Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2010 (09/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de junio de 2010

o juridica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripcion de la OPLD solicitante dentro del plazo de 05 dias habiles posteriores a la publicacion, conforme lo senala el articulo 10º de la Ley Nº 28094; documentos que fueran remitidos a este Registro por los interesados el 07 de MORDAZA del presente, asimismo, de acuerdo a lo informado por la Oficina de Servicios al Ciudadano de nuestra institucion y conforme es de verse en el Informe N° 28-2010-Asistente Registrador KMV/ROP/JNE/LIMA no se ha presentado tacha alguna contra la indicada solicitud de inscripcion, dentro del plazo de ley; Que, las organizaciones politicas se constituyen por iniciativa y decision de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Politicas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones a la Organizacion Politica Local Distrital "CUENTA CONMIGO SAN MIGUEL" del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el Libro de Organizaciones Politicas Locales, tomo 12, partida electronica numero 18 y registrese la inscripcion en el asiento numero 1. Articulo Tercero.- Tengase acreditados como personero legal titular y alterno a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA Canari Mayeski y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente. Registrese y notifiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Registrador Delegado del Registro de Organizaciones Politicas ­ MORDAZA 503671-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Dejan sin efecto las RR.JJ. Nºs. 4532003 y 1013-2005-JEF/RENIEC y aprueban Especificaciones Tecnicas para el Procesamiento de las Actas Registrales
RESOLUCION JEFATURAL N° 492-2010-JNAC/RENIEC MORDAZA, 3 de junio de 2010 VISTO: El Oficio Nº 000194-2010/GRC/RENIEC (01FEB2010) e Informe Nº 000017-2010/GRC/RENIEC (01FEB2010), emitidos por la Gerencia de Registros Civiles; los Oficios Nos. 000435-2010/GI/RENIEC y 000719-2010/ GI/RENIEC (09MAR y 12ABR2010 respectivamente), emitidos por la Gerencia de Informatica; los Informes Nos. 000034-2010SGIS/GI/RENIEC y 000082-2010/SGIS/ GI/RENIEC (04MAR y 08ABR2010 respectivamente), emitidos por la Sub Gerencia de Ingenieria de Software e Informe N° 000909-2010-GAJ/RENIEC (17MAY2010), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de

Identificacion y Estado Civil de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relacionados con la capacidad y estado civil; Que, la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, Ley 26497, senala que para cumplir con la finalidad expresada en el parrafo precedente, desarrollara tecnicas y procedimientos automatizados que permitan un manejo integrado y eficaz de la informacion; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 453-2003-JEF/ RENIEC (01OCT2003), se aprobo la creacion de la Base de Datos de los Registros del Estado Civil del Peru, asi como las Especificaciones Tecnicas para la Digitalizacion de las Actas de Registros Civiles, las cuales constituyen parte integrante de la misma; Que, la Resolucion Jefatural Nº 1013-2005-JEF/ RENIEC (11OCT2005), modifico el articulo tercero de la resolucion jefatural, senalada en el considerando precedente; asimismo, mediante dicho acto administrativo se dejo sin efecto los articulos MORDAZA y MORDAZA de la Resolucion Jefatural Nº 453-2003-JEF/RENIEC (01OCT2003); Que, la Ley Nº 28716 "Ley de Control Interno de las Entidades del Estado", tiene por finalidad que las entidades del Estado implanten obligatoriamente sistemas de control interno en sus procesos, actividades, recursos, operaciones y actos institucionales. Que, al respecto, las diversas unidades organicas del RENIEC, en su MORDAZA compromiso de mejoramiento, vienen revisando su normativa a efectos de solicitar la aprobacion de nuevos documentos de gestion o en otros casos, se dejen sin efecto, con la finalidad de mejorar u optimizar las labores de cada una de ellas. Que, en ese sentido, la Gerencia de Registros Civiles mediante los documentos del visto, solicita la actualizacion de las especificaciones tecnicas para el procesamiento de las actas registrales y puedan ser utilizadas como guia para orientar a las Oficinas de Registros del Estado Civil, que desee implementar un MORDAZA de automatizacion de sus registros; Que, asimismo, la Gerencia de Informatica mediante los documentos del visto, manifiesta que luego de la revision y evaluacion efectuada a las especificaciones tecnicas formuladas, da conformidad a la actualizacion de las mismas; Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, al Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, al Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 448-2010-JNAC/RENIEC (20MAY2010) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.Dejar sin efecto las Resoluciones Jefaturales Nos. 453-2003-JEF/RENIEC y 1013-2005-JEF/RENIEC (01OCT2003 y 11OC2005 respectivamente). Articulo Segundo.-Aprobar las Especificaciones Tecnicas para el Procesamiento de las Actas Registrales, las mismas que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Registros Civiles y Gerencia de Informatica, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional, www.reniec.gob.pe, el texto de las especificaciones tecnicas aprobadas en el articulo segundo. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 504312-1

Rectifican la R.J. Nº 414-2010-JNAC/ RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 497-2010-JNAC/RENIEC MORDAZA, 3 de junio de 2010

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