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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de julio de 2010 421774 dure el periodo vacacional de la doctora Flor de María Poma Valdivieso. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distritaì, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 515656-1 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario a Inglaterra para participar en el curso “New Monetary Operations” RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 050-2010-BCRP Lima, 2 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, se ha recibido invitación del Bank of England, para participar en el curso “New Monetary Operations” que se llevará a cabo del 12 al 16 de julio, en la ciudad de Londres, Inglaterra; Que, es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionadas con su fi nalidad y funciones; Que, para el cumplimiento de sus funciones, la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera tiene entre sus objetivos evaluar y velar por el adecuado funcionamiento del Sistema Financiero y proponer medidas que permitan mejorar su eficiencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley No. 27619 y del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de fecha 13 de mayo de 2010; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Adolfo Ibargüen Alfaro, Subgerente de Operaciones de Política Monetaria, a la ciudad de Londres, Inglaterra del 11 al 17 de julio, y al pago de los gastos, a fi n de intervenir en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 1 838,26 Viáticos US$ 1 820,00 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 31,00 ------------ TOTAL US$ 3 689,26 Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. CARLOS RAFFO DASSO Vicepresidente 515135-1 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Resuelven no ratificar en el cargo a Juez de Paz Letrado de Talara del Distrito Judicial de Piura y Tumbes RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 136-2010-PCNM Lima, 16 de abril de 2010 VISTO: El expediente de evaluación y ratifi cación del doctor Pablo Soto Yamunaqué, Juez de Paz Letrado de Talara del Distrito Judicial de Piura y Tumbes; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, por Resolución Nº 158-2001-CNM, del 17 de agosto de 2001, el doctor Pablo Soto Yamunaqué fue ratifi cado en el cargo de Juez de Paz Letrado de Talara del Distrito Judicial de Piura y Tumbes, fecha desde la cual ha transcurrido el período de siete años a que se refi ere el articulo 154º Inc. 2) de la Constitución Política del Estado para los fi nes del proceso de evaluación y ratifi cación correspondiente; Segundo.- Que, por acuerdo adoptado en sesión del 3 de diciembre de 2009, se aprobó la Convocatoria Nº 004-2009-CNM de los procesos individuales de evaluación y ratifi cación, entre otros, del doctor Pablo Soto Yamunaqué, en su calidad de Juez de Paz Letrado de Talara del Distrito Judicial de Piura y Tumbes, siendo el período de evaluación del magistrado desde el 18 de agosto de 2001 a la fecha de conclusión del presente proceso, cuyas etapas han culminado con la entrevista personal al evaluado en sesión pública del 16 de abril de 2010, habiéndose garantizado el acceso previo al expediente e informe fi nal para su lectura respectiva, por lo que corresponde adoptar la decisión fi nal; Tercero: Que, con relación al rubro conducta, de los documentos que conforman el expediente del proceso de evaluación y ratifi cación, fl uye lo siguiente: a) En relación a las Medidas Disciplinarias impuestas en su contra: a.1) Por Ofi cio Nº 0307-2010-ODECMA-CSJPI/PJ del 1 de febrero de 2010, la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura informa sobre 16 apercibimientos, una multa de 10% impuesta por Resolución de 31 de enero de 2007 recaída en la Queja 303-2006-ODICMA-P y una multa por 5% impuesta por Resolución de fecha 15 de mayo de 2007 recaída en la Queja Nº 286-2006-ODICMA- P; además de registrar en el periodo de evaluación 23 quejas interpuestas en su contra de las cuales 15 se encuentran archivadas y 8 en trámite, b) En relación a la Participación Ciudadana: Se ha recibido 2 escritos que cuestionan la conducta e idoneidad del magistrado evaluado, quien ha efectuado sus descargos en el sentido que estas denuncias ya han sido tramitadas ante el Órgano de Control, donde han sido declaradas improcedentes; c) Respecto a su asistencia y puntualidad, según Ofi cio Nº 1161-2010-SG-CS-PJ del Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, se informa que el magistrado evaluado registra 41 días de licencia por salud; d) En lo que respecta a los referéndum del Colegio de abogados de Piura, en el 2006 obtuvo 13 sobre 20 en los rubros de idoneidad y honestidad; e) Respecto a la Información Patrimonial del magistrado, no se aprecia ningún incremento sustancial; f) El magistrado registra 7 procesos judiciales como demandado, de los cuales 5 se encuentran concluidos y 2 en trámite, asimismo registra 3 procesos como denunciado, encontrándose dos en trámite, uno por Hábeas Corpus y otro por presunto delito de Prevaricato; Cuarto: Que en atención a lo antes mencionado, se establece que en el rubro de conducta el magistrado