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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2010 (28/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 76

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de julio de 2010 423022 a lo establecido por el inciso 4 del artículo 195º y por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifi can y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fi je la ley; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario y sus modifi catorias establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, siendo política de la actual gestión brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, otorgando benefi cios para la regularización de sus deudas a favor de los vecinos de SAN JUAN DE MIRAFLORES; es necesario seguir atendiendo a aquellos contribuyentes que de manera cierta, se encuentran en una situación económica difícil que les ha impedido acogerse bajo las diferentes modalidades a benefi cios aprobados vigentes; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto MAYORITARIO del Pleno del Concejo y dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA EN LA JURISDICCIÓN DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Artículo 1º.- ESTABLECER un benefi cio para las Multas administrativas en la Jurisdicción: De las Multas Administrativas: Condonación del 90% de las multas administrativas aplicadas hasta el mes de Julio 2010 por un monto no mayor a 7 UIT vigentes; siempre y cuando cumpla con cancelar al contado su deuda, no se podrán acoger a este benefi cio aquellas multas administrativas que se han impuesto por atentar contra la salud pública, la moral y las buenas costumbres. Artículo 2º.- El presente benefi cio entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” hasta el 15 de Agosto del presente año fi scal. Artículo 3º.- Los montos cancelados con anterioridad a la presente Ordenanza no serán pasibles de compensación y/o devolución. Artículo 4º.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, así como para establecer prórrogas en la vigencia de la misma. POR LO TANTO: Mando se registre, publique y cumpla EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde 523579-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad ORDENANZA Nº 199-MDSM San Miguel, 30 de junio de 2010 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal, en sesión ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; mandato constitucional concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que, efectivamente, los gobiernos locales gozan de la autonomía prescrita, y que esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el reglamento de organización y funciones (ROF) es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad orientada al esfuerzo institucional y el logro de la misión, visión y objetivos, contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades, sobre esa base se aprueba el cuadro para asignación de personal (CAP) que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la entidad; Que, mediante Memorando Nº 540-2010-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto se informa que el proyecto de reglamento de organización y funciones y el cuadro para asignación de personal de la Municipalidad de San Miguel, se han elaborado de acuerdo al Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM y al Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, respectivamente; Que, mediante Informe Nº 248-2010-GAJ/MDSM la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina que los proyectos de documentos de gestión alcanzados, se encuentran conformes y de acuerdo al artículo 9º de la Ley Nº 27972 es atribución del concejo, aprobarlos; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 40° de la referida ley, las ordenanzas municipales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba, entre otras, la organización interna de la entidad; De conformidad con las normas invocadas, y en uso de las atribuciones conferidas al concejo municipal por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Miguel que contiene 15 (quince) títulos, 33 (treinta y tres) capítulos y 82 (ochenta y dos) artículos, 1 (una) disposición complementaria y 2 (dos) disposiciones transitorias y fi nales. Artículo Segundo.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de San Miguel que contiene 251 (doscientos cincuenta y uno) cargos clasifi cados. Artículo Tercero.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, quedando derogada o sin efecto toda norma que se le oponga. Artículo Cuarto.- El dispositivo legal aprobado se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano y el texto íntegro de los documentos de gestión aprobados en el portal institucional www.munisanmiguel.gob.pe y en los portales de servicio al ciudadano y empresa www.psce. gob.pe, y del Estado Peruano www.peru.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 523864-1