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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2010 (26/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de marzo de 2010 416232 Que, la Administración Tributaria no puede estar ajena a la problemática económica y social de los vecinos del distrito de Cieneguilla, corresponde que la municipalidad adopte una medida urgente y excepcional a efectos que se puedan otorgar facilidades para el pago de los arbitrios municipales y, además, se asegure la prestación de los servicios públicos en el distrito; Que, con la opinión favorable de las Gerencias de Asesoría Jurídica, y Gerencia de Rentas, el Concejo Municipal considera pertinente otorgar un benefi cio tributario para efectos del pago de los Arbitrios Municipales 2010; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) y 9) del artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por Unanimidad se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2010 Artículo 1º.- OBJETIVO Y FINALIDAD Aprobar los incentivos por el pronto pago del impuesto de arbitrios del ejercicio 2010 a cargo de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. Artículo 2º.- REGIMEN DE INCENTIVOS Los contribuyentes de la Municipalidad de Cieneguilla propietarios de inmuebles destinados a uso casa habitación podrán optar por acogerse al siguiente benefi cio: 10% de descuento sobre la tasa de arbitrios municipales 2010 a condición que cancelen los 04 trimestres de arbitrios municipales hasta el día 31 de marzo de 2010. DISPOSICIÓN FINAL Artículo 1º.- Encargar a la Gerencia Municipal y Gerencia de Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Facultar al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la correcta aplicación y/o ampliación del benefi cio tributario que se aprueba mediante la presente ordenanza. Regístrese, comuniquese, publíquese, y cúmplase. MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 473198-2 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Amplían plazo para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios para el Ejercicio Fiscal 2010 y otorgan beneficio por pronto pago ORDENANZA N° 003-2010/MDPN Punta Negra, 13 de marzo de 2010 VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 132-2010-GAT/MDPN, de la Gerencia de Administración Tributaria de fecha 02 de Marzo del 2010, solicitando AMPLIACIÓN DE PLAZO DE VENCIMIENTO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010 Y BENEFICIO DE PRONTO PAGO. CONSIDERANDO: Que, según el Art. 195 numeral 4 de la Constitución Política del Perú, concordante con la Norma IV del Título Preliminar del Texto único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de Autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia y por tanto pueden crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley. Que, el inciso b) del artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, establece que el pago del impuesto predial podrá efectuarse al contado hasta el último día hábil del mes de Febrero de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales; en este caso la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de Febrero. Las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre, respectivamente; asimismo el vencimiento del primer trimestre de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2010 es el 28 de Febrero del presente año. Que, el último párrafo del Art. 29 del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general por la Administración Tributaria. Que, es necesario dinamizar la recaudación tributaria, promoviendo el pago de los tributos antes del vencimiento establecido en el cronograma correspondiente, otorgando en el presente ejercicio un descuento especial para aquellos contribuyentes que cumplan con efectuar el pago por adelantado de toda la deuda de Arbitrios Municipales correspondientes al presente ejercicio. En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades 27972, el Concejo Municipal, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta, y por UNANIMIDAD, según actas expidió la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE AMPLIACIÓN DE PLAZO DE VENCIMIENTO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010 Y BENEFICIO DE PRONTO PAGO Artículo Primero.- PRORROGAR, el plazo para el pago del Primer Trimestre del impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del presente ejercicio hasta el 15 de Abril del presente año. Artículo Segundo.- OTORGAR, un benefi cio de pronto pago consistente en un descuento del 10% de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo 2010, a los contribuyentes que cancelen por adelantado toda la deuda del presente ejercicio hasta el 15 de Abril del 2010. Artículo Tercero.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como para establecer la prórroga de la misma. Artículo Cuarto.- Publíquese la Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, como en el Portal y Página Web de la Entidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS SANTIAGO LAZO RIOJAS Alcalde 472604-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Aprueban el Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Chancay ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2010-MPH Huaral, 17 de Marzo del 2010. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Extraordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Desarrollo