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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de julio de 2010 421764 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, el artículo 12º del Reglamento del Régimen Laboral del Cuerpo de Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que cuenten con vacantes; Que, mediante Ofi cio Nº 228-2010/GOB.REG-HVCA/ PR recibido con fecha 14 de abril de 2010, el Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica solicitó la asignación de un Gerente Público para cubrir el cargo de Gerente Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Huancavelica; Que, de otro lado, el Consejo Directivo en su sesión de fecha 30 de diciembre de 2009 aprobó la relación de profesionales que fueron incorporados al Cuerpo de Gerentes Públicos, entre los cuales se encuentra la señora Patricia Elizabeth Olivera Montero, habiéndose emitido la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 078- 2009-ANSC-PE de fecha 30 de diciembre de 2009; Que, en la sesión de fecha 24 de junio de 2010, el Consejo Directivo aprobó la asignación de la Gerente Público Patricia Elizabeth Olivera Montero al cargo de Gerente Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Huancavelica, encargando a la Presidenta Ejecutiva adoptar las medidas necesarias para la implementación de dicho acuerdo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 066-2010-PCM publicado en el diario oficial “El Peruano” con fecha 16 de junio de 2010 se autoriza a SERVIR la asignación de Gerentes Públicos durante el Año Fiscal 2010; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1024, el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM y la Directiva que aprueba los lineamientos del proceso de selección para la incorporación de Gerentes Públicos y su asignación durante el año 2010, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 3-2010-SERVIR/PE; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Asignar, a partir del 01 de julio de 2010, a la Gerente Público que se señala a continuación a la entidad y cargo de destino según el detalle siguiente: APELLIDOS Y NOMBRES ENTIDAD DE DESTINO CARGO Olivera Montero, Patricia Elizabeth Gobierno Regional de Huancavelica Gerente Regional de Infraestructura Artículo Segundo.- La asignación efectiva a la entidad de destino se realizará una vez cumplidas las formalidades requeridas a cargo de la entidad de destino. Regístrese, comuníquese y publíquese. NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Presidenta Ejecutiva 515813-2 COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen la inscripción de “Certificados de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa - Primera Emisión” y registro del prospecto complementario en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 055-2010-EF/94.06.3 Lima, 30 de junio de 2010 VISTOS: El expediente Nº 2010020421, así como el Informe Interno Nº 399-2010-EF/94.06.3, del 24 de junio de 2010, de la Dirección de Emisores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 221, numeral 14, de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, las empresas del sistema financiero pueden emitir y colocar obligaciones, en moneda nacional o extranjera, siempre que sean de su propia emisión; Que, el artículo 286 de la norma mencionada precedentemente establece que para realizar la emisión y colocación de obligaciones, las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito deben cumplir previamente los requisitos establecidos por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (en adelante, SBS), los cuales se encuentran contenidos en el Reglamento para la Ampliación de Operaciones, aprobado mediante Resolución SBS Nº 11698-2008; Que, en virtud de la Resolución SBS Nº 11053- 2009 y Nº 11054-2009, la SBS autorizó la ampliación de operaciones a efectos de que la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. pueda emitir y colocar instrumentos representativos de obligaciones y asimismo opinó favorablemente para la emisión de Certifi cados de Depósitos Negociables; Que, el 09 de diciembre de 2009 se aprobó el trámite anticipado denominado “Primer Programa de Bonos Corporativos y Certifi cados de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A.” de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. hasta por un monto máximo en circulación de S/. 250 000 000,00 (doscientos cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América, y se registró el prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, con fecha 21 de junio de 2010, Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. solicitó la inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de los valores pertenecientes a la emisión denominada “Certificados de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa – Primera Emisión”, hasta por un monto máximo de S/. 15 000 000,00 (quince millones y 00/100 Nuevos Soles), así como el registro del correspondiente prospecto complementario; Que, de la evaluación de la documentación presentada, se ha determinado que Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por el Texto Único Ordenado de