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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de marzo de 2010 416229 Artesanal del Callao - COREFARC estará integrado por los siguientes representantes: • Un Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional del Callao quien lo presidirá. • Un Representante de la Ofi cina de Comercio, Turismo y Energía y Minas de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional del Callao • Un Representante de la Ofi cina de Agricultura y Producción de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional del Callao • Un Representante de la Dirección Regional de Educación del Callao - DREC • Seis Representantes de Artesanos del ámbito regional del Callao, distribuidos de la siguiente forma : 02 representantes del Distrito de Ventanilla 02 representantes del Distrito del Callao 01 representante del Distrito de Carmen de La Legua Reynoso 01 representante del Distrito de Bellavista o La Perla Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional del Callao brindar la asistencia técnica - administrativa al COREFARC y efectuar las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente ANEXO LINEAMIENTOS DEL CONSEJO REGIONAL DE FOMENTO ARTESANAL DEL CALLAO – COREFARC La creación del Consejo Regional de Fomento Artesanal en la Provincia Constitucional del Callao denominado por las siglas COREFARC, se constituye en el órgano de coordinación entre el sector público y el sector privado artesanal. Objetivo: Promover el Desarrollo de la Actividad Artesanal Regional a fi n de redundar en el Desarrollo Económico y Social de la Provincia Constitucional del Callao. Funciones: • Proponer la política artesanal regional y las normas y acciones de apoyo a dicha actividad. • Evaluar permanentemente el cumplimiento de las acciones propuestas y sustentar las medidas que permitan mejoras en su desarrollo y ejecución. • Promover la organización de certámenes regionales y locales para el desarrollo de la actividad artesanal. • Apoyar en las propuestas de política artesanal, normas y acciones al Consejo Nacional de Fomento Artesanal y a los Consejos Locales de Fomento Artesanal. • Promover que las personas con discapacidad tengan acceso a los centros de formación y capacitación artesanal, así como a los centros o talleres de producción artesanal. • Formular recomendaciones y emitir opinión sobre asuntos vinculados al fomento del sector artesanal que la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional del Callao someta a su consideración. • Prestar asesoramiento técnico a los Consejos Locales de Fomento Artesanal, cuando lo requieran. Conformación del COREFARC: El Consejo Regional de Fomento Artesanal del Callao (COREFARC) estará conformado por diez (10) representantes; cuatro (4) representantes del sector público y seis (6) representantes de artesanos elegidos entre las asociaciones de artesanos formalmente constituidas del Callao, cuyos representantes deben estar inscritos en el Registro Nacional del Artesano. Los representantes serán designados mediante Resolución Gerencial Regional de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional del Callao, siendo los cargos ad honorem. De las Representantes: El Consejo Regional de Fomento Artesanal del Callao - COREFARC estará integrado por los siguientes representantes: • Un Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional del Callao quien lo presidirá. • Un Representante de la Ofi cina de Comercio, Turismo y Energía y Minas de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional del Callao • Un Representante de la Ofi cina de Agricultura y Producción de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional del Callao • Un Representante de la Dirección Regional de Educación del Callao - DREC • Seis Representantes de Artesanos del ámbito regional del Callao, distribuidos de la siguiente forma : 02 representantes del Distrito de Ventanilla (*) 02 representantes del Distrito del Callao (*) 01 representante del Distrito de Carmen de La Legua Reynoso (*) 01 representante del Distrito de Bellavista o La Perla (*) (*) El prorrateo del número de representantes de Artesanos por distritos ha sido efectuado en función al número de Talleres Artesanales ubicados en los distritos de la Provincia Constitucional del Callao. Otros: A solicitud del Presidente del COREFARC o de un número mayoritario de sus miembros, se permitirá la incorporación de artesanos distinguidos, así como de profesionales especializados y con experiencia que tengan vinculación directa o indirecta con la actividad artesanal para evaluar y considerar asuntos específi cos. De la Vigencia y Renovación de los Representantes ante el COREFARC: Los representantes de los artesanos serán designados por el período de dos (2) años, debiendo las Asociaciones de Artesanos renovar o reemplazar a los representantes ante el COREFARC. En casos justifi cados dicho reemplazo puede producirse antes de dicho período. Responsabilidad La Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional del Callao brindará la asistencia técnica - administrativa al COREFARC y efectuará las acciones pertinentes para el cumplimiento de sus funciones en los mejores términos. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 473391-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Imponen sanción disciplinaria de destitución a ex agente municipal de la Gerencia de Seguridad Ciudadana RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Nº 035-2010-MML-GA Lima, 22 de marzo de 2010