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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de marzo de 2010 416062 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al Memorándum de Entendimiento con los Ministerios de Defensa y Justicia del Brasil y el Ministerio de Defensa Nacional de Colombia para Combatir las Actividades Ilícitas en los Ríos Fronterizos y/o Comunes RESOLUCIÓN SUPREMA N° 115-2010-RE Lima, 23 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el “Memorándum de Entendimiento entre el Ministerio de Defensa de la República del Perú, el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Justicia de la República Federativa del Brasil y el Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia para Combatir las Actividades Ilícitas en los Ríos Fronterizos y/o Comunes”, fue suscrito el 11 de febrero de 2004, en la frontera común de Colombia, Brasil y Perú, a bordo del Navío de Patrullaje Fluvial “Pedro Teixeira”; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo 1º.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al “Memorándum de Entendimiento entre el Ministerio de Defensa de la República del Perú, el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Justicia de la República Federativa del Brasil y el Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia para Combatir las Actividades Ilícitas en los Ríos Fronterizos y/o Comunes”, suscrito el 11 de febrero de 2004, en la frontera común de Colombia, Brasil y Perú, a bordo del Navío de Patrullaje Fluvial “Pedro Teixeira”. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 472562-4 Remiten al Congreso de la República, la documentación relativa al “Acuerdo para Profundizar la Liberalización de los Porcentajes Mínimos de Programación de Producción Nacional de Servicios de Televisión de Señal Abierta” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 116-2010-RE Lima, 23 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo para Profundizar la Liberalización de los Porcentajes Mínimos de Programación de Producción Nacional de Servicios de Televisión de Señal Abierta”, fue suscrito el 11 de diciembre de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo 1º .- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al “Acuerdo para Profundizar la Liberalización de los Porcentajes Mínimos de Programación de Producción Nacional de Servicios de Televisión de Señal Abierta”, suscrito el 11 de diciembre de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 472562-5 Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA N° 117-2010-RE Lima, 23 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se ha previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2010, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de US$ 806,680.00 (Ochocientos seis mil seiscientos ochenta y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) a los siguientes organismos internacionales: ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD (OPS) 130,000.00 Pago parcial del plan de pagos ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA) 428,798.00 Cuota 2010