Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2010 (04/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

415004
Nombre del sitio arqueologico Caluma 2 Apacheta Callacame Tulahueco Apacheta Huancarani Chaata Apacheta Apacheta MORDAZA Pujo Apacheta Picupichu Suitanaca Chaskiwasi Huariamaya Apacheta Iruta Apacheta Chapilaca Datum PSAD56 MORDAZA 19 Distrito Conduriri Conduriri Conduriri Conduriri Conduriri Conduriri Conduriri MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA UTM Este 446455.00 445966.00 441596.00 441441.00 439607.00 437681.00 437304.00 435789.00 435616.00 433723.00 432739.00 UTM Norte 8181266.00 8180954.00 8172600.00 8170568.00 8167572.00 8161272.00 8156086.00 8147574.00 8146637.00 8140304.00 8137863.00

NORMAS LEGALES
Datum WGS84 MORDAZA 19 UTM Este 446249.00 445761.00 441391.00 441236.00 439402.00 437476.00 437099.00 435584.00 435411.00 433518.00 432534.00 UTM Norte 8180901.00 8180590.00 8172236.00 8170204.00 8167208.00 8160907.00 8155722.00 8147210.00 8146273.00 8139941.00 8137499.00

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de marzo de 2010

traves del cual se somete a la aprobacion del Consejo Directivo la presente resolucion que establece el procedimiento para la tramitacion de Observaciones y Sugerencias a ser atendidas a traves del servicio de Defensoria del Administrado en Hidrocarburos Liquidos. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo y otras normas de caracter general; Que, segun lo dispuesto por el articulo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de OSINERGMIN a traves de resoluciones; Que, el mencionado reglamento establece la facultad que tiene OSINERGMIN de dictar de manera exclusiva y dentro de su ambito de competencias, reglamentos y normas de caracter general, aplicables a todas las entidades y usuarios que se encuentren en las mismas condiciones; en los cuales se normaran los derechos y obligaciones de las entidades y de estas con sus usuarios; Que, en el ejercicio de la funcion normativa, OSINERGMIN podra dictar disposiciones de caracter general sobre reglas a las que esten sujetos los procedimientos que se siguen ante cualquiera de sus organos, asi como de su organizacion interna, incluyendo o suprimiendo areas; Que, de la revision del MORDAZA legal en el que se desenvuelven las actividades de hidrocarburos liquidos, se ha evidenciado que resulta necesario implementar un mecanismo que permita canalizar y evaluar las Observaciones y Sugerencias que los administrados puedan plantear, a fin de dar soluciones eficientes frente a alguna afectacion de sus derechos; Que, en este orden de ideas, resultaba necesario implementar el servicio de Defensoria del Administrado en Hidrocarburos Liquidos cuyo objetivo primordial consiste en el resguardo de los derechos del administrado en hidrocarburos liquidos a traves de la canalizacion y evaluacion de sus Observaciones y Sugerencias, a fin de lograr un mejoramiento continuo que permita brindar servicios de optima calidad y propiciar un ambiente de atencion con mejores condiciones, garantizando celeridad en el trabajo y minimizando problemas o conflictos objeto de Observacion; Que, en este sentido, en el MORDAZA de las facultades MORDAZA mencionadas, corresponde aprobar el procedimiento para la formulacion de Observaciones y Sugerencias para un mejor tramite de las mismas por parte del servicio de Defensoria del Administrado en Hidrocarburos Liquidos; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por el Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, OSINERGMIN prepublico el 16 de diciembre de 2009 en el Diario Oficial El Peruano, el proyecto del Resolucion a traves del cual se regulaba el procedimiento para la tramitacion de Observaciones y Sugerencias a ser atendidas a traves del servicio de Defensoria del Administrado en Hidrocarburos Liquidos; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y en los articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, la Gerencia Legal y la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el procedimiento para la tramitacion de Observaciones y Sugerencias a ser

Departamento MORDAZA Provincia Chucuito ­ El Collao Nombre del Datum PSAD56 MORDAZA 19 Datum WGS84 MORDAZA 19 paisaje Distrito c u l t u r a l UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte arqueologico C a m i n o prehispanico Juli Juli 451286.00 (I) 8207395.00 (I) 451081.00 (I) 8207030.00 (I) (Puno) ­ Tarata Conduriri (Tacna) Sub Tramo MORDAZA MORDAZA 432739.00(F) 8137862.00(F) 432534.00 (F) 8137499.00 (F) Juli - Chapilaca

Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA la elaboracion de los expedientes tecnicos de los monumentos arqueologicos prehispanicos mencionados en el articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueologicos prehispanicos declarados patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Remitase MORDAZA fedateada de la presente resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA UGAZ MORDAZA Encargado de la Direccion Nacional 463138-2

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban procedimiento para la tramitacion de Observaciones y Sugerencias a ser atendidas a traves del servicio de Defensoria del Administrado en Hidrocarburos Liquidos
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 053-2010-OS/CD MORDAZA, 25 de febrero de 2010 VISTO: El Memorando Nº GFHL/ALHL-3505-2009 de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos, a

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