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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (09/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de junio de 2010 420399 califi cado como Zona de Reglamentación Especial ZRE – Uso Comercial, ubicado en la Manzana 11, del Fundo Conde de la Vega, jurisdicción del Cercado, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Nº 604-2002-MML- DMDU, de fecha 06 de diciembre del 2002 (fs. 48 al 50), emitida por esta Corporación, se resuelve aprobar, de conformidad con el plano signado con el Nº 045-2002- MML-DMDU-DHU, los proyectos referentes a trazado y lotización correspondiente a la Habilitación Urbana en Vía de Regularización para Uso de Comercio Interdistrital “C-7” de 18,725.49 m² constituido por la Manzana 11 del Fundo Conde de la Vega ubicado en el Distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 007- 2005-MML-DMDU de fecha 31 de enero del 2005 (fs. 352 al 354), emitida por esta Corporación, se resuelve Aprobar la Modifi cación de la Habilitación Urbana para Zona de Reglamentación Especial – ZRE Uso Comercial; de conformidad con el Plano signado con el Nº 001-2005-MML-DMDU-DHU, correspondiente a los proyectos modifi cados referentes a trazado y lotización, pavimentación de calzadas y aceras; del terreno de 18,725.49 m², constituido por la Manzana 11 del Fundo Conde de la Vega, ubicado en el distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima. Asimismo, se autoriza la ejecución de las obras en un plazo de 18 meses y la venta garantizada del Lote Nº 3 de la Habilitación Urbana resultante; Con Resolución Nº 361-2007-MML-GDU-SPHU de fecha 23 de octubre de 2007 (fs. 355 y 356), se resolvió otorgar a las empresas ARAMSA CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. y A Y P INMUEBLES S.A., un nuevo plazo de Ejecución de Obras, de 18 meses, obras que serán ejecutadas de conformidad con la autorización conferida por Resolución Nº 007-2005-MML-DMDU de fecha 31 de enero del 2005 y su Plano signado con el Nº 001-2005-MML-DMDU-DHU, correspondientes a los Proyectos Modifi cados; asimismo se autorizó la venta garantizada del Lote Nº 2 de conformidad con el Plano signado Nº 011-2007-MML-GDU-SPHU; Que, mediante Carta emitida por la empresa EDELNOR, de fecha 15 de mayo del 2009 (fs. 242); referida a la constancia de existencia y sufi ciencia del servició eléctrico del predio se comunica, que en dicha zona existen redes del Subsistema de Distribución Primaria, Secundaria e Instalaciones de Alumbrado Público y Conexiones Domiciliarias; asimismo, con Carta Nº 997-2009-EOMR- B, expedida por la empresa SEDAPAL, de fecha 08 de mayo de 2009 (fs. 243); se otorga la correspondiente Constancia de Existencia y Sufi ciencia de Redes de Agua Potable y Alcantarillado para el predio ubicado en la Calle Ascope Mz. 11 Lote 1; Que, a través del Informe Nº 080-2010-MML-GDU- SPHU-DCO, de fecha 16 de abril del 2010 (fs. 346 al 350) la División de Control de Obras de esta Subgerencia señala, que es procedente otorgar la recepción de obras de la Habilitación Urbana, aprobada en la Etapa de Proyectos mediante la Resolución Nº 007-2005-MML-DMDU de fecha 31 de enero del 2005, con la cual se autorizó las obras a ejecutar, siendo que mediante Resolución Nº 361- 2007-MML-GDU-SPHU de fecha 23 de octubre de 2007 se otorga un nuevo plazo para la ejecución de las mismas; sin embargo, señala que en el acto administrativo a otorgar se deberá considerar lo siguiente; la Recepción de las obras aprobadas y autorizadas mediante las Resoluciones Nº 007-2005-MML-DMDU de fecha 31 de enero del 2005 y Nº 361-2007-MML-GDU-SPHU de fecha 23 de octubre de 2007, con excepción de las obras de alumbrado público y de pavimentación de la Av. Enrique Meiggs; asimismo, trasladar la carga que recaía en el Lote Nº 1 de la Manzana 11 inscrita en la Partida Registral Nº 11598320, que quedó en virtud de lo resuelto en el Artículo cuarto de la Resolución Nº 361-2007-MML-GDU- SPHU, al Lote Nº 3 de la Manzana 11, Fundo Conde de la Vega, Cercado, Provincia y Departamento de Lima, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Registral Nº 11598322; además, precisar que la propietaria de los Lotes Nº 1 y Nº 3 de la Manzana 11, quedan obligadas a ceder gratuitamente el área de 376.43 m², que es necesaria para la ejecución de la Av. Enrique Meiggs, califi cada como vía Colectora de conformidad a la Ordenanza Nº 341-MML, conforme al Plano Nº 003-2010-MML-GDU-SPHU-DCO, que forma parte de la presente Resolución; y que colinda con el lindero posterior; y a contribuir a prorrata con los costos de las obras de habilitación correspondientes (pavimentación y alumbrado público que corresponden a la Av. Enrique Meiggs), cuando éstas sean ejecutadas, obligación que deberá inscribirse como carga en estos lotes en los Registros Públicos; Que, mediante Informe Nº 133-2010-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 27 de abril de 20010 (fs. 357 al 359), el Área Legal de ésta Subgerencia manifi esta, en lo que corresponde verifi car legalmente, los administrados han cumplido con acreditar la propiedad e inscripción del terreno objeto de habilitación urbana, el mismo que se encuentra inscrito en las Partidas Nº 11598320, Nº 11598321 y Nº 11598322, del Registro de Predios, obrantes a fojas 74 al 148 y 205 al 223; de igual manera los administrados han acreditado su condición de persona jurídica y la representatividad de la misma, conforme consta en las Partidas Nº 11012478, Nº 11229251, Nº 11293895 y Nº 11221789, en las cuales está referido a las facultades expresas que se consignan en las aludidas Partidas; manifi esta además que en el acto administrativo ha otorgar se deberá disponer el traslado de la carga que recaía en el Lote Nº 1 de la Manzana 11 inscrita en la Partida Registral Nº 11598320, impuesta en virtud a lo establecido en el Artículo Cuarto de la Resolución Nº 361- 2007-MML-GDU-SPHU, al Lote Nº 3 de la Manzana 11, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Registral Nº 11598322; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señaladas en los Informes Nº 080-2010-MML-GDU-SPHU- DCO y Nº 133-2010-MML-GDU-SPHU-AL, de fechas 16 y 27 de abril de 2010 respectivamente; corresponde a esta Subgerencia, en arreglo a sus facultades y al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Leyes Nº 26878, Nº 27444 y las Ordenanza Nº 341-MML y el Reglamento Nacional de Construcciones - RNC, emitir Resolución aprobando la Recepción de Obras de Habilitación Urbana, para Zona de Reglamentación Especial ZRE – Uso Comercial, del terreno de 18,725.49 m², ubicado en la Manzana 11, del Fundo Conde de la Vega, ubicado en el distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima; Con el visto bueno de la División de Control de Obras, del Área Legal y de la Asesoría de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Ordenanza Nº 341-MML, Reglamento Nacional de Construcciones – RNC y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DECLARAR cumplidas por las empresas ARAMSA CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., A Y P INMUEBLES S.A., INVERSIONES TURÍSTICAS Y RECREATIVAS S.AC. e INMOBILIARIA ARAPE S.AC., de conformidad con el Plano de Replanteo de Lotización signado con el Nº 003-2010-MML-GDU-SPHU-DCO, las obras de Habilitación Urbana ejecutadas en el terreno de 18,725.49 m², califi cado como Zona de Reglamentación Especial ZRE – Uso Comercial, ubicado en la Manzana 11, del Fundo Conde de la Vega, jurisdicción del Cercado, provincia y departamento de Lima. El Cuadro General de Áreas de la Habilitación Urbana que se recepciona, es como se detalla: Área Bruta Total 18,725.49 m² Área afecta a vías 376.43 m² Área Útil Total 18,349.06 m² Artículo 2º.- DISPONER el trasladado de la carga que recaía en el Lote Nº 1 de la Manzana 11 inscrita en la Partida Registral Nº 11598320, impuesta en virtud de lo resuelto en el Artículo Cuarto de la Resolución Nº 361-2007-MML-GDU-SPHU de fecha 23 de octubre de 2007, al Lote Nº 3 de la Manzana 11, Fundo Conde de la Vega, Cercado, Provincia y Departamento de Lima, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Registral Nº 11598322, del Registro de Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral -Sede Lima. Artículo 3º.- DISPONER que la propietaria de los Lotes Nº 1 y Nº 3 de la Manzana 11, quedan obligadas a ceder