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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2010 (11/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de julio de 2010 422074 Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 517726-10 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban los Protocolos del Servicio de Certificación de Competencias Laborales del Programa REVALORA PERÚ RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 161-2010-TR Lima, 9 de julio de 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 2147-2010 - MTPE/3/11.2 de fecha 9 de junio de 2010, de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4° de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, incluye entre las áreas programáticas de acción del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, normalización y certifi cación de competencias laborales; Que, en el numeral 5.1 del artículo 5º de la referida Ley, se establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en normalización y certifi cación de competencias laborales; Que, mediante el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 021-2009, modifi cado por la Ley N° 29516, se autorizó al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a crear el Programa Especial de Reconversión Laboral – PERLAB, denominado REVALORA PERU, con el objeto de promover el empleo y mejorar la empleabilidad de los desempleados o de los trabajadores que se encuentran en riesgo de serlo, a consecuencia de la crisis internacional o por efecto de procesos de modernización o cambios en los sectores económicos del país, el mismo que deberá contar con el componente de capacitación que incluye: “la recalifi cación, reentrenamiento de trabajadores y certifi cación de competencias laborales”; Que, dicho programa fue creado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-TR en cuyo artículo 11º se establece que la certifi cación de competencias laborales que se desarrolle en el marco del Programa REVALORA PERÚ, se regulará progresivamente mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 026-2010-TR de fecha 22 de enero de 2010, se aprueban los criterios del proceso de Certifi cación de Competencias Laborales del Programa REVALORA PERÚ; y por Resolución Ministerial Nº 082-2010-TR, se aprueba el Plan de Trabajo de Certifi cación de Competencias Laborales en el marco del Programa REVALORA PERU y del Proyecto MTPE- FONDOEMPLEO; Que, el artículo 10º del anexo adjunto a la Resolución Ministerial Nº 026-2010-TR, y el artículo 10º del anexo adjunto a la Resolución Ministerial Nº 082-2010-TR, señalan que la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional tiene la función de establecer los criterios técnicos y normativos necesarios para desarrollar los procesos de certifi cación de competencias laborales y desarrollar las herramientas e instrumentos necesarios para tal fi n; así como, diseñar los protocolos del servicio de certifi cación de competencias laborales respectivamente; Que, en atención a las consideraciones expuestas, la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional ha elaborado el Protocolo para la Autorización de Centros de Certifi cación de Competencias Laborales, el Protocolo Marco para el Proceso de Certifi cación de Competencias Laborales y el Protocolo de Evaluación de Competencias Laborales; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Coordinador Ejecutivo del Programa REVALORA PERÚ, del Director Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional y del Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y ; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2010-TR y la Resolución Ministerial N° 104-2010- TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de los Protocolos del Servicio de Certifi cación de Competencias Laborales del Programa REVALORA PERÚ. Apruébese los Protocolos del Servicio de Certifi cación de Competencias Laborales del Programa REVALORA PERÚ, que como Anexos I, II y III forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, cuya denominación es como sigue: - Protocolo para la Autorización de Centros de Certifi cación de Competencias Laborales. - Protocolo Marco para el Proceso de Certifi cación de Competencias Laborales; y, - Protocolo para el Proceso de Evaluación de Competencias Laborales. Artículo 2º.- Publicación Disponer que los anexos a los que hace referencia el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial se publiquen en la página Web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www.mintra.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina de Estadística e Informática. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 517717-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Decreto Supremo que modifica el Plan Nacional de Desarrollo Portuario en lo referente al mejoramiento de los muelles 1, 2, 3 y 4 del Terminal Portuario del Callao DECRETO SUPREMO N° 027-2010-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley No. 27943, Ley del Sistema Portuario