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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2010 (01/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de julio de 2010 421516 Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, cargo clasifi cado como Servidor Público - Directivo Superior. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 513077-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 131-2010-EF Mediante Ofi cio Nº 403-2010-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, publicado en la edición del 23 de junio de 2010. En el Tercer Considerando: DICE: CONSIDERANDO: (...) Que, el artículo 7° de la Ley Nº 29298 – Ley que modifi ca la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece la responsabilidad (...) DEBE DECIR: CONSIDERANDO: (...) Que, el artículo 7° de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo modifi cado por la Ley Nº 29298, establece la responsabilidad (...) 513291-1 JUSTICIA Acceden a pedido de extradición activa de ciudadano peruano por presunta comisión de delitos contra la libertad sexual y la libertad personal y disponen su presentación al Gobierno de la República Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 126-2010-JUS Lima, 30 de junio de 2010 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 062-2010/COE-TC del 22 de Junio de 2010, sobre la solicitud de extradición activa a la República Argentina, del ciudadano peruano JIMMY EDINHO CAVERO RAMÍREZ, formulada por el Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria de Huaura de la Corte Superior de Justicia de Huaura; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 15 de junio de 2010, corregida por Resolución de fecha 21 de junio de 2010, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JIMMY EDINHO CAVERO RAMÍREZ, por la presunta comisión del Delito contra la Libertad Sexual – Violación Sexual agravada de menor y el Delito contra la Libertad Personal – Secuestro, en agravio de menor de edad (Expediente Nº 42-2010); Que, mediante el Informe Nº 062-2010/COE-TC del 22 de Junio de 2010, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Argentina, suscrito en Buenos Aires el 11 de junio de 2004 y lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del ciudadano peruano JIMMY EDINHO CAVERO RAMÍREZ, formulado por el Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria de Huaura de la Corte Superior de Justicia de Huaura y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito contra la Libertad Sexual – Violación Sexual agravada de menor y el Delito contra la Libertad Personal – Secuestro, en agravio de menor de edad y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República Argentina, de conformidad con el Tratado de la materia vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VÍCTOR GARCÍA TOMA Ministro de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 513292-9 Revocan las RR. SS. N°s. 020-2008-JUS y 125-2007-JUS mediante las cuales se accedió a pedidos de extradición activa de procesados RESOLUCIÓN SUPREMA N° 127-2010-JUS Lima, 30 de junio de 2010 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 059-2010/COE-TC del 16 de junio de 2010, sobre la revocatoria de la Resolución Suprema Nº 020-2008-JUS, mediante la cual se accedió a la solicitud de extradición activa al Gobierno de los Estados Unidos de América del procesado KJOS HANSSEN GEIR INGEBRIGT; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 020-2008-JUS, se accedió al pedido de extradición activa del procesado KJOS HANSSEN GEIR INGEBRIGT, por la presunta comisión del Delito Aduanero – Defraudación de Rentas de Aduana, en agravio del Estado Peruano, Resolución que fuera publicada el día 07 de febrero de 2008 en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, por Resolución Consultiva de fecha 5 de abril de 2010, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República dispuso dejar sin efecto la Resolución Consultiva de fecha 20 de enero de 2008 de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, ello a mérito de la Resolución de fecha 18 de junio de 2009 expedida por la Primera Sala Mixta Transitoria de la Corte Superior de Justicia del Callao, que dispuso declarar extinguida la acción penal seguida en contra del procesado y anular sus antecedentes, al resultar fundada la excepción de prescripción que interpusiera en el proceso que lo comprendió por el Delito Aduanero de Defraudación de Rentas, en agravio del Estado Peruano; Que, por estas consideraciones la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados mediante Informe Nº 059-2010/COE-TC del 16 de junio de 2010 ha opinado