Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2010 (03/06/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

420026

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de junio de 2010

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que aprueba la implementacion del MORDAZA de Transparencia Estandar en las Entidades de la Administracion Publica
DECRETO SUPREMO Nº 063-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru establece que todos los funcionarios y trabajadores publicos estan al servicio de la Nacion, y por tanto, el MORDAZA de modernizacion de la gestion estatal exige construir un Estado al servicio del ciudadano; Que, la Vigesima Sexta Politica Nacional del Acuerdo Nacional establece como una Politica de Estado la promocion de la etica y la transparencia y erradicacion de la corrupcion, el MORDAZA de dinero, la evasion tributaria y el contrabando en todas sus formas, para cuyo cumplimiento establece entre otras, el compromiso de velar por el desempeno responsable y transparente de la funcion publica, asi como la promocion de la vigilancia ciudadana del desempeno de la gestion publica; Que, la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, establece como finalidad fundamental del MORDAZA de modernizacion, la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar entre otros, un Estado transparente en su gestion, con trabajadores y servidores que brindan al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo, lo que implica, el desempeno responsable y transparente de la funcion publica, con mecanismos de control efectivos; Que, mediante Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, se establece un conjunto de disposiciones orientadas a garantizar el MORDAZA de publicidad en la administracion disponiendo la publicacion a traves de "Portales de Transparencia" de informacion relacionada con la gestion de las entidades publicas; Que, la Ley Nº 29091 - Ley que modifica el parrafo 38.3 del Articulo 38º de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece la publicacion de diversos dispositivos legales en el MORDAZA del Estado Peruano y Portales Institucionales; Que, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, en su articulo 76º sobre Colaboracion entre entidades, senala en el numeral 76.2.2, el deber de proporcionar directamente los datos e informacion que posean, sea cual fuere su naturaleza juridica o posicion institucional, a traves de cualquier medio, sin mas limitacion que la establecida por la Constitucion o la ley, para lo cual se propendera a la interconexion de equipos de procesamiento electronico de informacion, y otros medios similares; Que, mediante Decreto Supremo Nº 060-2001-PCM, se creo el "Portal del Estado Peruano" como un sistema interactivo de informacion a los ciudadanos a traves de Internet, para brindar acceso unificado sobre los servicios y procedimientos administrativos que se realizan ante las diversas dependencias publicas; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 059-2004PCM establece que el "Portal del Estado Peruano"- PEP (www.peru.gob.pe) es administrado por la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM a traves de de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica - ONGEI; Que, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM establece que ademas del cumplimiento de sus politicas y acciones sectoriales, constituye Politica Nacional de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demas entidades del Gobierno Nacional, en materia de Politica Anticorrupcion, garantizar la transparencia y la

rendicion de cuentas; politica cuyo cumplimiento debe ser supervisada por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el Decreto Supremo Nº 057-2008-PCM, que modifica el Reglamento de Organizacion y Funciones de la PCM, establece que la Secretaria de Gestion Publica es competente en materia de funcionamiento y organizacion del Estado, simplificacion administrativa, etica y transparencia, teniendo por funcion "Formular, coordinar, supervisar y evaluar las politicas de acceso a la informacion publica, fomento de la etica en la funcion publica la transparencia y la vigilancia ciudadana"; Que, habiendose aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 398-2008-PCM, la Directiva Nº 004-2008PCM/SGP sobre "Lineamientos para la uniformizacion del contenido de los portales de transparencia de las entidades publicas", aun subsisten deficiencias en la actualizacion de la informacion de los portales de transparencia de las entidades de la Administracion publica; Que, a fin de mejorar la aplicacion de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica para la actualizacion de la informacion a traves de la herramienta informatica del MORDAZA en Internet de las entidades publicas, se hace necesario establecer lineamientos para uniformizar el contenido de la informacion de los portales de transparencia; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion de implementacion del MORDAZA de Transparencia estandar. Aprobar la implementacion del MORDAZA de Transparencia estandar en las entidades de la administracion publica. Dicha herramienta informatica contiene formatos estandares bajo los cuales cada entidad registrara y actualizara su informacion de gestion de acuerdo a lo establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y a los plazos establecidos en MORDAZA, sin perjuicio de la informacion adicional que la Entidad considere pertinente publicar. Dicha herramienta se presenta en una version amigable con definiciones expresadas en un lenguaje MORDAZA y sencillo para un mejor entendimiento de la ciudadania en general. Articulo 2º.- Ambito de aplicacion El presente Decreto Supremo de obligatorio cumplimiento sera de aplicacion a todas las entidades publicas, entendiendose como tales, a aquellas referidas en el Articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 3º.- Actualizacion Para el oportuno cumplimiento de la actualizacion de la informacion en el MORDAZA de Transparencia, cada unidad organica responsable del procesamiento de la informacion, segun sea el caso, debera designar un coordinador que tendra relacion directa con el funcionario responsable designado por la Entidad para el MORDAZA de Transparencia. La actualizacion de la informacion de transparencia de cada entidad de la administracion publica se realizara a traves del MORDAZA del Estado Peruano administrado por la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica - ONGEI de la Presidencia del Consejo de Ministros, informacion que automaticamente se visualizara en sus respectivos portales institucionales en su enlace de Transparencia. El registro y la actualizacion de la informacion de transparencia son de caracter obligatorio y de estricta responsabilidad de cada entidad de la Administracion Publica. Articulo 4º.- Criterio de Interoperabilidad en el MORDAZA de Transparencia estandar Aplicando el criterio de interoperabilidad de los sistemas informaticos, la Informacion financiera y presupuestal, de proyectos de inversion publica, de los procesos de seleccion y de personal que se debe consignar en el MORDAZA de Transparencia estandar, se obtendra y actualizara con la transmision de la informacion de la base de datos del Ministerio de Economia y Finanzas, del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado y del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, respectivamente.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.