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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2010 (27/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de marzo de 2010 416265 potencia activa de generación, a efectos de refl ejar una transferencia neutra de los costos de compra de potencia, con el objeto que la distribuidora no incurra en ganancias ni en pérdidas por dicha transferencia; Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 031- 2010-OS/CD, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el proyecto de modificación de la Norma “Opciones Tarifarias y Condiciones de Aplicación de las Tarifas a Usuario Final”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN Nº 182-2009-OS/CD, en cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054- 2001-PCM y con el objeto que los interesados remitan por escrito sus opiniones y/o sugerencias a la GART del OSINERGMIN, dentro de los 15 días calendario siguientes a su prepublicación; Que, dentro del plazo establecido se recibieron las opiniones y/o sugerencias de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Río Seco (JUDRI RÍO SECO) y del Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. (COELVISAC), habiéndose efectuado el análisis de las mismas en el Informe Técnico Nº 102-2010-GART, resultando no aceptar la sugerencia de JUDRI RÍO SECO y aceptar parcialmente la sugerencia de COELVISAC, concluyéndose que con la finalidad de reflejar con mayor exactitud el traslado de costos de compra de potencia de generación, reduciendo posibles desbalances y siendo conveniente trasladar los costos mencionados en función de la participación real en la punta efectiva de los usuarios con opciones MT3 y MT4, debe ampliarse los rangos de porcentajes de participación con sus respectivos factores de ajuste; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde publicar en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web del OSINERGMIN, la modifi cación de la Norma “Opciones Tarifarias y Condiciones de Aplicación de las Tarifas a Usuario Final”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN Nº 182-2009-OS/CD, estableciéndose condiciones adicionales de facturación del cargo por potencia activa de generación, a efectos de refl ejar el traslado de costos por facturación de la potencia activa de generación de acuerdo al requerimiento de potencia de generación de los usuarios, sin afectar el traslado que efectúa la empresa distribuidora; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 14º del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General”, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, la entrada en vigencia de la modifi cación normativa debe producirse en un plazo no menor de treinta (30) días hábiles posteriores a la respectiva prepublicación; en consecuencia, atendiendo a que la publicación del proyecto de modifi cación materia de la presente resolución, se efectuó el 19 de febrero de 2010, corresponde que la aprobación de la modifi cación de la Norma “Opciones Tarifarias y Condiciones de Aplicación de las Tarifas a Usuario Final”, entre en vigencia a partir del 06 de abril de 2010; Que, el Informe Técnico Nº 102-2010-GART y el Informe Legal Nº 115-2010-GART de la GART, complementan la motivación que sustenta la decisión del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el numeral 4 del Artículo 3º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modifi catorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese la modifi cación de la Norma “Opciones Tarifarias y Condiciones de Aplicación de las Tarifas a Usuario Final”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN Nº 182-2009-OS/CD, consignada como Anexo de la presente resolución. Artículo 2º.- La presente resolución, conjuntamente con su Anexo, deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, junto con los Informes Nº 102- 2010-GART y Nº 115-2010-GART en la página web del OSINERGMIN: www2.osinerg.gob.pe. Artículo 3º.- La modifi cación normativa aprobada en la presente resolución, entrará en vigencia a partir del día 06 de abril de 2010. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN ANEXO MODIFICACIÓN DE LA NORMA “OPCIONES TARIFARIAS Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LAS TARIFAS AL USUARIO FINAL” Incorpórese como Literal e), del Numeral 23.5 “Facturación del cargo por potencia activa de generación”, del Artículo 23º “Opciones Tarifarias MT3, MT4, BT3 y BT4”, de la Norma “Opciones Tarifarias y Condiciones de Aplicación de las Tarifas a Usuario Final”, aprobada mediante la Resolución OSINERGMIN Nº 182-2009-OS/ CD, las siguientes condiciones adicionales: “e) Tratándose de usuarios con opción tarifaria MT3 y MT4, del Sector Típico Especial, la empresa distribuidora podrá aplicar, opcionalmente, un factor de ajuste en la facturación del cargo de potencia activa de generación, de acuerdo con lo que se indica a continuación: e.1) Factor de Ajuste para Usuarios con Califi cación de Presente en Punta Porcentaje de Participación a la Punta Efectiva Factor de Ajuste 0% 0.0 Mayor a 0% hasta 2.5% 0.2 Mayor a 2.5% hasta 5% 0.4 Mayor a 5% hasta 7.5% 0.5 Mayor a 7.5% hasta 10% 0.7 Mayor a 10% hasta 12.5% 0.9 Mayor a 12.5% hasta 15% 1.1 Mayor a 15% hasta 17.5% 1.3 Mayor a 17.5% hasta 20% 1.4 Mayor a 20% hasta 25% 1.8 Mayor a 25% hasta 30% 2.2 Mayor a 30% hasta 35% 2.5 Mayor a 35% hasta 40% 2.9 Mayor a 40% hasta 45% 3.3 Mayor a 45% hasta 50% 3.6 Mayor a 50% hasta 55% 4.0 Mayor a 55% hasta 60% 4.3 Mayor a 60% hasta 65% 4.7 Mayor a 65% hasta 70% 5.1 Mayor a 70% hasta 75% 5.4 Mayor a 75% hasta 80% 5.8 Mayor a 80% hasta 85% 6.2 Mayor a 85% hasta 90% 6.5 Mayor a 90% hasta 95% 6.9 Mayor a 95% hasta 100% 7.2 e.2) Factor de Ajuste para Usuarios con Califi cación de Presente en Fuera de Punta Porcentaje de Participación a la Punta Efectiva Factor de Ajuste 0% 0.0 Mayor a 0% hasta 2.5% 12.5 Mayor a 2.5% hasta 5% 25.0 Mayor a 5% hasta 7.5% 37.5 Mayor a 7.5% hasta 10% 50.0 Mayor a 10% hasta 12.5% 62.5 Mayor a 12.5% hasta 15% 75.0