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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de marzo de 2010 416224 Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la promotora del Proyecto de Universidad María Auxiliadora que para la continuación de su evaluación del referido proyecto universitario se aplicará el reglamento para la autorización de funcionamiento de universidades bajo la competencia de CONAFU aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU y toda la normatividad vigente de CONAFU. Artículo Tercero.- REQUERIR a la Promotora, el cumplimiento de los artículos 31º al 34º del Reglamento aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU; bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 37° de la norma antes citada. Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente KARINA LUZ MIÑANO PAREDES Secretaria General 473135-2 Aclaran que el cargo de funcionario de la Universidad Peruana de Ciencias e Informática es el de Vicepresidente Académico RESOLUCIÓN Nº 144-2010-CONAFU Lima, 15 de marzo de 2010 “Universidad Peruana de Ciencias e Informática VISTOS: La Resolución Nº 268-2006-CONAFU de fecha 21 de agosto de 2006, el Acuerdo Nº 516 - 2009-CONAFU de la sesión del Pleno del CONAFU de fecha 23 de noviembre de 2009, la Resolución N° 600- 2009-CONAFU de fecha 24 de noviembre de 2009 y la Resolución N° 048-2010-CONAFU de fecha 29 de enero de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, en concordancia con el inciso a) del artículo 3° y el inciso c) del artículo 10° del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006; Que, en el artículo 10º del referido Estatuto, se establece que: “Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades:… t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU”; Que, en sesión de fecha 23 de noviembre de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 516 -2009-CONAFU acordó por UNANIMIDAD: 1) Aprobar la adecuación de las Carreras Profesionales al Régimen de Facultades de la Universidad Peruana de Ciencias e Informática, según el siguiente detalle: 1.- Facultad de Contabilidad, Auditoría y Finanzas y 2.- Facultad de Ingeniería de Sistemas e Informática; 2) Reconocer como Coordinador de la Facultad de Contabilidad, Auditoría y Finanzas al doctor Adrián Flores Konja y como Coordinador de la Facultad Ingeniería de Sistemas e Informática a la magíster Aída Alicia Córdova; 3) Reconocer en vía de regularización a la Comisión de Gobierno de la Universidad Peruana de Ciencias e Informática, la misma que estará conformada por: Presidente: Doctor Héctor Vilca Palacios, Vicepresidente Académico: Doctor Antonio Palomino Kúnupaz, Gerente General: Arquitecto Juan Salazar Luza, Representante de la Promotora: Ingeniero Jorge Pazos Holder, Decano de la Facultad de Contabilidad, Auditoría y Finanzas: Doctor Adrián Flores Konja, Decano de la Facultad de Ingeniería de Sistemas e Informática: Magíster Aida Alicia Córdova Quinteros; Que, por Resolución N° 600-2009-CONAFU de fecha 24 de noviembre de 2009, se resuelve en su artículo tercero reconocer en vía de regularización a la Comisión de Gobierno de la Universidad Peruana de Ciencias e Informática, la misma que estará conformada por: Presidente: Doctor Héctor Vilca Palacios, Vicerrector Académico: Doctor Antonio Palomino Kúnupaz, Gerente General: Arquitecto Juan Salazar Luza, Representante de la Promotora: Ingeniero Jorge Pazos Holder, Decano de la Facultad de Contabilidad, Auditoría y Finanzas: Doctor Adrián Flores Konja, Decano de la Facultad de Ingeniería de Sistemas e Informática: Magíster Aida Alicia Córdova Quinteros; Que, por Resolución N° 048-2010-CONAFU de fecha 29 de enero de 2009, se resuelve, corregir la denominación del cargo propuesto para el Doctor Antonio Palomino Kúnupaz, siendo reconocido como Vicepresidente Administrativo de la Universidad Peruana de Ciencias e Informática; Que, siendo la denominación correcta la de VICEPRESIDENTE ACADÉMICO en la designación del cargo que dirigirá el Doctor Antonio Palomino Kúnupaz en la Comisión de Gobierno de la Universidad Peruana de Ciencias e Informática, el Presidente del CONAFU; de conformidad con la Resolución Nº 268-2006-CONAFU de fecha 21 de agosto de 2006, en la que el Pleno del CONAFU le autoriza expedir Resoluciones de trámite, dentro de sus atribuciones, con cargo a dar cuenta al Pleno del CONAFU, a efectos de agilizar los procedimientos administrativos en curso: aclara el cargo reconocido del Doctor Antonio Palomino Kúnupaz, debiendo ser reconocido como Vicepresidente Académico de la Universidad Peruana de Ciencias e Informática, consignada en la Resolución N° 048-2010-CONAFU de fecha 29 de enero de 2010, En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACLARAR el cargo del Doctor Antonio Palomino Kúnupaz, debiendo ser reconocido como Vicepresidente Académico de la Universidad Peruana de Ciencias e Informática, consignada en la Resolución N° 048-2010-CONAFU de fecha 29 de enero de 2010. Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los actos administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente KARINA LUZ MIÑANO PAREDES Secretaria General 473136-2 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Precisan número mínimo de adherentes requerido para inscripción de candidatos a las Elecciones de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del País RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 061-2010-J/ONPE Lima, 25 de marzo de 2010