Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2010 (18/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Establecen beneficio tributario y no tributario en el distrito
ORDENANZA Nº 448-MDEA. El MORDAZA, 4 de febrero del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DEL LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha, el Informe Nº 023-2010-GERENT-MDEA, de la Gerencia de Rentas, Informe Nº 021-2010-SGP-GAFP-MDEA, Informe Nº 0782010-GAJ-MDEA; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los articulos 74º y 194º de la Constitucion Politica del Peru las Municipalidades tienen autonomia politica, economica, administrativa, en los asuntos de su competencia, y ejercen su potestad tributaria, para crear modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de su jurisdiccion, la que se ejerce a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley, conforme lo establece el numeral 4) del articulo 200º de la Constitucion Policita del Peru; Que, dicha potestad es reconocida por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, la misma que en su articulo 69º numerales 1) y 2) establece como rentas municipales los tributos creados por ley a su favor, asi como las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su concejo municipal; Que, el articulo 9º numeral 8) de la referida ley establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas; Que, el Art. 9º del Decreto Legislativo Nº 981 publicado el 15 de marzo del 2007, que sustituyo el ultimo parrafo del articulo 41º del Codigo Tributario, senala que la condonacion alcanza a los intereses, sanciones, contribuciones y tasas; Que, asimismo, mediante Ordenanza Nº 441-MDEA, se aprobaron los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2010 en la jurisdiccion de El MORDAZA, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 489-MML de fecha 14 de Diciembre del 2009; Que, siendo potestad de la Administracion Tributaria regular sus beneficios tributarios mediante Ordenanza al MORDAZA de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del TUO del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Considerando la critica situacion economica de la mayoria de los pobladores de El MORDAZA, sus organizaciones sociales y las micro y pequenas empresas, es necesario se les exonere parcialmente del pago de los Arbitrios Municipales, los mismos que deberan ser subsidiados por la Municipalidad asi como se otorgue un Beneficio de regularizacion Tributaria y no Tributaria referente a sus deudas; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del articulo 9º y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades-Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, con el MORDAZA MAYORITARIO, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO TRIBUTARIO Y NO TRIBUTARIO EN EL DISTRITO DE EL MORDAZA Articulo Primero.- OBJETIVO Y ALCANCES: La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer un Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria

dentro de la jurisdiccion del distrito de El MORDAZA, para aquellos contribuyentes o Administrados que mantengan obligaciones pendientes de cancelacion hasta el ejercicio fiscal 2010, inclusive ya sea que se encuentren las obligaciones en la via ordinaria, coactiva, o fraccionada por convenio. "El Beneficio Tributario alcanza a las obligaciones correspondientes al Impuesto Predial, Multas Tributarias, Multas Administrativas de los anos 1994 al 2010, Asimismo alcanza a la tasa por Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles ­ Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y Serenazgo de los anos 2002 al 2010", Articulo Segundo.- BENEFICIOS: Durante la Vigencia de la presente Ordenanza los contribuyentes o Administrados gozaran de los siguientes beneficios: 1) De las Deudas Tributarias en General: Condonacion del 100% del interes moratorio y ajustes, para los pagos totales o por ejercicios fiscales, a las deudas originadas por los conceptos de Impuesto Predial, Multas Tributarias, Arbitrios de Limpieza Publica (Barrido de MORDAZA ­ Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines Publicos, y Serenazgo, asi como a las deudas que se encuentren en cobranza coactiva. 2) De los Arbitrios Municipales: Condonacion de un porcentaje del monto insoluto (capital), segun el siguiente cuadro:
ANO 2009 2008 2007 2006 2005 2004 2003 2002 BENEFICIO EN % 10 20 30 40 50 60 70 80

3) De las Multas Administrativas: En el caso de las Multas Administrativas, se consideran los siguientes Beneficios: A) Rebaja del 90% del valor pecuniario de cada multa aplicable desde el anos 1995 al 2009. B) Rebaja del 50% del valor pecuniario de cada multa aplicable en el ano 2010. El Beneficio MORDAZA indicado es para aquellas multas que no MORDAZA mayores a 2 UIT tomando como base la UIT del ano en que se aplico la sancion. 4) De la Multas Tributarias: En el caso de las multas Tributarias se considera los siguientes Beneficios: Rebaja del 90% del valor pecuniario de cada multa aplicable desde el ano 2002 en adelante, este beneficio alcanza a los que se encuentren en Fiscalizacion Tributaria. El Beneficio MORDAZA indicado es para aquellas multas que no MORDAZA mayores a 1 UIT tomando como base la UIT del ano en que se aplico la sancion. 5) De las Deudas en Compromiso de pago: Las deudas que se encuentren en compromiso de pago se podran acoger a la presente Ordenanza, respecto a las cuotas pendientes de cancelacion: Articulo Tercero.- DE LAS DEUDAS EN COBRANZA COACTIVA. Podran acogerse a la presente Ordenanza, aquellas deudas que se encuentren en MORDAZA de Cobranza Coactiva para tal efecto tendran un descuento del 100 % de los gastos y Costas Procesales que se hubieran generado. Asimismo la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva MORDAZA por concluido el MORDAZA de cobranza

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