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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (09/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de junio de 2010 420398 VISTO: En Sesión Ordinaria de Consejo realizada el 07 de Enero del 2010, el Dictamen presentado por la Comisión de Infraestructura CONSIDERANDO: Que, mediante documento de visto la Comisión de Infraestructura integrada por los consejeros Ing. Diego Alemán Ramírez, Jorge Cordero Hinostroza y Econ. Ernesto Quiroz Mannucci, pone a consideración del pleno del Consejo Regional su aprobación; Que, con fecha 19 de octubre del 2009, la Ofi cina de Defensa Civil Tumbes realizó una inspección técnica de seguridad en defensa Civil, emitiendo el Acta N° 019-2009-CRDCT, en el cual se deja sentado que en dormitorios, cocina y comedor existen fi suras en la pared divisoria, en cobertura falta cumbrera, hay eternit deteriorado en algunos puntos, falta tubería de abasto, no existe tubería de conexión a silo, no existe señalización ni plan de protección y seguridad; las instalaciones de alumbrado de aulas, desde el tablero no se encuentran entubados, etc.; Que, el Acta de Inspección Técnica recomienda resanar las fi suras, colocar cobertura y cambiar eternit deteriorado, colocar tubería de abastos en urinarios, colocar conexión de tubería a silo, colocar señalización, efectuar Plan de Protección y seguridad, colocar materiales adecuados en instalaciones eléctricas y sujetar adecuadamente componentes, colocar puesta a tierra y una vez terminada la obra y colocado el mobiliario, realizar una inspección en arquitectura; Que, el Acta de Inspección Técnica señala que ésta se extiende al fi nalizar la diligencia de inspección técnica de seguridad en Defensa Civil y que las recomendaciones formuladas en él se extienden en salvaguarda de la vida humana, ante la existencia de un riesgo inminente o alto y DEBERÁN SER SUBSANADAS DE INMEDIATO, bajo responsabilidad del propietario y/o conductor del Inmueble, correspondiendo a la autoridad local de Defensa Civil (Alcalde / Jefe de la Ofi cina de Defensa Civil) tomar las acciones preventivas y correctivas que el caso amerite; Que, con Informe N° 272-2009/GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES-GGR-GRI-GR, de fecha 28 de diciembre del 2009, el Gerente de Infraestructura - Ing. Juan Guevara Zárate, emite Informe Técnico respecto a la obra “Mejoramiento de Espacios Interiores en Habitaciones de Estudiantes de la Escuela Técnica Superior de la Policía Nacional del Perú – Tumbes”, señalando que la Escuela Técnica Superior de la PNP de Tumbes, cuenta con un local cedido en uso por el Proyecto Especial Binacional Tumbes para el funcionamiento provisional de la Escuela Técnica Superior de Policía de Tumbes, la misma que requiere el mejoramiento de los ambientes donde funcionan los dormitorios para varones, mujeres, ofi ciales y sub ofi ciales, considerando que Defensa Civil lo ha declarado como ambientes vulnerables al desastre por encontrarse su cobertura, piso, instalaciones eléctricas y otros en mal estado de conservación, siendo un peligro latente para el alumnado de la escuela policial mencionada, por lo que es interés del Gobierno Regional de Tumbes, la inmediata ejecución de esta obra que asciende a la suma de S/. 128,890.12 (CIENTO VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 12/100), por un plazo de 20 (veinte) días naturales y Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados, para salvaguardar la integridad física de los que hacen uso de ese local. Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que los Gobiernos Regionales que emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, después de un democrático debate y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley N° 27902 y el Reglamento del Consejo Regional de Tumbes; Se acuerda por Unanimidad: Artículo Primero.- DECLARAR LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA de las instalaciones donde viene funcionando la Escuela Técnica Superior de la Policía Nacional del Perú – Tumbes, al interior del Proyecto Especial Binacional Puyango – Tumbes. Artículo Segundo.- EXONERAR del proceso de selección por la causal de situación de emergencia, la obra “Mejoramiento de Espacios Interiores en Habitaciones de Estudiantes de la Escuela Técnica Superior de la Policía Nacional del Perú – Tumbes”, por un monto de S/. 128,890.12 (CIENTO VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 12/100 NUEVOS SOLES), por 20 (VEINTE) DÍAS NATURALES, con fuente de financiamiento RECURSOS DETERMINADOS. Artículo Tercero.- CUMPLIR con publicar el presente Acuerdo de Consejo Regional, en el SEACE y Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles, conforme lo establece el artículo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. Artículo Cuarto.- PRECISAR, que la presente exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección, por lo que los contratos que se celebren deberán cumplir con los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente. Artículo Quinto.- La Comisión encargada de la adjudicación o a quien corresponda, bajo responsabilidad verifi cará que las empresas a contratar cuenten con los siguientes requisitos: solvencia económica, técnica, operativa y moral a fi n de asegurar la calidad de las obras, la elaboración de expedientes técnicos así como la supervisión y que se cumpla con el cronograma y plazos establecidos. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS W. CRUZ MORALES Consejero Delegado 503651-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Declaran cumplidas las obras de habilitación urbana ejecutadas en terreno ubicado en el Cercado de Lima RESOLUCIÓN Nº 074-2010-MML-GDU-SPHU Lima, 29 de abril de 2010 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 18671-2009, mediante el cual las empresas ARAMSA CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., A Y P INMUEBLES S.A., INVERSIONES TURÍSTICAS Y RECREATIVAS S.AC. e INMOBILIARIA ARAPE S.A.C., solicitan la Recepción de Obras de Habilitación Urbana, del terreno de 18,725.49 m²,