Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2010 (25/06/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 78

421240

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de junio de 2010

Universidad Nacional de Ingenieria y la Universidad Tecnica Estatal de Kursk (UTEK) de Rusia, del 04 al 12 de MORDAZA del 2010, la profesora Svitlana Sespedes Valkarsel personal de Apoyo al Proyecto Nanosatelite de Investigacion ­ Chasqui I, viajara a la MORDAZA de Rusia, a fin de coordinar las entrevistas con funcionarios, de la Agencia Federal Espacial de Rusia ­ ROSCOSMOS, del Ministerio de Cultura y Ciencia de Rusia, y de la Universidad de UENS en la MORDAZA de Kursk, con quienes se estan tramitando la suscripcion de convenios en relacion al citado Proyecto; Que, el proyecto "Nanosatelite de Investigacion Chasqui I" es el primer proyecto satelital de la Universidad Nacional de Ingenieria y tiene como objetivo principal el mejoramiento de las capacidades de la UNI en tecnologia satelital; el "Chasqui I" constituye un esfuerzo sin precedentes en nuestro MORDAZA por lograr por primera vez accesar al espacio y dar la oportunidad de abrir nuevos MORDAZA de aplicacion especificos a nuestra propia realidad geografica y social; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y el articulo 52º inciso c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar en Mision Oficial el viaje de la profesora Svitlana Sespedes Valkarsel personal de Apoyo al Proyecto Nanosatelite de Investigacion ­ Chasqui I, desde el 25 de junio al 12 de MORDAZA de 2010, para que coordine las entrevistas con funcionarios, de la Agencia Federal Espacial de Rusia ­ ROSCOSMOS, del Ministerio de Cultura y Ciencia de Rusia, y de la Universidad de UENS en la MORDAZA de Kursk, en el MORDAZA del Acuerdo de Cooperacion suscrito con la Universidad Tecnica Estatal de Kursk (UTEK) de Rusia. Articulo 2º.- Otorgar a la profesora Svitlana Sespedes Valkarsel, los viaticos respectivos, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participacion en el evento MORDAZA mencionado, los mismos que seran financiados a traves de los Recursos Directamente Recaudados de la Administracion Central, por el equivalente en nuevos soles del total del monto que a continuacion se indica. Pasajes aereo y terrestre (Ida y vuelta) : USD Viaticos : USD Tarifa Corpac : USD 2 450.00 1 500.00 31.00

El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: en sesion ordinaria de la fecha el dictamen Nº 007-2010-CPPPAL/MDLV emitido por la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II y VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades - los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico, ejerciendo su gobierno dentro de su jurisdiccion y evitando la duplicidad y superposicion de funciones, con criterio de concurrencia y preeminencia del interes publico; Que, el articulo 73º numeral 2.4 de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades - senala que es materia de competencia municipal tanto los programas sociales como la defensa y promocion de derechos ciudadanos; Que, la citada MORDAZA estipula en su articulo 83º numeral 3.3 que en materia de abastecimiento y comercializacion de productos y servicios, las municipalidades ejercen como una funcion especifica exclusiva, realizar el control de pesos y medidas, asi como el del acaparamiento, la especulacion y la adulteracion de productos y servicios; Que, estando a lo expuesto y con el proposito de evitar que los establecimientos comerciales dedicados al giro de MORDAZA de Cambio especulen con la variacion de los precios de cambio del MORDAZA, perjudicando directamente a los usuarios y a fin de salvaguardar los intereses de los ciudadanos que acceden a este MORDAZA de servicios en el distrito de La MORDAZA, el Concejo Municipal en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades - por mayoria aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA EXHIBICION DE PRECIOS EN LAS MORDAZA DE CAMBIO DE MONEDA EXTRANJERA DEL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo 1º.- La presente Ordenanza tiene por finalidad normar las actividades relacionadas con los establecimientos comerciales que desarrollen el giro de MORDAZA de cambio de moneda extranjera y afines en el distrito de La Victoria. Articulo 2º.- Todo establecimiento comercial indicado en el articulo 1º esta obligado a exhibir sus precios de compra y venta del dia en un lugar visible, bajo apercibimiento de que le MORDAZA aplicadas las sanciones correspondientes que se establecen en la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Las sanciones que se impondran a los conductores y/o titulares de los establecimientos en mencion, en caso de incumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza, son las siguientes: a) Notificacion Preventiva: tiene como objeto hacer conocer la comision de una infraccion que se encuentra debidamente tipificada, a efectos de que se subsane la misma y se enmiende la conducta infractora, bajo apercibimiento de sancion en el caso de reincidencia. b) Multa equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT): la cual se impone en el caso de haber hecho caso omiso a la notificacion preventiva. c) Multa equivalente al 25% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT): la cual se impone en el caso de persistir en el incumplimiento, una vez recibida la notificacion preventiva y despues haberse impuesto la multa establecida en el literal anterior. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Otorguese un plazo de treinta (30) dias, contados desde la vigencia de la presente Ordenanza, para que los propietarios, administradores, conductores, representantes o dependientes de los establecimientos autorizados para desarrollar el giro de MORDAZA de cambio se adecuen a las disposiciones contenidas en la presente norma.

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, se presentara un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, se presentara, la rendicion de las cuentas respectivas, de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- Disponer que la Oficina Central de Logistica publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano de conformidad a lo establecido por el articulo 3° de la Ley N° 27619, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados de la Administracion Central. Articulo 5º.- Dar cuenta al Consejo Universitario. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 511284-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Regulan la exhibicion de precios en las MORDAZA de Cambio de Moneda Extranjera del distrito de La MORDAZA
ORDENANZA Nº 109-2010/MLV La MORDAZA, 11 de junio del 2010

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.