TEXTO PAGINA: 4
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de junio de 2010 419934 forestales y de fauna silvestre a nivel nacional, debiendo garantizar el aprovechamiento sostenible de dichos recursos y realizando el seguimiento y evaluación de las actividades de administración, control y vigilancia de los mismos para su respectiva conservación; Que, mediante Informe Nº 0027-2010-AG- DGFFS(DPFFS) de fecha 17 de febrero de 2010, la Dirección de Promoción Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, concluye señalando que es imperativo regular el mantenimiento en cautividad de especímenes de fauna silvestre que son utilizados en espectáculos circenses, en procura de su bienestar y trato adecuado, así como, en resguardo de las personas de su entorno y en prevención de posibles focos de zoonosis que pondrían en riesgo a la sociedad en su conjunto; Que, en este contexto y en cumplimiento de las normas antes glosadas, resulta necesario aprobar los “Lineamientos técnicos para el mantenimiento en cautiverio de la fauna silvestre en circos” por las que se fi ja y regula las condiciones mínimas que deben respetar los propietarios, administradores o encargados de estos establecimientos para el mantenimiento en cautiverio, cuidados sanitarios, transporte y otros, de las especies de fauna silvestre; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27265, Ley de Protección a los Animales Domésticos y a los Animales Silvestres Mantenidos en Cautiverio, la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 977 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los “Lineamientos Técnicos para el mantenimiento en cautiverio de la fauna silvestre en circos” por las que se fi ja y regula las condiciones mínimas que deben respetar los propietarios, administradores o encargados de estos establecimientos, y que resultan de observancia obligatoria por todas las entidades del Estado en los tres niveles de Gobierno. Artículo 2o.- Publicar en el portal electrónico institucional del Ministerio de Agricultura www.minag.gob. pe, los Lineamientos Técnicos a que se contrae el artículo 1o de la presente Resolución. Artículo 3º.- Facultar a la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura para que emita las normas complementarias que se requieran a fi n de garantizar el cumplimiento y ejecución de los Lineamientos Técnicos aprobados mediante la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 501308-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan Directora de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 106-2010-MINCETUR/DM Lima, 29 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 266-2006- MINCETUR/DM, de 1 de setiembre de 2006, se designó al señor Edwin Luis Revilla García, en el cargo de Director de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Ofi cina General de Administración, cargo de nível F3, considerado de confi anza; Que, dicho servidor ha formulado renuncia al cargo, por lo que es necesario formalizar la aceptación de la renuncia y designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del MINCETUR y el Decreto Supremo N° 005-90-PCM que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 276; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia del señor Edwin Luis Revilla García, al cargo de Director de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Ofi cina General de Administración, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar, a doña Mary Ann Zavala Polo, en el cargo de Directora de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Ofi cina General de Administración, cargo de nivel F3, que será desempeñado con carácter de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 501700-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Declaración de Principios de Política Fiscal del Marco Macroeconómico Multianual 2011- 2013 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 268-2010-EF/15 Lima, 1 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, el artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 066-2009-EF, establece que el Marco Macroeconómico Multianual debe comprender como mínimo una Declaración de Principios de Política Fiscal, entre otras informaciones; Que, de acuerdo al artículo 15º del Reglamento de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 151-2004- EF, la Declaración de Principios de Política Fiscal debe ser aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial; De conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 066-2009-EF y el Decreto Supremo Nº 151- 2004-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Apruébese la Declaración de Principios de Política Fiscal del Marco Macroeconómico Multianual 2011-2013, la cual forma parte de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE POLÍTICA FISCAL 2011- 2013 El año 2009 las cuentas fi scales se deterioraron 4 puntos del PBI al pasar de un superávit fi scal de 2,1%