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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de marzo de 2010 416076 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 11694-2008- MTC/15 publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha 05 de Febrero del 2009, se autorizó a la empresa SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL - SENATI, ZONAL AREQUIPA- PUNO como Entidad Certifi cadora de Operatividad para operar un Centro de Inspección Técnico Vehicular con una (01) línea de inspección tipo pesado, ubicada en Av. Manuel Forga Nº 246 - Parque Industrial - Arequipa, al amparo de la Directiva Nº 001-2007-MTC aprobada por Resolución Directoral Nº 4000-2007-MTC/15 y sus modifi catorias; Que, de acuerdo al Informe Nº 123-2010-MTC/15.03 de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada indicada en Vistos, cumplen con lo establecido en el referido Reglamento, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058- 2003-MTC y sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar la autorización otorgada al SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL - SENATI, ZONAL AREQUIPA- PUNO, mediante Resolución Directoral Nº 11694-2008- MTC/15, para realizar inspecciones técnicas vehiculares a vehículos pesados y livianos, empleando para ello una (01) línea de inspección tipo mixta, adicional a la línea de inspección tipo pesado autorizada. Artículo 2º.- Dentro del plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral, el SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL - SENATI, ZONAL AREQUIPA- PUNO deberá presentar el Certifi cado de Homologación de Equipos y la Constancia de Calibración de equipos correspondientes. Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, quedando el costo de esta publicación a cargo de la empresa autorizada. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE G. MEDRI GONZALES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 457343-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Aprueban Plan Marco de Desarrollo Integral para el período 2010 - 2014 del Instituto Nacional de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 047-2010-J-OPE/INS Lima, 09 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Salud, como Organismo Público Ejecutor, se constituye en la dependencia cuyo principal interés es el participar activa y decididamente en la Misión del Ministerio de Salud, vale decir en la protección de la dignidad personal, previniendo las enfermedades de todos los habitantes del país, a través del desarrollo de las investigaciones y nuevas tecnologías. En dicho contexto, el Instituto Nacional de Salud defi ne su Misión como organismo con autonomía técnica y de gestión, encargada de proponer políticas y normas, promover, desarrollar y difundir la investigación científi ca tecnológica y servicios de salud pública, el control de las enfermedades trasmisibles y no trasmisibles, la producción de biológico, control de calidad de alimentos, productos farmacéuticos y afi nes, la salud ocupacional, protección del medio ambiente, la interculturalidad en la gestión en salud y el ejercicio pleno de la rectoría en los aspectos de nutrición; Que, el Instituto Nacional de Salud se encuentra dentro de un proceso de modernización y consolidación de capacidades enfocadas a la producción de bienes y servicios altamente especializados, con el fi n de contribuir al mejoramiento de la Salud Pública, por lo que su actividad se centra principalmente en la investigación de los problemas prioritarios de salud, el desarrollo y transferencia tecnológica; Que, en dicha medida, se ha realizado la revisión y propuesta que permita responder a los compromisos y responsabilidades nacionales e internacionales asumidas permanentemente en el campo de la Salud, bajo un enfoque sistemático y nucleado, considerando en el predio de Chorrillos, la consolidación de las diferentes sedes y la expansión de nuevas instalaciones, que permitan dar paso a la Ciencia y se consolide el conocimiento científi co en desarrollo y transferencia tecnológico, a efectos de contar con capacidades al más alto nivel; Que, desde esta perspectiva, se ha propuesto desarrollar un Parque Científi co de la Salud del INS, en el predio de Chorrillos, dotado de infraestructura necesaria para ofrecer el encuentro del conocimiento científi co y transformarlo en tecnología, proyectándose nuevas instalaciones y proponiendo una ocupación que permita optimizar los procesos dentro del terreno a ocupar y concentre áreas verdes como bolsones necesarios para mantener el equilibrio ecológico dentro del desarrollo de las actividades de investigación, que determinan altos niveles de riesgo y necesidad de contar con bloqueos de bio-seguridad, situación que necesariamente se refl eja en la propuesta físico-espacial, y que conlleva al replanteamiento de la localización y articulación de las nuevas capacidades a ser instaladas, buscando su integración física con las instalaciones existentes en concordancia con las exigencias científi cas y tecnológicas que postula en nuevo Modelo Organizacional del INS; Que, de acuerdo a lo expuesto se advierte la necesidad de replantear, actualizar y adaptar el espacio físico- espacial considerando las prioridades institucionales del INS, para el mediano y largo plazo, en respuesta a los nuevos retos para afrontar con posibilidades de éxito los eventos relacionados con la Salud Pública, a nivel nacional y mundial; De conformidad con el artículo 6° del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2003-SA, dentro de sus Objetivos Estratégicos Institucionales, se encuentra el de Modernización de los sistemas administrativos y operativos del INS; Con el visto bueno de la Sub Jefatura, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y la Ofi cina General de Asesoría Técnica; y En uso de las atribuciones establecidas en el artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2003-SA. SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el Plan Marco de Desarrollo Integral para el período 2010-2014 del Instituto Nacional de Salud, el mismo que, como anexo, forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Ofi cina General de Asesoría Técnica, la responsabilidad de la implementación del Plan Marco de Desarrollo Integral para el período 2010-2014 del Instituto Nacional de Salud, de acuerdo a los lineamientos y objetivos allí contenidos. Artículo 3°.- DISPONER, que la Ofi cina General de Informática y Sistemas del Instituto Nacional de Salud, se encargue de la publicación de la presente Resolución y el Plan Marco de Desarrollo para el período 2010- 2014, en el portal del Instituto Nacional de Salud: www. ins.gob.pe.