TEXTO PAGINA: 28
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de marzo de 2010 415442 siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE GILBERTO MEDRI GONZÁLES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 465052-1 Aprueban Directiva “Procedimiento Estándar de Emisión de Licencias de Conducir” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 599-2010-MTC/15 Lima, 2 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27181- Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre- en adelante la Ley, señala que el objetivo de la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, asimismo, el inciso g) del artículo 16 de la Ley, prescribe: “El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, asumiendo las siguientes competencias (...) g) Mantener un sistema estándar de emisión de licencias de conducir, conforme lo establece el reglamento nacional correspondiente”; Que, con las Resoluciones Ministeriales Nº 307, 364 y 627-2008-MTC/01, se declaró la conclusión del proceso de transferencia de las funciones sectoriales específi cas en materia de transporte a diversos Gobiernos Regionales pero no se incluye a la Municipalidad Metropolitana de Lima y el Gobierno Regional de Lima (Provincias). En dicha transferencia se incluye la facultad de conducir el procedimiento estándar de emisión de licencias de conducir; Que, por su parte, el inciso a) del artículo 8 del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC y sus modifi catorias, establece: “Los Gobiernos Regionales ejercen las siguientes competencias: a) Emitir y otorgar, a través de la Dirección Regional de Transporte Terrestre, la respectiva licencia de conducir de la clase A, en el ámbito de su jurisdicción regional”; Que, en ese sentido, resulta pertinente dictar medidas adecuadas para mantener el sistema estándar de emisión de licencias de conducir conforme lo establece el inciso g) del artículo 16 de la Ley, lo cual implica que las Direcciones Regionales de Transporte Terrestre, deben sujetarse al referido sistema estándar, que tiene por objeto garantizar antes y durante el proceso de emisión de la misma, la satisfacción de los usuarios; Que, por lo expuesto, es necesario aprobar la Directiva “Procedimiento Estándar de Emisión de Licencias de Conducir”, para los Gobiernos Regionales, a fi n de mantener un procedimiento uniforme para dicha emisión; De conformidad con la Ley Nº 29370-Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, y el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de Directiva Apruébese la Directiva Nº 001-2010-MTC/15 “Procedimiento Estándar de Emisión de Licencias de Conducir”, que consta de 12 artículos, 2 Disposiciones Complementarias Transitorias y 3 Anexos, y forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral y sus anexos, en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Entrada en vigencia.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia el día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE G. MEDRI GONZALES Director General Dirección General de Transporte Terrestre DIRECTIVA Nº 001-2010-MTC/15 “PROCEDIMIENTO ESTÁNDAR DE EMISIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCIR” Artículo 1.- Ámbito de aplicación. La presente Directiva regula el Procedimiento Estándar de Emisión de Licencias de Conducir previsto en la Ley Nº 27181, Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre y es de aplicación en los Gobiernos Regionales, que en virtud de la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” deben realizar dicha función de acuerdo a la normatividad vigente emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones- en adelante el MTC. Artículo 2.- Base Legal. 2.1. Ley Nº 27181- Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y sus modifi catorias. 2.2. Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralización, sus modifi catorias y normas complementarias y reglamentarias. 2.3. Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modifi catorias y normas complementarias y reglamentarias. 2.4. Ley Nº 29380 – Ley de Creación de la Superintendencia de Personas, Cargas y Mercancías - SUTRAN, y sus normas complementarias. 2.5. Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008- MTC, sus modifi catorias y normas complementarias. 2.6. Resolución Ministerial Nº 307-2008-MTC/01. 2.7. Resolución Ministerial Nº 364-2008-MTC/01. 2.8. Resolución Ministerial Nº 627-2008-MTC/01. 2.9. Directiva Nº 002-2009-MTC/15, “Características y Especifi caciones Técnicas y de Seguridad que debe contener la Licencia de Conducir de la Clase A”, aprobada por Resolución Directoral Nº 1021-2009-MTC/15 y su modifi catoria, Resolución Directoral Nº 2582-2009- MTC/15. Artículo 3.- Objeto. La presente Directiva tiene por objeto: 3.1. Determinar los organismos competentes en el procedimiento de emisión de licencias de conducir y sus responsabilidades. 3.2. Establecer el procedimiento estándar de emisión de licencias de conducir aplicable en todo el territorio nacional 3.3. Garantizar la transparencia y la seguridad del procedimiento de emisión de las licencias de conducir. 3.4. Establecer los requisitos mínimos que debe observar cada Región en la atención de los usuarios. Artículo 4.- Organismos competentes en el procedimiento de emisión de licencias de conducir. Son organismos competentes en el procedimiento estándar para la emisión de licencias de conducir los siguientes: 4.1. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones asume las siguientes responsabilidades: 4.1.1 Diseñar y gestionar el procedimiento estándar de emisión de licencias de conducir. 4.1.2 Apoyar con los Gobiernos Regionales para la