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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de junio de 2010 419950 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de personas naturales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 303-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 5 de mayo del 2010 Visto el Escrito con Registro Nº 00032300 de fecha 27 de abril de 2010, presentado por los señores DIONISIO PANTA ECA, ROSA RUMICHE DE PANTA, ANGEL PANTA ECA, CARMEN QUEREVALU DE PANTA, REGULO PANTA ECA y NATIVIDAD PANTA DE PANTA. CONSIDERANDO : Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007- PRODUCE del 20 de febrero del 2007, sustituye el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98-PE, estableciendo que las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones sujetas al Régimen de la Ley Nº 26920, se efectuarán conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001- PE, modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 015- 2007-PRODUCE, señala que “(…) El permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva a la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Sólo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. (…)” ; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE de fecha 05 de septiembre del 2002, establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), serán destinados al consumo humano directo; Que, mediante Resolución Directoral Nº 010-99/DNE de fecha 07 de enero del 2009, se otorgó a favor DAVID ECA TEMOCHE, MARIA GENOVEVA IMAN BRUNO, DIONISIO PANTA ECA, ROSA RUMICHE PANTA, SANTOS ALEJANDRO PANTA ECA, PLACIDA ALVAREZ DE PANTA, JOSE JULIAN PANTA AMAYA Y PETRONILA PANTA DE PANTA, permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcación pesquera de bandera nacional “ÉXITO V” de matrícula Nº PT-14743-CM y 59.11m3 de capacidad de bodega la cual se dedicará a la extracción de los recursos hidrobiológicos suco, lorna, pampano, cabrilla y cachema con destino al consumo humano directo, utilizando el sistema de conservación de cajas con hielo y equipada con redes de cerco de 1 ½ pulgadas (38 mm) de tamaño mínimo de abertura de malla, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que, con Resolución Directoral Nº 029-2001-PE/ DNEPP de fecha 11 de abril del 2001, se modifi có el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 010-99/DNE, en lo referente a la capacidad de bodega de la embarcación pesquera denominada “ÉXITO V” de matrícula Nº PT- 14743-CM, entendiéndose en 80.5 m3 la capacidad de bodega, con la que deberá operar en adelante la citada embarcación, manteniéndose los demás extremos conforme a lo otorgado; Que, asimismo se amplió el permiso de pesca a plazo determinado otorgado por Resolución Directoral Nº 010- 99/DNE, para operar la embarcación pesquera de madera denominada “ÉXITO V” de matrícula Nº PT-14743-CM y 80.5 m3 de capacidad de bodega, en la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta, sardina, jurel y caballa, con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando red de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 y 38 mm.) según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que, la embarcación pesquera “ÉXITO V” de matrícula Nº PT-14743-CM, se encuentra consignada en el listado de la Resolución Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/ DGEPP de fecha 14 de noviembre del 2007, con la cual se dispone caducar los permisos de pesca de las embarcaciones que fi guran en dicho listado, únicamente en el extremo referido a la extracción de los recursos jurel y caballa para Consumo Humano Directo e Indirecto; Que, mediante el escrito del visto, los señores DIONISIO PANTA ECA, ROSA RUMICHE DE PANTA, ANGEL PANTA ECA, CARMEN QUEREVALU DE PANTA, REGULO PANTA ECA y NATIVIDAD PANTA DE PANTA, han solicitado el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación “ÉXITO V” de matrícula Nº PT-14743- CM y 80.5 m3 de capacidad de bodega, en virtud al procedimiento Nº 07 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción; Que, a través del Ofi cio Nº 0441-2010-PRODUCE/ OGA/OEC de fecha 30 de abril de 2010, la Ofi cina de Ejecución Coactiva informó que con respecto a la embarcación pesquera “ÉXITO V” de matrícula Nº PT- 14743-CM, no existen deudas cuya ejecución se esté tramitando ante dicha Ofi cina; Que, de la evaluación efectuada a los documentos presentados, se determina que los solicitantes poseen el dominio de la embarcación pesquera “ÉXITO V” de matrícula Nº PT-14743-CM, según consta en la partida registral Nº 50000655 donde consta la inscripción en el registro de propiedad de la mencionada embarcación emitida por la Zona Registral Nº I Sede Piura, a su vez, han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, así como los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que resulta procedente aprobar lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto a través del Informe Nº 344-2010- PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinión favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920, demás normas complementarias y el Procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar a favor de los señores DIONISIO PANTA ECA, ROSA RUMICHE DE PANTA, ANGEL PANTA ECA, CARMEN QUEREVALU DE PANTA, REGULO PANTA ECA y NATIVIDAD PANTA DE PANTA, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “ÉXITO V” de matrícula Nº PT-14743-CM y 80.50 m3 de capacidad de bodega, a excepción de los recursos hidrobiológicos jurel y caballa, en los demás términos y condiciones en que fue otorgado por Resolución Directoral Nº 010-99/DNE, modifi cada por Resolución Directoral Nº 029-2001-PE/DNEPP, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que se otorgó a favor de DAVID ECA TEMOCHE, MARIA GENOVEVA IMAN BRUNO, DIONISIO PANTA ECA, ROSA RUMICHE PANTA, SANTOS ALEJANDRO PANTA ECA, PLACIDA ALVAREZ DE PANTA, JOSE JULIAN PANTA AMAYA Y PETRONILA PANTA DE PANTA, a través de la Resolución Directoral Nº 010- 99/DNE, modifi cada por Resolución Directoral Nº 029- 2001-PE/DNEPP, para operar la embarcación pesquera denominada “ÉXITO V” de matrícula Nº PT-14743-CM. Artículo 3°.- Consignar a los señores DIONISIO PANTA ECA, ROSA RUMICHE DE PANTA, ANGEL PANTA ECA, CARMEN QUEREVALU DE PANTA, REGULO PANTA ECA y NATIVIDAD PANTA DE PANTA, como titulares del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera “ÉXITO V” de matrícula Nº PT-14743-CM, así como la presente Resolución al Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, excluyendo a los señores DAVID ECA TEMOCHE, MARIA GENOVEVA IMAN BRUNO, DIONISIO PANTA ECA, ROSA RUMICHE PANTA, SANTOS ALEJANDRO PANTA ECA, PLACIDA ALVAREZ DE PANTA, JOSE JULIAN PANTA AMAYA, PETRONILA PANTA DE PANTA, y la Resolución Directoral