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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de marzo de 2010 416263 4. Dentro de los quince (15) días siguientes de efectuado el viaje, se deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje que se apruebe mediante el presente acuerdo. 5. Gestionar la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Transcribir el presente Acuerdo al Comité PRO INTEGRACIÓN, al Director de Asuntos Técnicos, al Director de Facilitación y Promoción de Inversiones, al Subdirector de Facilitación y Promoción de Inversiones, a la Ofi cina de Asesoría Jurídica y a la Ofi cina de Administración y Finanzas de PROINVERSIÓN.” PERCY VELARDE ZAPATER Secretario General PROINVERSIÓN 473796-1 ACUERDO PROINVERSIÓN N° 337-04-2010 Acuerdo adoptado en el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su Sesión N° 337 de fecha 24 de marzo de 2010 “De conformidad con el Resumen Ejecutivo N° 002- 2010/DFPI/PROINVERSIÓN y el Informe Legal N° 128-2010-OAJ-PROINVERSIÓN, ambos de fecha 19 de marzo de 2010, el Resumen Ejecutivo N° 003-2010/ DFPI/PROINVERSIÓN y el Informe N° 65-2010-OAF/ PROINVERSIÓN, ambos de fecha 22 de marzo de 2010, así como en aplicación de lo dispuesto en el Literal d) del Artículo 9° del Decreto de Urgencia N° 047-2008 y el Artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 121-2009, se acuerda: 1. Autorizar el viaje de la señora Christy García- Godos Naveda, Jefa de Proyectos Ferroviarios de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 04 al 07 de abril de 2010 y a la ciudad de Paris, República Francesa, del 08 al 10 de abril de 2010, para fi nes de promoción de la inversión privada en proyectos priorizados mediante Decreto de Urgencia N° 121-2009, según el detalle establecido en el Resumen Ejecutivo N° 002-2010/DFPI/ PROINVERSIÓN. 2. Aprobar que los gastos que irrogue el cumplimiento del presente acuerdo sean asumidos con cargo al presupuesto del Pliego 055 - Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: US$ 2,259.91 Viáticos: US$ 1,560.00 TUUA: US$ 31.00 3. Lo establecido en los Numerales 1 y 2 precedentes no otorgarán derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. 4. Dentro de los quince (15) días siguientes de efectuado el viaje, se deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje que se apruebe mediante el presente acuerdo. 5. Gestionar la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Transcribir el presente Acuerdo al Comité PRO INTEGRACIÓN, al Director de Asuntos Técnicos, al Director de Facilitación y Promoción de Inversiones, a la Jefa de Proyectos Ferroviarios, a la Ofi cina de Asesoría Jurídica y a la Ofi cina de Administración y Finanzas de PROINVERSIÓN.” PERCY VELARDE ZAPATER Secretario General PROINVERSIÓN 473798-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto y designan Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos de la Intendencia Regional Tacna RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 096-2010/SUNAT Lima, 26 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que el Artículo 127° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar la fi delidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que mediante Resolución de Superintendencia Nos 049- 2002/SUNAT y 170-2007/SUNAT, se designó entre otros, Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia Regional Tacna; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto la designación de algunos Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia Regional Tacna, y designar a otros Fedatarios Administrativos; En uso de las facultades conferidas por el literal u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto, en la parte pertinente, la designación de Fedatarios Administrativos de la Intendencia Regional Tacna, a que se refi ere la Resolución de Superintendencia Nos 049-2002/SUNAT y 170-2007/ SUNAT, según se detalla: Titular: Ocampo Baldoceda Jany Huillca Cursi Guido Felipe Artículo 2°.- Designar como Fedatarios de la Intendencia Regional Tacna, a los siguientes trabajadores: Titulares: Chambilla Acero Marco Antonio Delgado Berrio Bernice Céspedes Ordoñez Christian Omar Silva Peña Paola Susana Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administración Tributaria 474032-1 Modifican Procedimiento Específico de “Tránsito Aduanero Interno por Vía Marítima” - INTA-PE.08.02 (Versión 1) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 168-2010/SUNAT/A Callao, 26 de marzo de 2010