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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2010 (25/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de julio de 2010 422888 el entendimiento de ciudadanos comunes y no letrados, con redacción clara y lo más corta posible. Por lo expuesto concuerdo con lo expresado en la resolución en mayoría que resuelve las aclaraciones presentadas. SR. VERGARA GOTELLI 523080-1 UNIVERSIDADES Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann a Chile para asistir al Tercer Encuentro de Investigación - CRISCOS UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN RESOLUCIÓN COMISIÓN DE ORDEN Y GESTIÓN Nº 574-2010-COG-UN/JBG Tacna, 16 de julio del 2010 VISTOS: El Ofi cio Nº 193-2010-COIN, copia Invitación Tercer Encuentro de Investigación, copia Programa, Proveído Nº 2351-2010-P.COG y Proveído Nº 1782-2010-SEGE, remitidos para autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicios al Jefe del Consejo de Investigación - COIN. CONSIDERANDO: Que, con Ofi cio Nº 193-2010-COIN, el Jefe del Consejo de Investigación informa que ha recibido invitación para participar en el Tercer Encuentro de Investigación – CRISCOS a realizarse en la Universidad Católica del Norte (Antofagasta – Chile) los días 20 y 21 de julio del presente año; teniendo como temas a desarrollar: Trabajo en la preparación de los proyectos por área temática y Analizar primer borrador del Programa I+D CRISCOS; Que, la Ley Nº 27619 regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos aprobada mediante D.S. Nº 047-2002-PCM, en su Artículo 2º establece que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración y el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, de acuerdo a Ley en el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por Resolución del Titular de la Entidad; en todos los casos la Resolución o acuerdo de excepción es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; y De conformidad con el Art. 33º de la Ley Universitaria Nº 23733, Ley Nº 27619, D.S. Nº 047-2002-PCM, el Art. 125º del Estatuto de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, y en uso de las atribuciones conferidas al Señor Presidente de la Comisión de Orden y Gestión mediante las Resoluciones Nº 0068 y 0078-2010-ANR; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje al exterior, en Comisión de Servicios, a la ciudad de Antofagasta - Chile, al docente CPC CRISTOBAL LAURA VARGAS, Jefe del Consejo de Investigación - UNJBG, para asistir al Tercer Encuentro de Investigación – CRISCOS por los días 20 y 21 de julio del 2010. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el viaje autorizado, se ejecutarán de acuerdo a normas vigentes, debiendo a su retorno presentar la rendición de cuenta debidamente documentada. Asimismo, deberá publicarse la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y ejecútese. HUBERTO NORIEGA TIRADO Presidente Comisión de Orden y Gestión 523226-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Declaran zonas rígidas e intangibles para el comercio ambulatorio en el distrito de San Juan de Miraflores ORDENANZA Nº 000156-2010-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 26 de mayo del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: POR CUANTO: VISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha, la Moción de Orden del Día presentada por los Regidores Castillo, Valencia, Santiago y Adriazola sobre modifi cación de la legislación local vigente para declarar zona rígida varias calles del distrito; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo Dispuesto en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, y a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; las Municipalidades Provinciales y Distritales, son Organos de Gobierno Local que gozan de autonomía económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales Representan al Vecindario y Promueven el Desarrollo Integral sostenible y armónico de su circunscripción; Que, en este sentido esta corporación edil reconoce la necesidad de contar con un marco legal que declare ZONA RIGIDA para el comercio ambulatorio toda la extensión de la Av. Defensores de Lima (ex Pista Nueva) así como el Boulevard de San Juan ubicado en la Av. Pedro Silva; Estando a lo expuesto: En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el pleno del Concejo por votación MAYORITARIA y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- DECLARAR zona rígida e intangible para el comercio ambulatorio todo el perímetro del Parque el Boulevard de San Juan ubicado en la Av. Pedro Silva cuadra 2 Zona B de San Juan de Mirafl ores. Artículo Segundo.- DECLARAR zona rígida e intangible para el comercio ambulatorio toda la extensión de la Av. Defensores de Lima (ex Pista Nueva) del distrito de San Juan de Mirafl ores. Artículo Tercero.- Mediante Decreto de Alcaldía, el Señor Alcalde emitirá las Disposiciones Complementarias y Reglamentarias de la Presente Ordenanza. POR TANTO: Mando regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde 523578-1