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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2010 (04/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de marzo de 2010 415013 - OEFA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022- 2009-MINAM, establece en su artículos 7º y 16º que la Secretaría General es parte de la Alta Dirección de la Entidad y el Secretario General es la máxima autoridad administrativa de la Institución; Que la Ofi cina de Administración es el órgano responsable de la oportuna y adecuada gestión de los recursos humanos, fi nancieros y materiales asignados a la institución y depende jerárquica y funcionalmente de la Secretaría General, según lo dispuesto en el artículo 29º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; Que, el literal i) del artículo 15º de dicho Reglamento de Organización y Funciones establece que corresponde al Presidente del Consejo Directivo como titular del OEFA y su máxima autoridad ejecutiva, delegar una o más funciones en otros funcionarios del OEFA, siempre que no sean privativas del cargo de titular de la entidad, de acuerdo a Ley; Que, es pertinente establecer los niveles de desconcentración de los procesos decisorios con la fi nalidad de viabilizar el accionar del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, por lo que es necesario delegar al Secretario General y al Jefe de la Ofi cina de Administración, las facultades que en materia presupuestal y administrativa le corresponden al Titular de la Entidad; Con el visado de la Secretaría General, de la Ofi cina de Administración, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el artículo 7º y 40º de la Ley Nº 28411, el artículo 14º de la Directiva Nº 005-2009-EF/76.01, aprobada por la Resolución Directoral Nº 043-2009-EF/76.01, el artículo 5º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017; el literal i) del artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; y la Resolución Suprema Nº 017-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en el Secretario General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental para el Año Fiscal 2010 las siguientes facultades: 1.1. Facultades de orden presupuestal; a) Las facultades que son materia de delegación y que se encuentran señaladas de manera expresa en la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y en la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010. b) Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático. c) Aprobar el calendario de compromisos institucionales y sus ampliaciones. d) Emitir las directivas internas para la racionalización del gasto y manejo adecuado de los recursos asignados por toda Fuente de Financiamiento durante la ejecución presupuestaria del Año Fiscal 2010. 1.2. Facultades de orden administrativo; a) Designar comités especiales encargados de la conducción de Licitaciones y Concursos Públicos, así como la modifi cación de la composición de los mismos que de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia no requieren expresamente de la intervención del Titular del Pliego. b) Autorizar la convocatoria de Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, de acuerdo con la normativa sobre contrataciones del Estado. c) Aprobar expedientes de contratación de Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía. d) Aprobar las Bases de Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía; e) Aprobar la cancelación de procesos de selección. f) Autorizar los adicionales y reducciones de bienes y servicios en contratos administrativos. g) Comunicar al Tribunal de Contrataciones del Estado los hechos producidos y/o cometidos por los proveedores, participantes, postores, contratistas y expertos independientes que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones. h) Autorizar la convocatoria de procedimientos para la selección de personal a ser contratado bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios - CAS. i) Aprobar la suspensión o cancelación de los procedimientos de contratación administrativa de servicios. Artículo 2º.- Delegar en el Jefe de la Ofi cina de Administración del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental para el Año Fiscal 2010, las siguientes facultades de orden administrativo: a) Designar Comités Especiales de Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, así como la modifi cación de la composición de los mismos que de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia requieren expresamente la intervención del Titular del Pliego, previa aprobación del Secretario General. b) Suscribir en nombre y representación del OEFA, los contratos administrativos de servicios - CAS, así como sus prórrogas o modifi caciones, que hayan sido previamente visados por el Secretario General y aprobados por el Presidencia del Consejo Directivo. c) Suscribir en nombre y representación del OEFA, las actas de resolución de contratos administrativos de servicios por decisión unilateral o por mutuo acuerdo, previo visado del Secretario General. d) Exonerar del plazo de preaviso para la resolución de contratos administrativos de servicios por decisión unilateral del contratado, previa aprobación del Secretario General. e) Comunicar al contratado bajo el régimen de contratación administrativa de servicios la decisión unilateral del OEFA de resolver el contrato, previo agotamiento del procedimiento de resolución regulado en el numeral 13.2 del artículo 13º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, aprobado por el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM. f) Suscribir en nombre y representación del OEFA, la documentación que sea necesaria presentar al Seguro Social de Salud - ESSALUD, con la fi nalidad de permitir el pleno acceso a las prestaciones que les corresponde a los contratados bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios, así como a sus derecho habientes, en mérito a su condición de afi liados regulares del Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud. g) Suscribir en nombre y representación del OEFA, la documentación que sea necesaria presentar a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, con la fi nalidad de dar cumplimiento a las obligaciones tributarias del OEFA. h) Suscribir en nombre y representación del OEFA, la documentación que sea necesaria presentar a las Administradoras de Fondo de Pensiones - AFP, con la fi nalidad de cumplir con las obligaciones de trámites y pagos con respecto a las retenciones efectuadas en las planillas de pago. Artículo 3°.- La delegación de facultades así como la asignación de responsabilidades a que se refi eren los artículos 1º y 2º de la presente Resolución, no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 4º.- El Secretario General y el Jefe de la Ofi cina de Administración deberán dar cuenta a la Presidencia del Consejo Directivo sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en los artículos 1º y 2º. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER V. GARCÍA ARATA Presidente Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 462137-1