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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de julio de 2010 422063 Ministerio de Defensa, la designación del Mayor EP Luis Alberto VALLE Altamirano, para que integre el citado Batallón Brasileño; Que, con Ofi cio Nº 083/10-ADIDEFEX/PERU de fecha 21 de junio de 2010, el Agregado Militar y de Defensa de Brasil en el Perú, informa que el indicado Ofi cial Superior, deberá presentarse en Curitiba/Parara - Brasil, el día 13 de julio de 2010; Que, es conveniente para los intereses institucionales, la participación del referido Ofi cial Superior, en las actividades que se desarrollará en el Estado Mayor del Batallón de Operaciones de Paz del Brasil, la misma que permitirá fortalecer los lazos de amistad entre el Perú y Brasil, así como acrecentará la presencia e imagen de nuestro país ante la MINUSTAH y la comunidad internacional; Que, el mencionado viaje se encuentra incluido en el Rubro 3.- Instrucción Militar Superior (perfeccionamiento), Ítem 30 del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2010, aprobado por Resolución Suprema Nº 130-2010-DE/SG de fecha 01 de abril de 2010; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Ley Nº 29075 - Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa; Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 - Normas reglamentarias sobre las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 002-2004/ DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias - Normas reglamentarias de viajes al exterior de personal militar y civil del Sector Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Mayor EP Luis Alberto VALLE Altamirano, para integrar el Estado Mayor del Batallón de Operaciones de Paz del Brasil en Haití (BTN HAITI - BRABAT), a realizarse en la ciudad de Río de Janeiro - Brasil, del 13 de julio de 2010 al 13 de enero de 2011. Artículo 2º.- El Ministro de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: Lima - Río de Janeiro - Lima US$ 629.31 x 1 persona Tarifa Única por Uso de Aeropuerto: US$ 31.00 x 1 persona Artículo 3º.- El Ministro de Defensas quedad facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la comisión a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el plazo total de días autorizados. Artículo 4º.- Los gastos de alimentación, alojamiento y otros que correspondan al Ofi cial Superior autorizado, serán asumidos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Artículo 5º.- El citado Ofi cial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a solicitar liberación ni exoneración de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por el señor Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 517726-5 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 305-2010-DE/ Lima, 10 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, a través del Memorándum de Entendimiento fi rmado el 11 de noviembre de 2003, por el señor Presidente de la República del Perú y el Secretario General de las Naciones Unidas, aprobado por el Congreso de la República mediante Resolución Legislativa Nº 28342 de fecha 26 de agosto de 2004, y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 066-2004-RE de fecha 5 de octubre de 2004, el Perú confi rma su compromiso político y logístico con las Operaciones de Mantenimiento de la Paz; Que, en el numeral 12 del Artículo 7º de la Ley Nº 29075 - Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, concordante con el inciso k) del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008-DE/SG de fecha 2 de enero de 2008, se precisas como una de las funciones del Sector, supervisar y fomentar en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la participación de las Fuerzas Armadas en operaciones internacionales de paz, de conformidad con los objetivos de la Política de Seguridad y Defensa Nacional; Que, en el Artículo 23º de la precitada Ley, así como en los incisos b) de los Artículos 41º y 43º de su citado Reglamento, se establece que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es un órgano de ejecución del Ministerio de Defensa encargado de planifi car, organizar, dirigir y conducir las operaciones y acciones militares conjuntas de las Fuerzas Armadas en función de los objetivos de la Política de Defensa, dentro de las cuales se encuentra la participación del Perú en Operaciones de Mantenimiento de la Paz; Que, habiendo cumplido CINCO (5) meses de gestión el actual Contingente de la Compañía Perú en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas (MINUSTAH), es de interés institucional la verificación e inspección al personal, equipos y vehículos de la Base ubicada en el Campamento “CHARLIE” de Puerto Príncipe, así como de los Puestos Fronterizos asignados en las localidades de Malpasse, Belladere y Anse a Pitres de la República de Haití, por parte de Personal Militar representantes del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, el viaje al extranjero del Personal Militar que llevará a cabo las actividades antes descritas, se encuentra incluido en el Rubro 6.- Actividades de Inspectoría, Ítem 4 del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2010, aprobado por Resolución Suprema Nº 130- 2010-DE/SG de fecha 01 de abril de 2010, habiéndose previsto en la presente Resolución una duración CINCO (5) días para efectuar dichas actividades; sin embargo, considerando el costo de los pasajes aéreos, así como el monto del presupuesto de gasto aprobado para el referido viaje, sólo se autorizará el pago de viáticos por TRES (3) días al Personal Militar designado en Comisión de Servicio; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior e servidores y funcionarios públicos; Ley Nº 29075 - Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa; Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 - Normas reglamentarias sobre las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 002-2004/ DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias - Normas reglamentarias de viajes al exterior de personal militar y civil del Sector Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar que se indica a continuación, para la verifi cación e inspección del personal, equipos y vehículos de la Base ubicada en el Campamento “CHARLIE” de Puerto Príncipe, así como de los Puestos Fronterizos asignados en las localidades de Malpasse, Belladere y Anse a Pitres de la República de Haití, del 15 al 19 de julio de 2010: