Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2010 (24/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

416077

Articulo 4°.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion a las Direcciones Generales y a los Centros Nacionales. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Salud 472466-1

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Dejan sin efecto diversas resoluciones jefaturales y delegan facultades en funcionarios del Seguro Integral de Salud
RESOLUCION JEFATURAL Nº 044-2010/SIS MORDAZA, 23 de marzo de 2010 VISTOS: La Resolucion Jefatural Nº 038-2010/SIS y el Informe Nº 075-2010-SIS/OAJ, de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, se creo el Seguro Integral de Salud como Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Salud, calificado mediante Decreto Supremo Nº 034-2008PCM, como Organismo Publico Ejecutor, con la mision de administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud individual de la poblacion carente de seguro de salud, con especial atencion a los mas pobres y vulnerables, de conformidad con la politica del sector; Que, el articulo 13º del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, establece que el Jefe del Seguro Integral de Salud, debe disenar, redisenar y mejorar continuamente los procesos del SIS; Que, el numeral 1.2.1 del articulo 1º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que los actos de administracion interno de las entidades, son regulados por cada entidad, con sujecion a las disposiciones del Titulo Preliminar de esta Ley y de aquellas normas que expresamente asi lo establezcan; Que, el articulo 72.1 de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que reconoce que los titulares de los organos administrativos pueden delegar mediante comunicacion escrita la firma de actos y decisiones de su competencia en sus inmediatos subalternos; Que, en el articulo 7º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establece que el Titular de una Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad, siendo el Titular responsable solidario con el delegado; Que, en el numeral 40.2 del articulo de la Ley Nº 28411, la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El titular puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el Decreto Legislativo Nº 1057 ­ que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, establece disposiciones relacionadas al regimen especial de contratacion administrativa de servicios, de aplicacion a toda entidad publica sujeta al Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a otras normas que regulan carreras administrativas especiales, asi como a las sujetas al regimen de la

actividad privada, con excepcion de las empresas del Estado; Que, conforme a lo normado por los articulos 26º y 53º, concordante con el articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 1017 que aprobo la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y con los articulos 27º, 35º y 113º del Reglamento del Decreto Legislativo aprobado por el Decreto Supremo 184-2008-EF, las bases de los procesos de seleccion seran aprobadas por el Titular de la Entidad o por el funcionario al que MORDAZA delegado esta facultad; asi mismo, el Titular de la Entidad podra delegar la potestad de resolver el recurso de apelacion, asi como designar a los integrantes titulares y suplentes del Comite Especial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, se establecen las funciones de cada uno de los organos institucionales; Que, el articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones del SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, dispone que la Jefatura es el organo de MORDAZA nivel jerarquico y de toma de decisiones del SIS, encargada y responsable de formular, dirigir, ejecutar y supervisar la Politica Institucional en MORDAZA con la Politica Sectorial; Que, con Resolucion Jefatural Nº 038-2010/SIS, de fecha 11 de marzo de 2010, la Jefatura Institucional del Seguro Integral de Salud, delego facultades en la Sub Jefatura del SIS y en el Jefe de la Oficina de Administracion, con el criterio de unificar en un solo cuerpo normativo las delegaciones conferidas mediante las Resoluciones Jefaturales Nºs 131-2008/SIS, 037-2009/SIS, 179-2009/ SIS, 205-2009/SIS, 207-2009/SIS y 012-2010/SIS; Que, de acuerdo al documento de vistos, resulta conveniente dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 038-2010/SIS, precisar explicitamente las facultades delegadas al Sub Jefe, al Jefe de la Oficina de Administracion, al Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica asi como a los Representantes de las Oficinas Desconcentradas del Seguro Integral de Salud, asi como modificar algunas facultades otorgadas al Jefe de la Oficina de Administracion; Que, con la conformidad y el visado de la Sub Jefatura del SIS, Secretaria General y la Oficina de Administracion y con la opinion de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el literal i) y o) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejese sin efecto las Resoluciones Jefaturales Nºs. 038-2010/SIS, 131-2008/SIS, 037-2009/ SIS, 179-2009/SIS, 207-2009/SIS, 012-2010/SIS y los articulos 3º, 4º y 6º de la Resolucion Jefatural Nº 2052009/SIS; asi como las que se opongan, a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Jefatural en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Delegar en el Sub Jefe las siguientes facultades: a) Coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento y ejecucion de las actividades de las Oficinas Desconcentradas del Seguro Integral de Salud a nivel nacional; b) Suscribir en representacion del SIS la documentacion requerida y necesaria para la coordinacion, supervision y evaluacion del funcionamiento y ejecucion de las Oficinas Desconcentradas del Seguro Integral de Salud a nivel nacional; c) Aprobar durante cada ejercicio presupuestal las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programatico del Seguro Integral de Salud. Asi como, aprobar los calendarios de Compromisos Institucionales, sus ampliaciones y modificaciones, con arreglo a la Ley de Presupuesto del Sector Publico, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y a las disposiciones de la Directiva para la Ejecucion Presupuestaria correspondiente; d) Designar a los Titulares y Suplentes de los Comites Especiales y a los Comites Especiales Permanentes, que tendran a su cargo la elaboracion de las bases y la organizacion, conduccion y ejecucion de los procesos de seleccion;

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