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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de junio de 2010 421237 67% del total de la carga pendiente de resolución por liquidación; Sétimo: Que, en esa dirección, de la revisión de los presentes actuados en consonancia con la información estadística presentada por el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, se ha podido verifi car que por la cuantifi cación y complejidad de la carga procesal de las Salas Liquidadoras existentes en el referido Distrito Judicial es recomendable que la Primera Sala Penal Liquidadora Permanente sea la que se convierta y reubique en la Sala Civil Descentralizada del Valle Chicama; por lo que siendo así, de ofi cio, resulta conveniente la modifi cación en tal sentido de ese extremo de la mencionada resolución a efectos de que la conversión y reubicación responda de manera idónea a las necesidades actuales del servicio, conforme a los criterios antes expuestos; tanto más si se considera que por razones logísticas y de infraestructura el acuerdo adoptado por este Órgano de Gobierno aún se encuentra en vía de implementación; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sin la intervención del señor Consejero Jorge Alfredo Solís Espinoza por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car en el artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 412-2009-CE-PJ, expedida con fecha 21 de diciembre de 2009, el cual tendrá el siguiente texto: “Artículo Primero.- Convertir y reubicar la Primera Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, en la Sala Civil Descentralizada del Valle Chicama, con sede en el Distrito de Paiján, Provincia de Ascope, y competencia territorial sobre las Provincias de Chepén, Pacasmayo, Ascope y Gran Chimú, la cual conocerá además procesos contencioso administrativos, de familia, laboral, entre otras materias afi nes, con excepción de la especialidad penal. La Segunda, Tercera y Cuarta Salas Penales Liquidadoras Permanentes de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, se denominarán Primera, Segunda y Tercera Salas Penales Liquidadoras Permanentes, respectivamente, a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.” Artículo Segundo.- Declarar improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por el Alcalde y el Gobernador de la Provincia de Ascope, así como los pedidos presentados por autoridades distritales y provinciales del Departamento de La Libertad, mencionados en la parte de Vistos de la presente resolución, contra la mencionada resolución administrativa. Artículo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y a la Gerencia General del Poder Judicial, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Academia de la Magistratura, Corte Superior de Justicia de La Libertad y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE 511758-5 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Aprueban Planes Operativos 2010 de la Corte Suprema, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General y las Cortes Superiores de Justicia de Apurímac, Cañete y Huancavelica RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. Nº 147-2010-P-PJ Lima, 22 de junio de 2010 VISTO: Que, mediante Resolución Administrativa de la Presidencia Nº 018-2010-P-PJ se aprobó la Directiva Nº 02-2010-GG-PJ “Normas y Procedimientos para la Formulación, Seguimiento y Evaluación del Plan Operativo 2010 de las Dependencias del Poder Judicial”; Que, en cumplimiento a la citada Resolución, se han formulado los Planes Operativos 2010; Que, es necesario aprobar los referidos documentos de gestión, De conformidad con las facultades previstas en el inciso 4º del Artículo 76º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modifi cado por Ley Nº 27465; RESUELVE : Artículo Primero.- Aprobar los Planes Operativos 2010 de la Corte Suprema, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General y las Cortes Superiores de Justicia de: Apurímac, Cañete y Huancavelica, que en seis (06) anexos forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Las Comisiones de Planifi cación de las citadas Cortes Superiores de Justicia son responsables del cumplimiento de sus respectivos Planes Operativos. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General del Poder Judicial la difusión, seguimiento y evaluación periódica de los mencionados Planes Operativos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER VILA STEIN Presidente del Poder Judicial 511552-1 Disponen la realización de Visitas Judiciales Ordinarias de Asistencia, Puntualidad y Permanencia a los Órganos que se estimen pertinentes de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL JEFATURA SUPREMA RESOLUCIÓN DE JEFATURA Nº 072-2010-J-OCMA/PJ Lima, veintiuno de junio de dos mil diez. LA JEFATURA SUPREMA DE LA OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL; Que, la Jefatura Suprema de Control de la Magistratura (OCMA) Órgano Rector de Control del Poder Judicial, ejerce la dirección de su desarrollo institucional, estando