distrito de Huayllay” ACUERDO DE CONCEJO Nº 09-2010-MDH-CM Huayllay, 4 de febrero de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLAY POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Huayllay, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 26 de enero de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º, modifi cado de la Constitución Política del Estado. Concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, estipula que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece en el artículo 41, que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetas a una conducta o norma institucional. Que, mediante Informe Nº 018-2010/GOPDU-MDH, de fecha 22 de enero de 2010, el Gerente de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, comunica el otorgamiento de la buena pro de la obra Mejoramiento y ampliación de Captación, toma, Estación de Bombeo, Plantas de tratamiento y Línea de Conducción del sistema de Agua Potable del distrito de Huayllay”, y que se ha suscrito el contrato con fecha 18 de enero de 2010, y se entregará el terreno en el plazo de quince días. Señala asimismo que debería convocarse a un proceso de selección para designar al Supervisor de Obra por el monto de doscientos cincuenta y siete mil seiscientos veintidós y 31/100 Nuevos Soles (S/. 257,622.35), y a la fecha el tiempo va a quedar demasiado corto y no va a permitir a la Municipalidad entregar el terreno de obra al Consorcio Huaroncocha, en el plazo establecido por ello solicita la exoneración del proceso de selección de contratación de servicios de supervisión de obra, por causal de desabastecimiento inminente, con la fi nalidad de proceder a la contratación del supervisor en un tiempo mínimo, ya que de lo contrario se generarán costos adicionales en gastos generales y la demora impedirá los trabajos que ya se tienen proyectados dada la temporada de lluvias y la emergencia para que no colapse el servicio de agua y saneamiento. Que, mediante Informe Nº 08-2010-UA/MDH, de fecha 22 de enero de 2010, el Jefe de Abastecimientos, informa que el proceso de selección para los servicios de supervisión de la obra ya anotada, demorará aproximadamente un mes, sin contar si existen observaciones o consultas a las bases, lo que demorará dicha contratación, y en consecuencia se encuentra conforme con que se exonere el proceso por causal de desabastecimiento inminente, sin perjuicio de aplicarse las sanciones correspondientes al responsable de la omisión de su convocatoria en el plazo establecido por ley. Que, mediante Informe Nº 02-GPPR-MDH-2010, la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, emite opinión sobre la disponibilidad presupuestal y fi nanciera y fuente de fi nanciamiento para la contratación de los servicios de supervisión de la obra ya anotada por el monto ascendente a doscientos cincuenta y siete mil seiscientos veintidós y 31/100 Nuevos Soles (S/. 257,622.35), para el pago exclusivo del supervisor, y señala que dicho monto no puede ser superado, si es posible debe ser menor al mismo, y sin perjuicio de la autorización y disponibilidad económica presupuestal y fi nanciera solicita que se remita lo actuado a la Comisión Especial de Procesos Administrativos, ya que por la omisión del cumplimiento de funciones del área de obras, no se va a llevar el proceso de selección, lo que importa afectar la libre competencia y obtener un buen supervisor, solicitando se aplique la sanción correspondiente. Que, mediante Informe Nº 009-2010-MDH/ALE, de fecha 28 de enero de 2010, la Asesoría Legal Externa, manifi esta que la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – D- L- 1017, en su artículo 20º, inciso c) señala que se encuentran exoneradas del proceso de selección que se realicen ante una situación de desabastecimiento debidamente comprobada que afecte o impida a la Entidad cumplir con sus actividades u operaciones, debiendo determinarse, de ser el caso, las responsabilidades de los funcionarios o servidores cuya conducta hubiera originado la confi guración de esta causal. También señala que en el artículo 21º, establece las formalidades de las contrataciones exoneradas y en el artículo 22º, establece que es desabastecimiento inminente y que en ese sentido la contratación se realiza de manera directa, previa aprobación del Concejo Municipal, en función a los informes técnico y legal, y debe remitirse a la Contraloría General de la República y publicarse en el SEACE dentro de los diez días hábiles de su aprobación y publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano. Y se considera desabastecimiento inminente a aquella situación inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo, y dicha situación faculta a la Entidad a la contratación por el tiempo o cantidad según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda, y la aprobación de la exoneración, no constituye dispensa, exención o liberación de las responsabilidades de los funcionarios o servidores que dieron origen a ésta. Estas disposiciones son concordantes con los artículos 129º, 133º, 134 y 1351, del Reglamento – D.S. 184-2008-EF. Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 02 de febrero de 2010, en el Acuerdo Nº 10-MDH, de dicha sesión de concejo se ACORDÓ por UNANIMIDAD aprobar la exoneración del proceso de selección de contrato de supervisión de la obra “Mejoramiento y ampliación de Captación, toma, Estación de Bombeo, Plantas de tratamiento y Línea de Conducción del sistema de Agua Potable del distrito de Huayllay”, en atención al informe Nº 006-GM-2010-MDH. Que, por las consideraciones expuestas, y estando con el VOTO POR UNANIMIDAD del Consejo Municipal y de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 9º, la Ley Orgánica de Municipalidades Ley No. 27972. SE ACUERDA: Primero.- AUTORIZAR la EXONERACIÓN DE PROCESO DE SELECCIÓN de los servicios de supervisión para la obra “Mejoramiento y ampliación de Captación, toma, Estación de Bombeo, Plantas de tratamiento y Línea de Conducción del sistema de Agua Potable del distrito de Huayllay”, por el monto máximo ascendente a doscientos cincuenta y siete mil seiscientos veintidós y 31/100 Nuevos Soles (S/. 257,622.35), como máximo, y que deberá realizarse en el plazo máximo de diez (10) días contados a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la publicación del presente acuerdo conforme a Ley y su comunicación a la Contraloría General de la República y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, en el plazo máximo de diez días. Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la notifi cación del presente acuerdo, a la Gerencia Municipal y demás unidades orgánicas que por la naturaleza de sus funciones tengan injerencia en el cumplimiento del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS MARCELO CALLUPE Alcalde 458434-1