Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2010 (24/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

416093

presentada por la Consejera Regional MORDAZA MORDAZA Maurtua. De conformidad con la Constitucion Politica del Peru de 1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Articulo 37º y Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968 y, estando a lo acordado; HA APROBADO REGIONAL: LA SIGUIENTE ORDENANZA

Articulo Primero.- DE LA CREACION Crear el Consejo Regional de Empleo Juvenil, que sera integrado por un equipo tecnico, especializado y con dedicacion exclusiva. Articulo Segundo.- DE LA CONFORMACION El Consejo Regional de Empleo Juvenil, estara conformado por: - Un representante designado por el Presidente Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, que sera nombrado mediante Resolucion Ejecutiva Regional. - Un especialista designado de la Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo. - Un comunicador designado de la Sub Gerencia de Relaciones Publicas. - Dos especialistas en el SNIP designado por la Sub Gerencia de Programacion de la Inversion Publica. Articulo Tercero.- DEL OBJETIVO El Consejo Regional de Empleo Juvenil, tiene por objetivo la sensibilizacion, diseno y aprobacion del Plan Regional de Accion para la Promocion del Empleo Juvenil anual, con los respectivos recursos. Articulo Cuarto.- DE LA RESPONSABILIDAD Los Planes Regionales son responsabilidad del Gobierno Regional de La MORDAZA y son ejecutados a traves de la Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo, con la asistencia tecnica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo Quinto.- REGLAMENTACION El Consejo Regional de Empleo Juvenil, elaborara su reglamento que sera aprobado con Decreto Regional, el cual regira su funcionamiento. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los siete dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional La MORDAZA AL SENOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La MORDAZA a MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 471475-2

El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre descentralizacion, Ley Nº 27680; Ley de Bases de Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, su modificatoria Ley Nº 27902 y demas normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO: En Sesion Extraordinaria de Consejo Regional La MORDAZA de fecha 7 de Diciembre del 2009, con Oficio Nº 147-2009-GR-LL-CORSEVI-LL, alcanzan la propuesta formulada, referida a la modificacion de la conformacion del Consejo Regional de Seguridad Vial en la Region La Libertad. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y el Articulo 192º establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan la inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales de desarrollo. Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902, establece en su Articulo 38º que las Ordenanzas Regionales MORDAZA la organizacion del Gobierno Regional. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 021-2005CR/RLL de fecha 8 de Noviembre de 2005, se conforma el Consejo Regional de Seguridad Vial de la Region La MORDAZA , con el objeto de disminuir los accidentes de MORDAZA y las consecuencias generadas por estos, asi como de contribuir a prevenir accidentes viales, generando en la ciudadania la sensibilizacion y los cambios actitudinales necesarios para mejorar el desenvolvimiento y participacion como peaton, pasajero, o conductor en el Sistema de MORDAZA, siendo las instituciones que la conforman las Gerencias Regionales de Transportes y Comunicaciones, Educacion y Salud; la III Direccion Territorial de la Policia Nacional del Peru; la Municipalidad Provincial de MORDAZA, y las Organizaciones Regionales que agrupan a los transportistas de carga y pasajeros del ambito MORDAZA e interprovincial. Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2007-MTC, se aprobo el Plan Nacional de Seguridad Vial 2007 ­ 2011, documento mediante el cual se busca impulsar una politica nacional en materia de seguridad vial, que permita orientar la ejecucion de recursos y acciones de cumplimiento del fin primordial del Estado en la materia, como es la proteccion de la MORDAZA y seguridad de sus ciudadanos durante su desplazamiento por el sistema vial nacional. Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2008-MTC se modifica el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 01096-MTC, mediante el cual se dispone que los Gobiernos Regionales en el MORDAZA de sus competencias, constituyan Consejo Regionales de Seguridad Vial, encargados de elaborar los Planes Regionales de Seguridad Vial en MORDAZA con el Plan Nacional de Seguridad Vial, y ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el MORDAZA de la politica nacional disenada por el Consejo Nacional de Seguridad Vial. Asimismo se incorpora el Articulo 3-A al Decreto Supremo Nº 010-96-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nº 024-2001-MTC y Nº 027-2002MTC, mediante el cual se determina que los integrantes del Consejo Regional de Seguridad Vial son el Presidente Regional o su representante quien lo presidira, el Jefe Policial de mayor graduacion de la region, los Directores Regionales, hoy Gerentes Regionales, de Transportes y Comunicaciones, Educacion, Salud y Trabajo, y los alcaldes provinciales que integran la region o los representantes de cada institucion nombrada.

Modifican la Ordenanza Regional Nº 021-2005-CR/RLL respecto al Consejo Regional de Seguridad Vial en la Region La MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 028-2009-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD.

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