Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2010 (26/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de marzo de 2010

Proyecto Universitario "Universidad Cientifica de los Andes"; Que, por Resolucion N° 210-2009-CONAFU de fecha 21 de MORDAZA de 2009, se resuelve: Admitir a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Cientifica de los Andes, presentado por el senor MORDAZA Munoz MORDAZA, en nombre de la Promotora Ciencia y Tecnologia en los Andes S.A.C.; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria Civil y Diseno Arquitectonico, 2) Ingenieria de Sistemas y Tecnologias de la Informacion, 3) Ingenieria Economica y Gerencial, 4) Contabilidad y Gestion Financiera, y 5) Derecho Ambiental y Ecologico, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, por Resolucion N° 231-2009-CONAFU de fecha 24 de MORDAZA de 2009, se resuelve: Conformar la Comision Calificadora encargada de Evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Cientifica de los Andes, integrada por los siguientes profesionales: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azanero, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal respectivamente; Que, con escrito s/n recibido con fecha 18 de febrero de 2010, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azanero, Presidente de la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Cientifica de los Andes, remite el Informe Final realizado al referido Proyecto Universitario manifestando que de la revision, analisis y opinion de la Evaluacion del Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) del referido Proyecto Universitario y verificacion in situ, la misma que se llevo a cabo de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley Universitaria Nº 23733, Decreto Legislativo Nº 882, Ley Nº 26439, Resolucion Nº 387-2009-CONAFU, Manual del Evaluador, Reglamentos y demas disposiciones del CONAFU; Que, la Comision Calificadora indica que se analizaron los siguientes documentos: 1.- Informe con el levantamiento de las observaciones en atencion al Informe Preliminar correspondiente al Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) del Proyecto "Universidad Cientifica de los Andes", el que fue tramitado con carta de fecha 17 de diciembre de 2009. 2.- Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) del Proyecto "Universidad Cientifica de los Andes"; y se encontro que el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI ) presentado, contiene las secciones requeridas para la MORDAZA de proyectos institucionales de nuevas universidades, notandose que el documento carece de consistencia, por cuanto, existen incoherencias y vacios insalvables como son: La promotora aun no dispone de una infraestructura adecuada para el funcionamiento de la propuesta Universidad; tampoco cuenta con terreno propio y presupuesto disponible para iniciar la construccion de dicha infraestructura. Los documentos sobre remuneracion docente, bienestar estudiantil, investigacion, extension y proyeccion social; flujo de MORDAZA y el curriculo de las carreras profesionales consideradas, tienen serios errores como consecuencia de que las observaciones hechas en el Informe Preliminar, no han sido levantadas totalmente; asimismo no se ha cumplido con obtener la opinion de las fuerzas MORDAZA de MORDAZA referente a la pertinencia de crear una nueva universidad; solamente se han limitado a cambiar la denominacion de las carreras profesionales propuestas, sin haber revisado y cambiado los respectivos curriculos; Que, asimismo la Comision Calificadora manifiesta que analizando las variables, aspectos e indicadores de cada una de las secciones propuestas en el PDI, las que fueron corroboradas con la visita de verificacion in situ, existen observaciones en: A) Organizacion del Proyecto: 1.- Integrantes de la Promotora.- En la Escritura Publica de constitucion de la promotora, indica que esta persona juridica esta constituida por dos personas naturales: MORDAZA Munoz MORDAZA y Rommel MORDAZA MORDAZA Alcantara; si bien es MORDAZA que en el Decreto Legislativo N° 882, no establece la necesidad de contar con experiencia universitaria para constituir una promotora; el CONAFU ha considerado conveniente que los promotores esten vinculados al sector de la educacion superior universitaria, dada la importancia de crear una entidad educativa del mas alto nivel educativo y que consideren que la educacion tiene un fin social y no un fin unicamente de lucro; 2.- Capacidad Economica de la Promotora.- En la escritura publica de constitucion de la promotora de fecha 28 de diciembre de 2007, se

consigna, que todo el patrimonio de la referida promotora esta constituido por setenta mil nuevos soles (S/. 70,000.00), repartidos en 70,000 acciones nominativas de un valor nominal de un MORDAZA sol (S/. 1.00) cada una las que son suscritas y pagadas de la siguiente forma: el senor MORDAZA Munoz MORDAZA, aporta Treinta y Cinco Mil Nuevos Soles (S/. 35,000.00) ascendente a 35,000 acciones nominativas mediante aporte en bienes NO DINERARIOS y el senor Rommel MORDAZA MORDAZA MORDAZA, aporta Treinta y Cinco Mil Nuevos Soles (S/. 35,000.00) ascendente a 35,000 acciones nominativas mediante aporte en bienes NO DINERARIOS. No se ha insertado en la Escritura Publica, algun documento que acredite la tenencia de propiedades muebles, acciones valoradas, u otro documento que acredite solvencia economica. Asimismo no se especifica NINGUN aporte en efectivo, el cual se hace indispensable para las operaciones iniciales de cualquier empresa. Adicionalmente, en esta Seccion, consignan informacion de aportes economicos denominada "del pacto social", mediante el cual manifiestan la intencion de constituir una Fundacion de Sociedad Anonima Cerrada con el capital inicial de 9.000,000.00 reunido entre los responsables de la promotora, quienes manifiestan en el documento que la cantidad ofrecida, sera desembolsada, recien cuando la Universidad Cientifica de los Andes, obtenga su Autorizacion de Funcionamiento Provisional por parte de CONAFU, sin embargo, no muestran documento alguno que sustenten la factibilidad economica para cumplir con el llamado compromiso social, de cada una de las personas naturales ni de las personas juridicas. Por otro lado las tres supuestas empresas son de propiedad de los dos promotores del Proyecto de la Universidad Cientifica de los Andes, los reportes economicos deben estar respaldados por los testimonios notariales debidamente inscritos en la Registros Publicos de las escrituras de constitucion de las cinco empresas comprometidas; asimismo, la promotora no cuenta con la infraestructura adecuada y disponible que garantice el funcionamiento de la Universidad Cientifica de los Andes, solo se hace referencia a un contrato de alquiler con los propietarios del Colegio Privado "La Inmaculada", el cual actualmente se encuentra en funcionamiento y ha programado el inicio de sus actividades escolares para el presente ano. Es necesario aclarar que este contrato de alquiler recien entrara en vigencia, cuando la propuesta Universidad inicie sus actividades. Este compromiso tiene fecha del ano 2008 y es una MORDAZA simple de un documento legalizado en el 2008; por lo que la promotora no esta en capacidad de demostrar solvencia economica para financiar el proyecto de la Universidad Cientifica de los Andes, al ser que los documentos presentados son solo de compromisos personales de los promotores; asi mismo, se presenta una carta simple emitida por el administrador de la MORDAZA Municipal del MORDAZA Agencia MORDAZA, en la cual manifiesta que el senor MORDAZA Munoz MORDAZA es cliente de dicha entidad y que dispone de una linea de credito abierto, sin especificar el monto sujeto a prestamo, ademas, es necesario indicar que dicho documento carece de legalizacion notarial y no es suscrito por acuerdo de Directorio de la MORDAZA Municipal del MORDAZA, unico organismo encargado de otorgar los prestamos; Que, de acuerdo al testimonio de la escritura publica de constitucion de la entidad promotora "Ciencia y Tecnologia en los Andes Sociedad Anonima Cerrada, S.A.C."; en la clausula II se establece que el capital social es de S/. 70,000.00 nuevos soles integramente suscritos y totalmente pagados en bienes NO DINERARIOS. Por lo tanto, la promotora no tiene capital dinerario (efectivo) que permita el inicio de las actividades academicas de la propuesta Universidad. Asimismo, no se anexan documentos de garantia bancaria alguna, que avalen su solvencia economica, salvo el documento simple de la MORDAZA Municipal del MORDAZA, que no tiene ningun valor comercial. Tampoco, acredita poseer propiedades muebles que respalden su solvencia economica; Que, respecto a la posesion legal de los terrenos y locales a ser destinados para la referida Universidad la Comision Calificadora manifiesta que si bien es MORDAZA en el folio 1006 del PDI, se encuentra el contrato de arriendo, en cuya MORDAZA hoja se legaliza las firmas de los contratantes, este documento es solamente una fotocopia de un documento legalizado que carece de valor por no estar notarialmente legalizada con fecha

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