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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de junio de 2010 419951 Nº 010-99/DNE, modifi cada por Resolución Directoral Nº 029-2001-PE/DNEPP de dicho Anexo. Artículo 4º.- El permiso de pesca a que se refi ere la presente Resolución será ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-2002- PRODUCE, que establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo N° 016-2007-PRODUCE. Artículo 5°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL ERNESTO CAMOGLIANO PAZOS Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 500930-6 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 247-2010-MTC/01 Lima, 28 de mayo de 2010 VISTOS: El Memorándum Nº 832-2010-MTC/09.01 de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Memorándum Nº 311-2010-MTC/16 de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 359-93- RE se creó la “Comisión Nacional sobre los Cambios Climáticos”, con el objetivo de coordinar con los diversos sectores públicos y privados concernidos en la materia, respecto a la implementación de la Convención Marco sobre Cambios Climáticos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2009- MINAM, se precisó que el nombre de la Comisión es “Comisión Nacional sobre el Cambio Climático”, disponiéndose además que el funcionamiento de la Comisión Nacional, debe adecuarse a las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1013 – Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente y a la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, asimismo de acuerdo con los artículos 4 y 6 del Decreto Supremo Nº 006-2009-MINAM, la citada Comisión Nacional estará conformada, entre otros, por un representante titular y un representante alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, designados mediante Resolución del Titular del Pliego; Que, con el Memorándum Nº 311-2010-MTC/16 de fecha 04 de mayo de 2010, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales propuso designar a doña Ursula Natty Quintana Castellanos, Directora General de Asuntos Socio Ambientales y a doña Carmen Tazza Marín, Directora de Gestión Ambiental, como miembro titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, el Decreto Supremo Nº 006-2009-MINAM y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los representantes titular y alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático, conforme al detalle siguiente: Ursula Natty Quintana Castellanos Representante Titular Directora General de Asuntos Socio Ambientales Carmen Tazza Marín Representante Alterno Directora de Gestión Ambiental Artículo 2º.- Las funcionarias designadas en el artículo precedente deberán llevar a cabo el encargo encomendado de conformidad con lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2007-MTC/09, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 001-2007-MTC/09. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 501070-1 Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en diversas localidades de los departamentos de Ancash y San Martín RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 388-2010-MTC/03 Lima, 20 de mayo de 2010 VISTO, el Expediente Nº 2009-013457 presentado por la señora JANNETH ELVIRA FLORES REY, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses; Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión indica que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detallan; Que, con Resolución Viceministerial Nº 092-2004- MTC/03, modifi cada con Resolución Viceministerial Nº