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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2010 (24/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de marzo de 2010 416089 a) Admitir, tramitar y solucionar quejas y petitorios, así como para absolver consultas, de conformidad con lo dispuesto en el Protocolo de Actuación Defensorial. b) Ejecutar acciones de supervisión, promoción y difusión de derechos e itinerancia, de acuerdo a los lineamientos y objetivos institucionales. c) Realizar acciones de prevención y manejo de confl ictos sociales, de conformidad con el Protocolo de Atención de Confl ictos. d) Dirigirse a los órganos de gobierno regional y local, entidades estatales y de servicios públicos en el ámbito de su competencia. e) Brindar declaraciones a los medios de comunicación sobre aspectos referidos al trámite de casos, la posición adoptada por la Defensoría del Pueblo en temas específi cos y sobre otros asuntos regionales que tengan carácter relevante, de acuerdo a la política de prensa y comunicación establecida por la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional. f) Proponer la contratación del personal de la Ofi cina Defensorial y de ser el caso, su cese. g) Proponer la instalación de Módulos de Atención Defensoriales en el ámbito de su competencia, así como coordinar las labores de planifi cación, seguimiento y evaluación de los mismos. h) Desarrollar relaciones de cooperación con instituciones y organizaciones de la sociedad civil dentro de su ámbito de competencia y celebrar convenios con las mismas, previa autorización de la Primera Adjuntía. i) Otras que disponga el (la) Defensor(a) del Pueblo y el vigente Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo. 7.3 Las Ofi cinas Defensoriales establecerán diversas modalidades de cooperación entre sí, con la fi nalidad de hacer efectiva la atención a la población bajo su ámbito de competencia. VIII. MÓDULOS DE ATENCIÓN DEFENSORIALES Los Módulos de Atención Defensoriales se instalan en capitales de provincia o distrito, se encuentran en relación de coordinación permanente con una ofi cina defensorial determinada y están a cargo de un Coordinador o Coordinadora. La instalación de Módulos de Atención Defensoriales, se formaliza con resolución defensorial, para ello la Ofi cina Defensorial a la cual estará adscrito, propone y justifi ca su creación a la Dirección de Coordinación Territorial, quien presentará el informe técnico sustentando la pertinencia, oportunidad, la modalidad de funcionamiento, los resultados esperados, así como los requerimientos humanos, logísticos y fi nancieros, considerando los criterios establecidos en el numeral 5.2 de la presente directiva. Dicho informe técnico requerirá de la opinión favorable de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística; Ofi cina de Administración y Finanzas y Ofi cina de Asesoría Jurídica. IX. RELACIONES ENTRE OFICINAS DEFENSORIALES, MÓDULOS DE ATENCIÓN DEFENSORIALES, ADJUNTÍAS Y PROGRAMAS 9.1 Los (las) adjuntos (as), así como los jefes (as) de los programas tienen competencia nacional y brindan orientación y asesoría a las Ofi cinas Defensoriales y Módulos de Atención Defensoriales para el cumplimiento de sus actividades. En consecuencia, proponen directivas y lineamientos de actuación en el marco de su competencia y especialización, tomando en consideración la experiencia, requerimientos y temas de interés de las Ofi cinas Defensoriales y Módulos de Atención Defensoriales. 9.2 A fi n de optimizar la labor de la Defensoría del Pueblo y potenciar sus intervenciones, toda actividad de las adjuntías y programas en cualquier territorio bajo la competencia de una Ofi cina Defensorial o Módulo de Atención Defensorial será previamente programada y coordinada con los (las) jefes(as) o coordinadores de los mismos. X. ÁMBITOS GEOGRÁFICOS DE COMPETENCIA DE LAS OFICINAS DEFENSORIALES Y MÓDULOS DE ATENCIÓN DEFENSORIALES La Defensoría del Pueblo cuenta con 28 Ofi cinas Defensoriales y 10 Módulos de Atención Defensoriales en el territorio nacional, cuyos ámbitos geográfi cos de competencia son: 1. OFICINA DEFENSORIAL DE AMAZONAS • Sede institucional: distrito de Chachapoyas. • Competencia territorial: Región de Amazonas; así como el distrito de Manseriche, provincia de Datem del Marañón, Región Loreto. 2. OFICINA DEFENSORIAL DE ANCASH • Sede institucional: distrito de Huaraz • Competencia territorial: provincias de Antonio Raymondi, Aija, Asunción, Bolognesi, Caraz, Carhuaz, Carlos F. Fitzcarrald, Corongo, Huaraz, Huaylas, Huari, Huarmey, Mariscal Luzuriaga, Ocros, Pomabamba, Recuay, Siguas y Yungay, Región Ancash. 2.1 MÓDULO DE ATENCIÓN DEFENSORIAL DE CHIMBOTE • Sede Institucional: distrito de Chimbote. • Competencia territorial: provincias de Casma, Santa y Pallasca; así como los distritos Quillo (provincia de Yungay), y Pamparomas (provincia de Huaylas); Región Ancash. 3. OFICINA DEFENSORIAL DE APURÍMAC • Sede institucional: distrito de Abancay. • Competencia territorial: provincias de Abancay, Antabamba, Aymaraes, Cotabambas y Grau, Región Apurímac. 3.1 MÓDULO DE ATENCIÓN DEFENSORIAL DE ANDAHUAYLAS • Sede Institucional: distrito de Andahuaylas. • Competencia territorial: provincias de Andahuaylas y Chincheros, Región Apurímac. 4. OFICINA DEFENSORIAL DE AREQUIPA • Sede institucional: distrito de Arequipa. • Competencia territorial: Región Arequipa. 5. OFICINA DEFENSORIAL DE AYACUCHO • Sede Institucional: distrito de Ayacucho. • Competencia territorial: provincias de Cangallo, Huamanga, Huanca Sancos, La Mar, Sucre, Víctor Fajardo y Vilcas Huamán, Región Ayacucho; así como los distritos de Pichari y Kimbiri de la provincia de La Convención, Región Cusco. 5.1 MÓDULO DE ATENCIÓN DEFENSORIAL DE PUQUIO • Sede Institucional: distrito de Puquio. • Competencia territorial: provincias de Lucanas, Parinacochas y Páucar del Sara Sara, Región Ayacucho. 5.2 MÓDULO DE ATENCIÓN DEFENSORIAL DE HUANTA • Sede Institucional: distrito de Huanta. • Competencia territorial: provincia de Huanta, Región Ayacucho. 6. OFICINA DEFENSORIAL DE CAJAMARCA • Sede Institucional: distrito de Cajamarca. • Competencia territorial: provincias de Cajamarca, Cajabamba, Celendín, Contumazá, Cutervo, Chota, Hualgayoc, Santa Cruz, San Miguel, San Marcos y San Pablo; así como los distritos de Cujillo, La Ramada, Querocotillo, San Andrés de Cutervo, San Juan de Cutervo, San Luis de Lucma, Santa Cruz, Santo Domingo de Capilla, Santo Tomás, Socota y Toribio Casanova de la provincia de Cutervo, Región Cajamarca.